Según el artículo 1 del Acuerdo de abril de 2009 de empleados de comercio, las sumas otorgadas en el acuerdo de abril de 2008, (20% + $100) pasan a ser remunerativas a partir del mes de enero de 2009.
Art. 1 - En virtud de lo dispuesto en el articulo sétimo del acuerdo anterior de fecha 8 de abril de 2008, las partes convienen en otorgarle vigencia, en forma exclusiva a los artículos tercero y cuarto, del dicho acuerdo hasta el día 31 de diciembre de 2009, por ello lo dispuesto en su artículo cuarto se aplicará recién a partir del 1 de enero de 2010, fecha en que se incorporará íntegramente la asignación no remunerativa referida en este artículo a la remuneración mensual de cada trabajador, en su valor nominal y con carácter salarial y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo.
Por lo cual, las sumas otorgadas en abril de 2008, el 20% mas la suma fija de $100 dejan de ser No remunerativas y pasan a formar parte del básico, debiéndose practicar todas las retenciones correspondientes. Hasta el momento solo se deducía el aporte del 3% la obra social (para quienes estaban afiliados a OSECAC) y del 2.5 por el aporte sindical "solidario" (2% SEC y 0.5% FAECYS). Pero desde ahora, se deberá retener además, el 11% de jubilación y el 3% por la ley 19.032.
Esto trae como consecuencia, primero que el neto a cobrar por los empleados se vea disminuido. Aproximadamente entre 50 y 60 pesos según la categoría y la carga horaria.
Segundo, quienes tomen sus vacaciones en este mes de enero recibirán un mayor pago por dicha licencia que los que se tomaron vacaciones en octubre, noviembre o diciembre, ya que al incrementarse la parte remunerativa de los haberes, se incrementa la base a tomar para realizar el cálculo de la licencia.
Ahora, quienes se tomen vacaciones en el mes de febrero, recibirán una mayor paga por la licencia que gozaron de la licencia en enero, ya que en el mes de febrero se suma básico la suma de $300 otorgada por el acuerdo abril de 2009, así lo estipula el mismo acuerdo en el artículo 8:
Art. 8 - El incremento acordado en el artículo cuarto del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el 31 de enero de 2010, fecha a partir de la cual se incorporará a la remuneración que por todo concepto perciba cada trabajador con carácter salarial sobre su monto nominal, y sin computar para ese único fin el presentismo no remunerativo mencionado en el último párrafo del artículo cuarto...
Ejemplo: Liquidación para un empleado de comercio Categoría Administrativo A, con una año de antigüedad.
A) Liquidación con la escala vigente hasta el 31/12/2009:
B) Liquidación con la escala vigente desde el 1º de enero de 2010:
IMPORTANTE:
Todo lo comentado en el artículo tiene vigencia hasta la fecha, pero es posible que en los próximos días se llegue a un nuevo acuerdo entre el gremio mercantil y las cámaras empresarias, por lo cual es muy posible que los caso antes planteados pierdan su vigencia. Yo lo he realizado a la fecha con la información disponible, es decir el último acuerdo firmado y homologado, el acuerdo abril 2009.
Art. 1 - En virtud de lo dispuesto en el articulo sétimo del acuerdo anterior de fecha 8 de abril de 2008, las partes convienen en otorgarle vigencia, en forma exclusiva a los artículos tercero y cuarto, del dicho acuerdo hasta el día 31 de diciembre de 2009, por ello lo dispuesto en su artículo cuarto se aplicará recién a partir del 1 de enero de 2010, fecha en que se incorporará íntegramente la asignación no remunerativa referida en este artículo a la remuneración mensual de cada trabajador, en su valor nominal y con carácter salarial y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo.
Por lo cual, las sumas otorgadas en abril de 2008, el 20% mas la suma fija de $100 dejan de ser No remunerativas y pasan a formar parte del básico, debiéndose practicar todas las retenciones correspondientes. Hasta el momento solo se deducía el aporte del 3% la obra social (para quienes estaban afiliados a OSECAC) y del 2.5 por el aporte sindical "solidario" (2% SEC y 0.5% FAECYS). Pero desde ahora, se deberá retener además, el 11% de jubilación y el 3% por la ley 19.032.
Esto trae como consecuencia, primero que el neto a cobrar por los empleados se vea disminuido. Aproximadamente entre 50 y 60 pesos según la categoría y la carga horaria.
Segundo, quienes tomen sus vacaciones en este mes de enero recibirán un mayor pago por dicha licencia que los que se tomaron vacaciones en octubre, noviembre o diciembre, ya que al incrementarse la parte remunerativa de los haberes, se incrementa la base a tomar para realizar el cálculo de la licencia.
Ahora, quienes se tomen vacaciones en el mes de febrero, recibirán una mayor paga por la licencia que gozaron de la licencia en enero, ya que en el mes de febrero se suma básico la suma de $300 otorgada por el acuerdo abril de 2009, así lo estipula el mismo acuerdo en el artículo 8:
Art. 8 - El incremento acordado en el artículo cuarto del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el 31 de enero de 2010, fecha a partir de la cual se incorporará a la remuneración que por todo concepto perciba cada trabajador con carácter salarial sobre su monto nominal, y sin computar para ese único fin el presentismo no remunerativo mencionado en el último párrafo del artículo cuarto...
Ejemplo: Liquidación para un empleado de comercio Categoría Administrativo A, con una año de antigüedad.
A) Liquidación con la escala vigente hasta el 31/12/2009:
B) Liquidación con la escala vigente desde el 1º de enero de 2010:
IMPORTANTE:
Todo lo comentado en el artículo tiene vigencia hasta la fecha, pero es posible que en los próximos días se llegue a un nuevo acuerdo entre el gremio mercantil y las cámaras empresarias, por lo cual es muy posible que los caso antes planteados pierdan su vigencia. Yo lo he realizado a la fecha con la información disponible, es decir el último acuerdo firmado y homologado, el acuerdo abril 2009.



quiere decir que cuando los acuerdos 2008 y 2009 pasen a ser remunerativos, con los descuentos vamos a cobrar menos? donde esta entonces la recomposicion salarial? el sueldo de bolsillo sera menor? no entiendo? German
ResponderEliminarHola Germán, como dije en el artículo es así mientras no se firme el nuevo acuerdo. La reunión es mañana y es posible que haya cambios. Se espera un incremento y algunos otros cambios.
ResponderEliminarGracias Ignacio, sos un capo, siempre me fijo en tu blog para ver si me estan liquidando bien, tendrias que ser delegado. German
ResponderEliminarGracias Germán, pero paso.
ResponderEliminarmuy buen aporte ignacion como siempre. Gracias salu2 CESAR
ResponderEliminarGracias Cesar, me alegra mucho que te haya sido útil la información
ResponderEliminarhOLA IGNACIO TE HAGO UNA CONSULTA,EL 31/01 ME ENVIAN EL TELEGRAMA DE DESPIDO, MI PREGUNTA ES EN CUANTO A LA LIQUIDACION FINAL,PARA LA BASE DE LA REMUNERACION QUE SE TOMA PARA LOS CONCEPTOS DE PREAVISO,INDEMNIZACION,ETC COMO SE TOMA EN CUENTA EL ACUERDO QUE QUEDA(04/2009, SE LO INCLUYE?PORQUE AL SER HABITUAL ALGUNOS CONSIDERAN QUE TENDRIA QUE TOMARSE Y ADEMAS QUE BASICO TOMO EL DE ENERO CON EL AUMENTO?
ResponderEliminarMUCHAS GRACIAS
LIA
hola ignacio! cuanto deberia cobrar adm a media jornada en emp de comercio?
ResponderEliminargracias, espero una respuesta pronta estoy desorientada!
Gracias Ignacio por la info!!!!!!!
ResponderEliminarCon que antiguedad?
ResponderEliminarPor faovor dejar el nombre para facilitar la respuesta.
Gracias Emilia.
Hola Ignacio, muchas gracias por la información, es muy muy buena, super claro explicado. Gracias
ResponderEliminarEsperemos que sean buenas las noticias en este semana. Besos
yo lloro!!!
ResponderEliminarMuchas gracias Graciela, esperemos haya buenas novedades
ResponderEliminarHola Lía, todos los conceptos remunerativos hay que tomar, pero en el caso de comercio, los acuerdo 2008 y 2009, según un reciente fallo, también hay que tomarlo, por cumple con el requisito de habitualidad.
ResponderEliminarSi el despido es el 31 de enero, al día de hoy hay que tomar como parate del básico el acuerdo 2008.
De todos modos se espera un nuevo acuerdo, asi que es posible que haya algún cambio.
Gracias ignacio muy bueno el blog. espero tener una buena noticia en la semana.
ResponderEliminarAriel
Hola Ignacio, ya hay novedades del acuerdo para 2010? tengo entendido que hoy es al reunion...
ResponderEliminarAguardo respuesta
Muchas gracias
Si, era hoy, pero todavía no hay noticias
ResponderEliminarMuchas gracias Ignacio era lo que tenia entendido,esperemos que se dignen y modifiquen algo mas.
ResponderEliminarSiempre al pie del cañon con todas nuestras dudas...Entrare en los proximos dias para ver novedades.
Lia
Gracias Lia, esperemos que haya novedades pronto.
ResponderEliminarIgnacio sos un capo, siempre claro y actualizado, vengo días siguiendo este blog.
ResponderEliminarGRacias, se hace lo que se puede, saludos!!
ResponderEliminarse sabe algo a que hora es la reunion?? a que hora nos vamos a enterar que pasa?? gracias.. seba
ResponderEliminarIgnacio, siguen reunidos por el acuerdo? Cuando tendremos novedades?
ResponderEliminarBuenas tardes Ignacio, mi nombre es Soledad. Trabajo desde hace 2 años en una empresa de entretenimientos, mi consulta es que me ofrecieron cambiar el contrato con un supuesto beneficio, ya que segun RRHH mi sueldo bruto es de 2358.45 y gracias a un incremento de $300 que aportaria supuestamente la empresa pasaria a cobrar un bruto de $2600. en la reunion consulte si este aumento tenia algo que ver con el pase del acuerdo del 08 a remunerativo y me empezaron a dar vueltas y me dijeron que el incremento era aparte. Empezaron a decirme que mi basico iba a pasar de $1319.56 a 1658 aprox. por lo tanto el valor de la hora aumentaria. Al fin y al cabo mirando la tabla que vos publicaste no nada mas y nada menos que un aumento ficticio que en realidad coniciden con con este pase del acuerdo 08? estoy equivocada?
ResponderEliminarHOLA IGNACIO, TRABAJO EN FALABELLA Y LA VERDAD SIEMPRE TENEMOS PROBLEMAS CON NUESTRA LIQUIDACION, TENGO UNA PREGUNTA:
ResponderEliminarESE ITEM QUE DESCRIBES COMO "PRESENTISMO - S/ACUERDOS = 8.33%" ES OBLIGATORIO POR LEY? POR QUE A NOSOTROS NUNCA NOS LO PAGARON. LO OTRO ES, ESE ITEM QUE SE REPITE 2 VECES "ACUERDO COLECTIVO ABRIL 2008", SUPONGO QUE EL DE 100 PESOS DEBERIA DECIR "ENERO 2008" VERDAD?
MUCHAS GRACIAS.
AZULMAN41
basta de tener que esperar migajas nosotros generamos grandes ganancias por lo tanto tenemos que pedir mayores aumentos y no delegar en rapresentantes corruptos e incapaces . la unica forma es la participacion masiva se todos los trabajadores ocupando los lugares en los sindicatos . .gacias ignacio por toda su colaboracion
ResponderEliminarCOMO VA?...SEGURO Q ES COMO DECIS MAS ABAJO, ESTO LO VAN A CAMBIAR COMO EN EL 2009...PORQ BAJA E SUELDO SINO.
ResponderEliminarSALUDOS
Y BUEN FIN DE SEMANA
MAT
SOBRE EL ACUERDO DE COMERCIO:
ResponderEliminarOficialmente no tengo ninguna información, pero me han comentado que podría llegar a ser un aumento de 100 pesos mas 300 pesos en 4 cuotas de 75, más un 0.50% adicional por año de antigüedad. Pero tomen todo como una posibilidad, no está confirmado. Y todavía hay que ver que pasa con los no remunerativos, si se prorrogan, pasan al básico como está previsto o se hace gradualmente.
Soledad Hola, no sabría decirte si es verdad lo que te dicen porque no se cuales son los items que te pagan, porque no hay ningún básico de comercio de 2358, asi que algo mas te están pagando.
Lo que se pasa ahora, de No remunerativo a remunerativo son unos 400 pesos mas o menos, pero si bien aumenta el básico, disminuye lo que pagan de acuerdo.
Los básicos aumentaron en enero, asi que eso no lo da la empresa, es solo la nueva escala, y que como está en el artículo, tampoco es un aumento.
También tené en cuenta, que como puse arriba, se está negociando un acuerdo nuevo, que serían uno 300 o 400 pesos, si esto es así, es algo acordado por el sindicato, tampoco es logro de la empresa. Y es posible que ello te lo paguen ahora, y cuando den el aumento, te lo compensen.
AZULMAN41 hola, si, el item de presentismo sobre acuerdos es obligatorio, está acordado en el acuerdo abril 2009.
ResponderEliminarLa suma de los 100 pesos se dio primero en enero 2008, pero era por 3 meses, luego el acuerdo abril 2008 lo prorrogó, por eso puse ese nombre, pero en definitiva es lo mismo.
GRACIAS POR LA RAPIDA RESPUESTA IGNACIO, LA VERDAD ERES UN MAESTRO!!! SALUDOS.
ResponderEliminarAZULMAN41
Gracias AZULMAN41, saludos!
ResponderEliminarIgnacio, muchas gracias por la respuesta. Los 2358 de los que te hablaba son en bruto con todos los items ya que el basico es de $1319 (Adm A- 1 año Ant) Ellos en realidad plantearon un cambio de contrato de 48 horas de L a V y 8 horas los fines de semana (rotativos)sin tomar en cuenta el pago de las las horas al 50% despues de las 13hs del sabado y las del domingo al 100% ya que dicen que esta dentro de las condiciones del contrato. Nuestra jornada es de 6 horas semanales y 8 los Sab o Dom. Segun el nuevo contrato deberiamos trabajar 8 horas seis dias a la semana ya que esto justificaria el supuesto aumento que nos estarian dando, y como beneficio nos dijeron que segun Comercio en realidad deberiamos trabajar 9 horas reglamentarias y solo hariamos 8. De todas formas la postura es "firmas o firmas" y como no estoy en condiciones de oponerme quisiera saber cuales son las cosas que puedo reclamar segun el convenio.
ResponderEliminarSoledad, la verdad me cuesta un poco entender la situación, necesitaría que seas mas clara.
ResponderEliminarlo que te puedo decir, es que la jornada legal es de 48 horas, las horas excedentes, son extras, si son después de las 13 horas del sábado, son extras. Y no se incluyen en ningún contrato, si las hacés, te las tienen que pagar. De todos modos, un contrato fuera de los términos del la ley de trabajo y el CCT, no tiene validez.
Igual, habría que ver, detenidamente los términos del contrato.
hola ignacio soy mayra mi marido esta encargado del mantenimiento y reparacion de cajeros automaticos de la linea banelco.tiene asignada una de las 2 zonas mas grandes y esta trabajando solo,se maneja con transportes publicos cargando una mochila que pesa 8kilos, su horario laboral es de l a v de 9 a 18hs...pese al cargo que le fue asignado en su recibo de sueldo lo categorizan como tecnico auxiliar b. es esa realmente su categoria?y en cuanto a sus viaticos hizo como le pidieron la planilla le mandaron un mail aprovandola en octubre y todavia ni noticias del reintegro del dinero el ya tiene 3años de antiguedad...desde ya un millon de gracias
ResponderEliminarHola Mayra, en que convenio está?
ResponderEliminarCon respecto a los viáticos, no queda otra que reclamarlos.
Muy buena la informacion. Agradeceria si pudieras decirme el valor del día de trabajo y de la hora extra segun la escala salarial de Enero 2010 y como administrativo en la categoria mas baja. Aguardo tu respuesta, saludos.
ResponderEliminarMelina
Melina, en el artículo está la escala.
ResponderEliminarHola!
ResponderEliminarFinalmente quedan las tablas de sueldos que publicaste para enero de 2010? O hay algun cambio?
Muchas gracias
Ximena
no hay novedades por ahora, hay que esperar uno días.
ResponderEliminary si tengo que liquidar las vacaciones a alguien que se va el lunes y por lo tanto debo pagarle ahora, que hago?? Tomo esas tablas, no? Total cualquier cosa despues ajusto?
ResponderEliminargracias otra vez
Ximena, formalmente es lo que está vigente. Yo lo que haría sería liquidarle una adelanto, y después lo ajusto si es necesario.
ResponderEliminarHola quisiera consultarte en el caso de administrativo, como o cuándo se cambia de categoría, si es con la antiguedad o porqué otra razón. Muchas gracias. Miguel
ResponderEliminarHola Miguel, cada categoría enumera una serie de tareas para encuadrar las activiades del empleado en una de ellas. No es mas que eso. No se tiene en cuenta la antiguedad. de todos modos, la varición del sueldo entre una categoría y otra es mínima.
ResponderEliminarHola Ignacio!!! como se liquida las vacaciones con respecto a lo no remunerativo. Gracias. Blanca
ResponderEliminarMuchas gracias por la aclaración y por la brevedad de la respuesta. Muy bueno el blog! Miguel
ResponderEliminarhola!! se sabe algo de la reunion.. cobraremos con recomposicion o descompondremos con la nueva retencion q mengua nuestro salario?? gracias ignacio!! un capoo
ResponderEliminarhttp://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/empleados-de-comercio-nuevo-acuerdo.html
ResponderEliminarIgnacio te agradeceré me informes ¿los operadores de Radio-Taxis están comprendidos en CCT de Comercio? En caso de ser asì como se calculan las jornadas de 6; 9 y 12 horas trabajadas como operadora cubriendo guardias y francos en pre-temporada del 15 /11/09 al 31/12/09 .Además cual sería el haber mensual que deberìa percibir cumpliendo un horario de 8 hs. diarias durante 31 días corridos partir del 1º Enero 2010 (sin francos) Sumado a esto me informaron verbalmente que para no despedirme me quieren cambiar a turno y pasarme al nocturno de 0 a 8 de la mañana que no es lo acordado yo me niego no por capricho sino porque cobro $ 1.000.- y necesito realizar otras tareas de manera independiente durante el día antes de ingresar en el horario de 16 a 0hs. que era lo acordado. Ruego me aclares tengo derecho a reclamarles me abonen las diferencias entre lo que me pagaron y lo que corresponde según C.C.T... .?? Un câlido y fraternal abrazo,espero tu pronta y valiosa respuesta, gracias, gracias...
ResponderEliminarIgnacio cualquier información que me pueda orientar será bienvenida, ya que ignoro en que C.C.T. está comprendida la función del/a Radio Operador/de Radio Taxis como te consulté en el día de ayer así tambien que debo tener en consideración para la Liquidación por despido dado que el Trabajo por la Temporada en el Pdo. de la Costa dura 60 días a lo sumo y a partir del 1º de marzo volvés a la condición de fuera de todo Sistema.
ResponderEliminarDesde el 15 de Noviembre/09 al 31/Diciembre/09 trabajé 255 horas por $ 870.- en Jornadas de 6hs. a $25;de 9hs. al mismo precio (SI) y 12 hs. a $35. Y desde el 1º de enero Jornadas de 8 hs.por días corridos sin francos hasta el 18 del cte. en que pusieron a otra persona en mi lugar cubrí 144 horas por $ 500.- cobrados y $ 60 pendientes.- Necesito saber donde estar encuadrada a fin de reclamar el Resarcimiento según Normativas, Leyes y/Convenios Colectivos de Trabajo.Pretendo se me pague hasta la finalización de la Temporada ya que a esta altura he perdido la Temporada al margen de la humillación que representa que decidan arbitraria y unilateralmente sobre tu persona si le sumas que por cuestiones de edad las opciones se reducen considerablemente. Todo lo que puedas informarme para mí será valiosísimo., Un abrazo Isabel.
Hola , quisiera saber si la liquidación del mes de enero será menor al mes de diciembre , hay nuevos anuncios para los empleados de comercio? hay aumento para este mes , me refiero al mes de Enero , o los nuevos anuncios son desfavorables .
ResponderEliminarDesde yá , muchas gracias .
ISABEL
ResponderEliminarHola, disculpá la demora, te soy sincero, no se en que convenio están, se que el sindicato de Peones, y el de Choferes, y he leido sobre uno de Radiotaxis y Afines, que podría ser el mas adecuado, pero no tengo información sobre ese sindicato, creo que está o estaba en formación.
Pero es posible que estén en comercio, este sindicato agrupa a quienes no entran en otras actividades mas específicas, por ejemplo los operadores de Call Centers.
Con respecto a las jornadas, 6 horas de lunes a viernes es una jornada parcial,y se calcula proporcionalmente, una jornada de 9 horas de lunea a viernes es una jornada completa. 12 horas diarias, excede la jornada permitida, por lo cual ya se comenzaría a pagar horas extras.
Estando en comercio, por 48 horas semanales, el sueldo de bolsillo está entre los 1900 y 2000 pesos, dependiendo de la categoría y la antiguedad.
No es tu obligación cambiar de turno, podés negarte, también pueden despedirte, pero podés reclamar la indemnización por despido sin justa causa
Para quien preguntó sin dejar su nombre, la liquidación de enero, será mayo a la de diciembre, esto por el nuevo acuerdo.
Ignacio: hace poco publicaron en errepar unos aumentos de 75 en cuatro cuotas y 100, eso si bien no esta homologado habria que aplicarlo no?
ResponderEliminarAsimismo el mismo acuerdo deja sin efecto el pase al basico del 20% y los 100? esto es asi?
Saludos y muchas gracias
Ariel
Hola Ariel, es lo mismo que publiqué en el blog:
ResponderEliminarhttp://ignacioonline.blogspot.com/search/label/Empleados%20de%20Comercio
Hola Ignacio. Primero q nada muuuy conpleto tu blog... stoy aprendiendo mucho.
ResponderEliminarAqui mi duda, m ofrecieron blanquiarme medio turno (24hs semanales) como vendedor clase A, categoría 100 (ni idea lo q estoy diciendo jajaja)¿Cuál sería mi sueldo en mano -o decime cómo lo puedo calcular-? Actualmente trabajo en negro y me pagan 210 semanales... podría ser q si m blaqueen cobre menos??
muchas gracias.
Saludos!!!!!
Hola Ignacio soy chofer de empleado de comercio y en el recibo me figura un básico de 1356,19 y quería que me dijieras cuanto es lo que tengo que estar cobrando desde ya muchas gracias FRANQUITO y espero tu respuesta
ResponderEliminarhola ignacio quisiera saber como queda confecionado el recibo de sueldo de un jubilado que vuelve a trabajar en relacion de dependecia desde yamuchas gracias
ResponderEliminarhola ignacio.yo figuro como empleado de comercio y trabajo con agroquimicos que tendria que hacer?. porque no tenemos delegados
ResponderEliminarsoy el que trabajo con agroquimicos y me llamo luis
ResponderEliminarHola Franquito, eso solo es lo que te pagan, los acuerdo también?
ResponderEliminarA los jubilados no se les descuenta la obra social ni la Ley 19.032
Luis que es lo que hacés en la empresa, y que es lo que hace la empresa?
hola como va? muy bueno tu flog!!! mira mi consulta es relacionada sobre las horas extras al 100% te comento ya soy de la zona patagonica y estoy trabajando en una empresa que hace la liquidacion desde el cuyo; tuvimos varios problemas pero con medidas pudimos conseguir algo pero no lo que reclamabamos que en si son las horas al 100% que aca por lo menos todos los comercios pagan; mira segun tengo entendido apartir de las 13 hrs del dia sabado comienza a correr las horas al cien hasta las 24hrs del domingo bueno a mi no me liquidan las eztras al 100 sino solo al 50 y aparte un itms que es un adicional por domingo que es el acuerdo 245/07 que me da un valor de 6.62 - los aportes por hora un choreo!!!! segun lo que vi en el acuerdo 245/07 dice que es el 100 x 100 del basico + los premios fijos pero cuando yo les pregunte porque no entra el presentismo(8.33%) y la zona(15%) me dijeron que esos son variables es por eso que nesecito tu consejo y me digas si la empreza esta obligada a pagar las horas extras al cien o no? segun las modificaciones del convinio de trabajo 130/75 y si es asi que puedo llegar a hacer fuera del gremio que por lo visto no quiere hacer nada
ResponderEliminardesde ya muchas gracias espero tu pronta respuesta
saludos mario alvornoz
Hola María Alvornoz, buenos días, si, conozco el acuerdo 245/07:
ResponderEliminarPrimera: las partes, acuerdan reconocer a sus trabajadores encuadrados en la Conv. Colect. de Trab. 130/75, que se desempeñen efectivamente los días domingos, una compensación adicional equivalente al cien por ciento del salario devengado en esa jornada, considerando exclusivamente el básico y los adicionales fijos. Quedan incluidos únicamente, quienes tengan asignadas jornadas de trabajo de 48, 36 y 24 horas semanales. Acuerdo 245/07
Yo particularmente entiendo que esos esos adicionales fijos incluyen la antiguedad, el presentismo y el adicional por zona.
De todo modos, una cosa es este adicional, yo otra el pago de horas extras.
Las horas extras se pagan al 50%, hasta las 13 horas del sábado, y al 100%, después de ese horario y hasta las 24 del domingo, pero siempre y cuando sean efectivamente horas extras.
Tené en cuenta que son extras cuando superan las jornada normal, que son 48 horas.
Si se trabaja 8 horas diarias de lunes a sábados, son 48 horas semanales, y no se está haciendo ninguna hora extra, por mas que que trabaje después de las 13 horas del sábado.
ACUERDO 247/05: http://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/acuerdo-24507-supermercados-trabajo-en.html
ResponderEliminarhola ignacio gracias por tu respuesta te comento yo trabajo para jumbo retail. Mira ellos nos toman una base de 200 horas mensuales de las cuales las dividen en 8 diaris osea que ellos nos reconocen 8 del contrato por el basico y si yo hago mas de 8 me las pagan como extras al 50, bueno no se si me entesdes hasta ahi.. el tema es que ellos me dicen que si yo hago mas de 8 horas los dias sabados me pagan las horas extras al 100 cosa que eh estado desde las 6 hasta las 17 horas los dias sabados y jamas me vino reflejada una hora extra al 100 en los tres años que llevo en la empreza y es lo que me parece raro perque paso las 13 horas del sabado y hago 3 extras y me la siguen pagando al 50 jejej eso me da risas y el tema de los domingo es otro tambien porque aca en las otras empresas de super mercados no pagan el acuerdo 245/07 solo pagan las extras al cien y le da un velor aproximado de 17.45 por hora de domingo y sabado despues de las trece y a nosotros por el domingo solo 6.62 menos los aportes.... a mi en particular me quedaron debiendo 7 hrs de domingo y cuando me las pagaron me dieron casi 35 pesos por un dia domingo y me digieron que es eso mas el dia del basico que me parecio una burrada total es por eso que te cunsulto a vos y que me des una orientacion sobre el tema porque no me dan ganas de trabajar los domingo en el solo hecho de pensar que ir hasta me trabajo los domngos me con lleva un costo de 12 pesos por los horarios de los colectivos y segun me digieron en el acuerdo solo me puedo tomar 2 domingos por mes y con mucha suerte me tomo uno jejejej gracias de nuevo muy muy bueno tu flog!!!!!!
ResponderEliminarsaludos mario.........
Hola Ignacio
ResponderEliminarTrabajo para un call center llamado Actionline que desde el vamos estamos mal encuadrado porque estamos como empleados de comercio, trabajamos 5.5 hs 6 dias 33 horas semanales, categoria Administrativo "B" Telemarketer, pero en realidad por la modalidad de la tarea por manjear idioma extrajero deberiamos estar encuadrados como auxiiliar especializado, Me podrias decir por favor para ambas categorias cual es el basico nuestro? porque hasta ahora nuestro basico es de $914.32 para administrativo B ese calculo de donde sale??
Cuales son la forma de poder reclamar que estemos encuadrados correctamente en la categoria que nos corresponde??
Desde ya
muuuuuuuuuuuuuuuuuchaas Graciaaas por Ayudarme
Saludos
Sofia B
Hola Sofía B, te cuento que la jornada máxima para jornada parcial es de 32 horas, no 33. La categoría Administraivo b tiene un básico de 1329,92 para jornada completa, por lo cual, los 914.32 por 33 horas están bien. El básico de Auxiliar especializado A es de 1328,19 y el B de 1345.46, por lo cual la diferencia muy poca.
ResponderEliminarIgnacio una consulta yo trabajo en un call center jornada de 6hs, a partir de diciembre nos cambiaron la categoria a vendedor b, unas preguntas:
ResponderEliminar1-¿cual seria el basico que debe figurar en el recibo?
2-¿ cuanto deberia ser el neto a cobrar en enero/febrero 2010?
3-¿si mis vacaciones se comprenden entre el 22/02 y el 07/03 cuanto me corresponde por ellas?
Desde ya muy agradecida por tu respuesta, nadie nos brinda buena info y estamos como a la deriva.
Ignacio una consulta yo trabajo en un call center, tengo una jornada diaria de 6hs, a partir de diciembre nos cambiaron la categoria a vendedor b, unas preguntas:
ResponderEliminar1-¿cual seria el basico que debe figurar en el recibo? (actualmente figura como basico $862,50)
2-¿ cuanto deberia ser el neto a cobrar en enero/febrero 2010?
3-¿si mis vacaciones se comprenden entre el 22/02 y el 07/03 cuanto me corresponde por ellas?
4-Nos hacen trabajar dos sabados al mes de 9 a 14 hs ¿como se pagan esas horas?
Desde ya muy agradecida por tu respuesta, nadie nos brinda buena info y estamos como a la deriva.
He leido tu blog y me ha servido de mucho.
Gracias
ah, mi nobre es Analia B.
TE COMUNICO QUE EL SUELDO BASICO DE RAMA GENERAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO INICIAL MAESTRANZA AL 31/12/09 ES DE $1.348,92, O SEA LA VIGENTE DE 06/08.
ResponderEliminarHola Analía B, el básico Vendedor B es de 1380.01, por jornada completa, no se cuantas horas hacés
ResponderEliminar1-¿cual seria el basico que debe figurar en el recibo? (actualmente figura como basico $862,50). LA JORNADA COMPLETA ES DE 1380.01, NO CUANTAS HORAS HACÉS, NO DEBERÍAN SER MAS DE 32 A LA SEMANA, LO CUAL DARÍA UN BÁSICO DE 920 PESOS.
2-¿ cuanto deberia ser el neto a cobrar en enero/febrero 2010?
TE DEJO UNA LIQUIDACIÓN MEDIA JORNADA DE EJEMPLO: http://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/empleados-de-comercio-liquidacion-para_26.html
3-¿si mis vacaciones se comprenden entre el 22/02 y el 07/03 cuanto me corresponde por ellas? ES UN CALCULO QUE LLEVA MAS TIEMPO Y ES MAS COMPLEJO, NO PUEDO DECIRTELO, EN E BLOG HAY UN ARTÍCULO DE COMO SE HACE EL CÁLCULO.
4-Nos hacen trabajar dos sabados al mes de 9 a 14 hs ¿como se pagan esas horas?
LOS TRABAJADORES A JORNADA PARCIAL NO PUEDEN HACER HORAS EXTRAS.
Hola Ignacio!! Te comento que trabajaba en Credil, una financiera con casa central en la plata , desde hacía dos años y fui despedido sin causa(dieron de baja a la seccion correo dentro de la firma) el dia 30/9/09 , el tema es que al momento del despido, primero por un tema de horarios, nos mandaron un mail a la suc con una copia de la carta doc de despido, por lo cual yo me presentè a trabajar el dia 01/10 /09 ya que no habia recibido la carta doc en casa, y ellos querian que les firmara un mail.Una de las consultas es como yo ese dia, 01/10 lo trabajè y la carta doc efect me llegò el 01/10 a la tarde a casa , me corresponde que en la indemnizacion me paguen el mes 10 completo?
ResponderEliminarY la otra consulta es porque yo figuraba como administrativo b con un basico de 1359 y me pagaban los respectivos acuerdos desde 2008, y la liquidacion por despido me la hicieron por el sueldo basico , 1.359 y no incluyeron los acuerdos y me pagaron con un cheq cruzado, por lo que al depositarlo para su cobro debì sufrir un descuento de unos 100 pesos por impuestos y demas.
Me podrias decir si eso esta bien o en todo caso si puedo reclamar un resarcimiento por los valosres no incluidos en la liquidacin de despido???
Desde ya muchas gracias y espero tu respuesta!!!Un abrazo , Ale de Bahia Blanca.
Hola Ale de Bahia Blanca, con respecto a la primera pregunta, no, como mucho te pueden pagar el día.
ResponderEliminarCon respecto a los acuerdos, la verdad nadie los toma, porque supuestamente son No remunerativos, pero yo creo que si deben tomarse, porque son parte de la remuneración del empleado.
Y de hecho, hay un fallo que asi lo entiende:
http://ignacioonline.blogspot.com/2009/08/empleados-de-comercio-los-aumentos-no.html
Pero para hacer el reclamo, deberías hacerlo judicialemente, asi que deberías ver a un abogado laboral.
Lo mismo con el tema del cheque.
ignacio, muchas gracias por responderme, con respecto a la cantidad de horas que trabajo tengo un horario de lunes a viernes de 15 a 21 y como te decia dos sabados al mes de 9 a 14 hs, ¿corresponderia el sueldo de media jornada?. Perdon por las molestias pero estamos muy desinformados y en recursos humanos siempre nos dan la vuelta a conveniencia de ellos.
ResponderEliminarMuy agradecida
Analia B.
Gracias Ignacio!!! estoy viendo en estos dias al abogado entonces!! Ale
ResponderEliminarMuy buenos días Ignacio,
ResponderEliminarOtra vez yo con las consultas sobre las liquidaciones de Enero 2010 para empleados de Comercio.
Estoy haciendo verificar todo lo que hizo el estudio y hay una consulta para hacerte porque hay dos interpretaciones diferentes. Espero ser absolutamente clara con mi pregunta:
"Si tengo dos empleados, uno con dos años de antiguedad (al que le corresponden los acuerdos Abril 2008 y 2009)y otro que ingresó recientemente, a este último le corresponden ambos incrementos acordados?"
Gracias anticipadas! Saludos,
Verónica
Hola Verónica, el acuerdo no dice nada al respecto, y aplicando el principio de igual remuneración por igual tarea, si, le corresponde. Es lo que yo interpreto.
ResponderEliminarGracias Ignacio, teniendo en cuenta los principios legales y los derechos de los trabajadores, sospechaba lo mismo.
ResponderEliminarUna vez más, tu ayuda me resulta valiosísima.
Saludos,
Verónica
Gracias Verónica, saludos!
ResponderEliminarHola Ignacio: Muy buena tu página!!!!!
ResponderEliminarMi pregunta es de dónde puedo obtener la planilla salarial correspondiente al mes de Febrero/10. Tambien si hay un modelo de recibo de sueldos para empleados de comercio y los aportes y contribuciones que debo pagar o retener. Recién me inicio en una empresa unipersonal con dos empleados y no tengo experiencia en esto. Muchas gracias.
Roberto F. H.
hola ignacio soy luis.el que trabaja con los agroquimicos. yo manejo un autoelevador y laempresa se dedica a recibir cereal y vender agroquimicos.
ResponderEliminarhola ignacio, queria hacerte una consulta. cual es el basico para la vendedora A de shopping ? por que no loo encuentro y quiero saber si me estan pagando bien!! trabajo todos los dias menos los miercoles que es mi franco. me tienen que pagar los feriados y los domingos?? si es asi como se deberian pagar?? muchas gracias y espero tu respuessta!! florencia
ResponderEliminarahhh m olvidaa, trabajo 6 horas por dia!! besos y gracias!!
ResponderEliminarflorencia
Hola! mi consulta es la siguiente: trabajo desde hace 3 años en un local de ropa, media jornada de lun a sab. en el local quedo sola por lo cual estoy encargada de las ventas, de la caja, de acomodar la ropa, etc etc. quisiera saber cuánto tendria q estar cobrando, porq tampoco se en que categoria deberia estar.
ResponderEliminardesde ya muchas gracias!
Soledad
HOLA MI NOMBRE ES MARIA ME PODRIAS DECIR POR FAVOR CUANTO ME DEBERIAN PAGAR, TRABAJO 200 HORAS DE LAS CUALES 100 SON DE 23 A 07 TENGO MANEJO DE CAJA TRABAJO TODOS LOS DOMINGOS. TENGO 2 AÑOS DE ANTIGUEDAD PARA MI ME ESTAN PAGANDO MAL Y NO TENGO MANERA DE SABERLO, SI ME PODES AYUDAR TE LO AGRADECERIA MUCHISIMO!! MARIA
ResponderEliminarHola Roberto F. H., para febrero no hay escala especial, es la que está vigente desde hace tiempo. Te dejo lo que publiqué sobre el tema: http://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/empleados-de-comercio-liquidacion-para.html
ResponderEliminarAhí hay un modelo de recibo. Los aportes y contribuciones tenés que liquidarlos online en la página de la AFIP.
Hola luis por lo que me contas es una empresa comercial, compra y venta.
hola ignacio, queria hacerte una consulta. cual es el basico para la vendedora A de shopping ? por que no loo encuentro y quiero saber si me estan pagando bien!! trabajo todos los dias menos los miercoles que es mi franco. me tienen que pagar los feriados y los domingos?? si es asi como se deberian pagar?? muchas gracias y espero tu
Hola Florencia, el básico de vendedor A es de $1328.19. + los adicionales de los acuerdos que serían unos 740 pesos mas, y hay que sumarle el presentismo. Si trabajás domingos o feriados tenés un plus.
Esos son valores por jornada completa de 8 horas, en tu caso cobrarías un proporcional.
Hola Soledad, media jornada de cuantas horas? podrás estar en categoría de vendedor B. el básico para jornada completa es de $1380.01 mas 851 de los acuerdos, presentismo y antigüedad. En tu caso habría que calcular el proporcional a las horas trabajadas.
Hola María cuanto no te puedo decir con exactitud, son muchas las variables que entran en juego en esta liquidación.
ResponderEliminarPor empezar no se en que categorías estás, lo cual ya impide saber el básico, tampoco se cuanto te pagan. Después tenés jornada mixta, y por las horas nocturnas se pagan 8 minutos mas. Después trabajás domingo, lo cual tiene un plus. Lleva bastante tiempo hacer todos esos cálculo, y mas si no están todo los datos.
Lo que te puedo decir, es que las horas nocturnas tienen un plus, se pagan 8 minutos mas por hora, lo cual no es mucho. EL domingo también tiene una compensación.
GRACIAS IGNACIO HACE DOS AÑOS QUE ESTOY EN NEGRO POS ESO NO TENGO CATEGORIA Y GANO $2000 DENUNCIE MUCHAS VECES DE MANERA ANONIMA PERO JAMAS LLEGO UNA INSPECCION. LA VERDAD ES QUE YA ME RESIGNO A QUE ME ANOTEN PERO SI QUIERO QUE ME PAGUEN LO QUE ME CORRESPONDE. OTRA VEZ MUCHAS GRACIAS Y SI SABES DE ALGUN LUGAR EN ROSARIO QUE SE PUEDA DENUNCIAR AVISAME. GRACIAS!
ResponderEliminarHola María, y donde hiciste la denuncia la veces anteriores?
ResponderEliminarHola Ignacio, mi consulta es la siguiente. Cuanto debo cobrar neto?. Trabajo de cadete administrativo, de lunes a viernes, de 9 a 18hs.
ResponderEliminarEmpeze a trabajar en enero de 2010, me estan por poner en blanco y neto me pagan 1250. Esta bien? Agradeceria mucho tu respuesta.
Saludos :) Matias
Hola Matías, necesitaría saber la categoría y el convenio, de todos modos, me parece muy bajo ese neto. Si estás en comercio, tendrías que estar cerca de los 2.000 pesos
ResponderEliminarHOLA IGNACIO SI TRABAJO 35 HORAS SEMANALES CUANTO ES L QUE ME TIENE QUE PAGAR DE LOS ACUERDOS DE ENERO DE 2010. Y SI ES OBLIGATORIO QUE TE LOS PAGUEN. GRACIAS
ResponderEliminarHola Silvia, si trabajás 35 horas, te tiene que pagar básico y acuerdo como jornada completa porque el máximo de jornada parcial es de 32 hroas semanales y no se pueden hacer horas extras.
ResponderEliminarHola Ignacio :quisiera saber cuanto me corresponde cobrar? agregando los aumentos no remunerativos del 2010,tengo una categoria de vendedor b con una antiguedad de 6 años.En la empresa donde trabajo se hacen los piolas y nos quieren currar los aumentos .Desde ya muchas gracias. Alejandro (Córdoba)
ResponderEliminarignacio denuncie en el sindicato por internet y llamamos con mis compañeros al ministerio de trabajo.
ResponderEliminarhola Ignacio soy de misiones hace 11 años que trabajo en una empresa como admist. f y figura mi basico de $1440.00creo que esta todo mal que opinas gracias
ResponderEliminarHola Alejandro, porque decís que lo quieren currrar? porque no lo pagan o porque no lo pagan o esperan la homologación?
ResponderEliminarHola Maria, esperemos que haya buenos resultados, saludos.
Hola Anónimo, por favor dejar nombre para poder contestar adecuadamente.
El básico de Administrativo F es 1435,28, y la antiguedad para 11 años es de 79.98.
hola ignacio, soy eduardo y mi consulta es, soy empleado de una financiera esta correcto que este como empleado de comercio.
ResponderEliminarsoy eduardo nuevamente, otra consulta en abril hay otro aumento puede ser o estoy equivocado.
ResponderEliminarHola Eduardo, si, las financieras entran en comercio. En abril hay paritarias, asi que habrá aumento.
ResponderEliminaragradecido por la informacion y sacarme de la duda, buenisima tu pagina y hasta una nueva consulta.lo saluda atte. eduardo.
ResponderEliminargracias y saludos Eduardo!
ResponderEliminarHola Ignacio, muchas gracias por el tiempo que te tomas para responder todas nuestras inquietudes. Quisiera por favor si me podrìas responder algunas dudas sobre mi liquidaciòn. Soy administrativo B, el mes q viene cobrarìa mi primer sueldo completo, y quisiera saber, si es posible con algùn detalle, q me corresponderìa cobrar por un mes de trabajo completo, cuàl es el bàsico, si hay presentismo por ley, q conceptos no remunerativos tendrìa q cobrar y q porcentajes de descuentos hay en total. Muchas gracias y disculpame por la molestia. Miguel
ResponderEliminarConsulto sobre el siguiente horario de trabajo semanal :
ResponderEliminarMartes a Sabado de : 8,00 a 12,00 y de: 17,00 a 21,00 Total 40 hs.
Lunes :............................. : 17,00 a 21,00 total 4 hs.
Total Semanal :......: 44 hs.
¿ Corresponde abonar como extras al 100% las 4 hs. del sábado
trabajadas despues de las 13,00 hs. ? Gracias Roberto.-
hola tengo una inquietud sobre mi sueldo, manejo una camioneta 8 horas al dia mi sueldo de cuanto tendri que ser desde ya muchas gracias cristian
ResponderEliminarHola Miguel, te dejo este artículo a forma de ejemplo de liquidación:
ResponderEliminarhttp://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/empleados-de-comercio-liquidacion-para.html
Muchas gracias Ignacio, está todo muy claro. Cuando cobre el primer mes completo, te consulto por cualquier diferencia q pueda haber con el recibo ejemplo q dejaste. Una última consulta, cuál es el básico de un Administrativo B? y cuáles serían las funciones q le corresponden? Nuevamente, muchas gracias por despejarnos las dudas con tanta rapidéz. Saludos y excelente tu blog. Miguel
ResponderEliminarHola Miguel: Básico Administrativo B $1.329,92
ResponderEliminarAdministrativo B. Oficial de segunda: pagadores, telefonistas con más de cinco líneas, clasificadores de reparto, separadores y/o preparadores de pedidos, balanceros, controladores de documentación, verificadores de bienes prendados, tenedores de libros, liquidadores y/o controladores de operaciones regidas por tablas, imputadores de cuentas regidas por normas, atención de público para captación de ahorro y colocación de créditos y valores, controles, órdenes y entregas de documentos, secretarios/as, atención de cuentas a plazo determinado y ahorro (en cajas de crédito cooperativa), control de firmas de extracciones (en cajas de crédito cooperativa).
hola soy sonia l. soy administrativa 4 horas de lunes a viernes queria saber cuanto me tienen que pagar la hora extra de lunes a VIERNES GRACIAS
ResponderEliminarHola Sonia, con tan pocos datos es poco lo que te puedo decir.
ResponderEliminarHola soy Adrian,la verdad que esta muy bueno el blog... yo trabajo en una distribuidora y soy jefe de deposito con 14 personas a cargo, existe alguna categoria para jefe??, y una pregunta mas, el aumento en mano es de $ 300, yo cobro 5.000 que aumento tengo ?? nada ni un 10%.
ResponderEliminarGracias nuevamnete
Hola Adrian, existe el Jefe de primera y el de segunda, pero te digo que estás cobrando mas del doble de cualquier categoría de comercio.
ResponderEliminarHola Igna, soy Roberto de la (102) Tenés algo para mi sobre la misma ? Gracias y saludos
ResponderEliminarHola Roberto, no, no son horas extras, ya que no supera la jornada máxima de 48 horas.
ResponderEliminarhola soy(miriam),soy empleda de un call center y ya tengo 2 años de atiguedad,,me corresponde pago por atiguedad?
ResponderEliminarHola Miríam, si, corresponde desde el año.
ResponderEliminarHola Ignacio, soy Marcelo, yo te habia hecho esta consulta: soy empleado de comercio vendedor categoria b y trabajo 6 dias a la semana por 8 horas desde hace 10 años. Como en la otra parte del blog no vi tu respuesta (tal vez mi torpeza y el leer rapido la pase de largo) te lo vuelvo a consultar por aca. Disculpa las molestias, pero como estoy por cobrar en estos dias, queria ver si tengo un problema en puerta. Desde ya muchas gracias de nuevo.
ResponderEliminarHola soy Carina mi consulta es la siguiente queria saber trabajo en un ciber soy cajera, no se que categoria me corresponde empeze en febrero de este año trabajo 7 horas de lunes a sabados cuanto tendria que cobrar y si me corresponde el aumento.
ResponderEliminarDesde ya muchas gracias
Besooss
Hola Marcelo, disculpá, es que son tantos los mensajes que a veces se me pasan. Te daría a cobrar unos 2128 pesos mas o menos.
ResponderEliminarHola Carina, podría ser cajera b, mas o menos tendrías que estar cobrando unos 2000 a 2100 pesos.
ResponderEliminarhola soy gladys y estoyingresando por la OUM como administrativa con un basico de 1824,19 cuanto me corresponde cobrar en mano??
ResponderEliminarmil gracias gladys
Hola Gladys, no será la UOM? en que categoría?
ResponderEliminarHola Ignacio, me llamo Melina y trabajo desde junio del 2001 en un comercio (agencia de quinielas y bapro pagos), como vendedora, 36 hs semanales de lunes a sábado, y quisiera saber si lo que cobro por recibo está bién.
ResponderEliminarte detallo el recibo (de noviembre de 2009, porque es lo q tengo a mano): SECCION: ADMINISTRACION
CATEGORIA: VENDEDOR B 36 HS.
REM. ASIGNADA: 1056.38
---------
SUELDO BAS. MENSUAL: 1056.38
ANTIGUEDAD: 105.74
PRESENTISMO: 96.84
---------
ASIG. NO REM. 20%: 232.42
ASIG. NO REM. FIJO: 300
PRESENT. S/ NO REM.: 44.19
---------
JUBILACION: 88.13
I.N.S.S.J.F: 37.77
SINDICATO 2%: 25.18
FAECYS: 6.29
TOTAL NETO: $1679.00
CONTRATACIÓN: A tiempo completo indet. QUE SIGNIFICA?
Espero tu respuesta gracias.
hola ignacio quisiera saber cuanto tengo que ganar trabajo de lunes a sabado. tres dias tarbajo 10hs cada dia y los otros tre dias trabajo 5hs y media cada dia. trabajo en una distribuidora soy eli gracias
ResponderEliminarte hice una consulta el 4 de marzo te agradeceria si me pudieras contestar. gracias.
ResponderEliminarhola ignacio quiero hacerte una consulta, trabajo en comercio 24 horas semanales, de lunes a sabados 4 horas, estoy en negro pero estoy ganando mucho menos de la mitad de lo q figura aca, quiero pedir un aumento y quiero saber cuanto deberia cobrar por dos años de antiguedad trabajando 24 horas semanales. te agradeceria me respondas a la brevedad. muchas gracias.
ResponderEliminarHola Melina, buenas noches, disculpá la demora pero estoy tapado de mensajes.
ResponderEliminarLa liquidación está calculada proporcionalmente a las horas trabajadas, 36 horas.
Ahora, el tema es que si estás a "A tiempo completo indet." quiere decir que es jornada completa, pero la jornada completa es de 48 horas, no de 36. Y la jornada parcial, es máximo 32, superadas estas, tienen que pagarte como jornada completa. En ambos casos, tienen que pagarte por jornada completa, no en forma proporcional.
Además, tampoco está el último aumento,
No se si me expliqué, espero que si, cualquier cosa volveme a escribir.
Hola Eli, en realidad no se podría trabajar mas de 9 horas en un día, pero bueno. No se tu antigüedad y la categoría, pero tendrías que estar en los 2100 pesos mas o menos.
ResponderEliminarhola mira yo trab en un estudio contable 4horas empleada de comercio 2 años de antiguedad y cobre 950$ mas o menos esta Bien? y en una escribania 3horas 2 años $675 me parece que el basico no es el de las tablas. A cuanto se irian los basicos porque dicen que para abril sale la nueva escala salarial. Gracias
ResponderEliminarMariela
Hola Mariela, mas o menos está bien, aunque no están incluyendo el aumento de enero, no se de cuando son esos valores que pasaste.
ResponderEliminargracias eso es lo que cobre en el periodo de enero 2010, a mi me parece que falta algo. el aumento de esos 100 y los 75 proporcional si estan lo que el basico por 8 hs es de 1600 y algo y ellos parten (porque distintos contadores) de 1300 y algo.
ResponderEliminarMariela
Hola Mariela, habría que ver la liquidación, pero no entiendo lo último que comentás.
ResponderEliminarHola Ignacio, te queria consultar si dentro del convenio colectivo de empleados de comercio existe algun monto asignado por titulo universitario, posgrados etc. Desde ya te agradezco tu respuesta
ResponderEliminarLorena
Hola Ignacio, Melina nuevamente, en la consulta usé un recibo de sueldo de noviembre de 2009, ya que me acabo de mudar y es el que encontré, despues te paso el de febrero porque aún no lo tengo. Quisiera que me digas si me están pagando lo que corresponde. Otra consulta de una compañera de trabajo: donde dice CONTRATACION: dice: nuevo período de prueba, Que significa?? desde ya te agradezco. saludos
ResponderEliminarHola Ignacio, soy Cary quisiera saber el sueldo que me corresponde hace un mes que empeze trabajo 4hs. de lunes a sabados soy vendedora categoria B
ResponderEliminarDesde ya muchas gracias
Besoss
Hola Lorena, no, no existe un adicional por ese concepto en comercio..
ResponderEliminarHola Melina, signficica que está en el período de prueba.
Hola Cary, unos 980 pesos mas o menos.
Hola Ignacio,
ResponderEliminarAnte todo te felicito por el blog.
Te consulto...está en vigencia el tema de que si se trabaja el 67% de la jornada de considera jornada completa en lugar de reducida. O sea, yo estoy inscripta como media jornada, 6 horas,sobre un total de 9 donde 1 se considera de amuerzo...tendrían que tomarlo como jornada completa? El basico de las escalas para empleados de comercio,a cuantas horas se refiere la jornada es, de 9 horas? de 10? de 8? Desde ya muchas gracias y saludos. CAMILA
Hola Ignacio,
ResponderEliminarAnte todo te felicito por el blog.
Te consulto...está en vigencia el tema de que si se trabaja el 67% de la jornada de considera jornada completa en lugar de reducida. O sea, yo estoy inscripta como media jornada, 6 horas,sobre un total de 9 donde 1 se considera de amuerzo...tendrían que tomarlo como jornada completa? El basico de las escalas para empleados de comercio,a cuantas horas se refiere la jornada es, de 9 horas? de 10? de 8? Desde ya muchas gracias y saludos. CAMILA
Hola Camilia, si, está vigente desde el año pasado, lo que explicas de las horas.
ResponderEliminarCuantas horas trabajás a la semana?
Hola Ignacio,
ResponderEliminarMuchas gracias por tu respuesta. Trabajo de lunes a sabado 6 horas por dia...36 horas. El negocio está abierto 11 horas. Gracias y Saludos!CAMILA
Hola Camila, si trabajás mas de 32 horas, deberían pagarte como jornada completa.
ResponderEliminarHola Ignacio, gracias por tu respuesta! Por lo que me decís entonces se toma la jornada laboral de 8 horas, de lunes a sabado, no?
ResponderEliminarTe reconsulto, porque cuando yo les hice mi consulta en el negocio me dijeron que jornada completa de ninguna manera, pero como que me podian anotar media jornada de 4 horas y las dos horas mas que yo trabajo por dia pagarmelas como horas extras....me conviene? como deberian liquidarme las horas extras?
Mil gracias por tu ayuda!
Saludos!
CAMILA
Hola Camila, si se trabaja a jornada parcial, no se pueden hacer horas extras.
ResponderEliminarhola ignacio yo trabajo d lunes a viernes 8hs y media sabado 5hs mi sueldo es ~1700 pero con descuentos d323pesos cobro 1377pesos. quiero saber cuanto debo cobrar.
ResponderEliminarHola, estás haciendo jornada completa, deberías estar ganando unos 2100 pesos mas o menos
ResponderEliminarq tengo q hacer para cobrar esa suma porq ya hable hace 2 meses y sigo igual
ResponderEliminarInsistir, no queda otra, o ir al sindicato
ResponderEliminarconquien podria hablar en el sindicato,alguien en quien confiar ,xq fui en noviembre y no paso nada.
ResponderEliminarNo sabría decirte, además eso depende de la zona, yo te diría que insistas
ResponderEliminarHola Ignacio, soy melina, te hice unas consultas anteriormente,(en el comentario 115 y 126) y quedé en pasarte lo que cobré este mes 1766, estará bien? trabajo en promedio 32.5 hs. semanales.
ResponderEliminarCon respecto a mi compañera, porque es Nuevo período de prueba si trabaja en blanco desde octubre de 2005? desde ya te re agradezco por todo.
Hola Melina, ese importe debe ser por unos 36 horas, como el que me pasaste la otra vez.
ResponderEliminarCon respecto a lo de tu compañera, ya pasó el período de prueba, se debe tratar de un error, se ve que no actualizaron la condición.
Hola Ignacio,mi nombre es Marcela y mi inquietud es que yo empeze a trabajar en el año 2006. En el 2007 teoricamente me dieron de alta pero resulta que en mi recibo dice...Fecha de inicio Febrero 2008. como lo reclamo y a quien?
ResponderEliminarEn el 2007 espere anciosa el pago salarial de mi hija,me mandaban a preguntar en el correo si ya figuraba para cobrar pero jamás figuré..
mi pregunta es.- me estuvieron engañando? Que hago?
Hola Marcela, el reclamo deberías hacerlo al empleador.
ResponderEliminarCuando te blanquearon, firmaste el alta temprana?
Lo que podés hacer es sacar la clave en ANSES o en la AFIP para averiguar desde cuando te hicieron los aportes.
hola soy empleado de comercio y hace un año q trabajo, de lunes a viernes 8 horas y los sabdos 10 horas y medias, es decir 50 horas y media por semana. cuanto me corresponde cobrar, te agradeceria que me dijeras mas o menos cuanto, gracias!!!
ResponderEliminarHola, unos 2400 pesos mas o menos.
ResponderEliminarhola Ignacio, queria saber si estoy ganando bien, yo trabajo 36 horas semanales y mi sueldo es de 1770 el mes de febrero... tambien queria saber de cuanto seria el sueldo por 22 y por 26 horas semanales. Desde ya muchas gracias. Saludos Ana
ResponderEliminarHola Ignacio
ResponderEliminarTe hago dos consultas
Cual es hoy dia, el salario minimo para un administrativo "A" de 8 horas diarias, sin horas extras y con una antiguedad de 6 meses?
Cuales son las distintas categorias para los empleados de comercio y cuales son sus salarios minimos?
Muchas Gracias!!!
Mariano
Hola Ana, que categoría, que antiguedad? los 1770, son brutos? netos? mas información por favor.
ResponderEliminarMariano:
http://www.faecys.org.ar/institucionales/062008.html
hola Igancion soy Ana, yo te habia preguntado cuanto deberia ganar. trabajo 36 horas semanales y gano 1170 neto, categoria b. A mis compañeras las van a poner en blanco a una de ellas le dijieron que le van a pagar 1174 por 22 horas semanales, esta bien?. Y cuanto deberia ganar por 26 horas semanales? anotadas como vendedoras categoria b.
ResponderEliminargracias espero tu respuesta!
Hola Ana, el tema es que si trabajás 36 horas, no pueden pagarte por esas horas en forma proporcional, debería pagarte por jornada completa, ya que la jornada parcial no puede superar las 32 horas. Tampoco puedo hacer una liquidación por cada personal.
ResponderEliminarLo que te puedo decir, es que si trabajás 36 horas, deberías cobrar como por jornada completa, que serían unos 2200 pesos mas o menos.
Por media jornada, sería un poco menos de la mitad, asi que los 1174, estarían bien.
Hola Ignacio! de nuevo Mariano consultandote
ResponderEliminarEntonces un sueldo minimo para un administrativo A sin antiguedad deberia ser el siguiente:
Sueldo Basico: 1319.56
Antiguedad: 0
Presentismo: 110
ACUERD. COLECTIVO 0 $ 302.66
ASIG. NO REM. 01/10 $ 100.00
ASIG. ACUERDO 04/08 $ 100.00
ASIG. ACUERDO 01/10 $ 75.00
ACUERD. SAL. 04/09 $ 300.00
Es correcto??
Saludos, Muchas Gracias
PD: Muchas gracias por la info que me pasaste, intente suscribirme al Blog y no pude mas tarde innento de nuevo, garcias!!!!
HOla queria saber cual es el sueldo que le correponde a un vendedor de servicios de internet por telefono que solo trabajo cuatro meses media jornada.
ResponderEliminarY la segunda pregunta cuanto le corresponde de sueldo al encargado de un comercio de venta de pañales que tiene 5 años de antiguedad y trabaja jornada completa. Desde ya muchas gracias
Mi nombre es Nicolas Nikkolas332000@hotmail.com
ResponderEliminarHola tengo dos consultas:
1- Cual seria el sueldo que le corresponderia a alguien que trabajo solo 5 meses media jornada (de 9 hs a 13hs de lunes a viernes)desde 10/092009 hasta 10 febrero 2010 como vendedor de servicios de internet por telefono
2- Cual es el sueldo que le corresponde al encargado de un comercio que tiene 5 años de antiguedad y trabaja 8 horas diarias de lunes a sabados.
Desde ya muhcas gracias
Mi nombre es Nicolas Nikkolas332000@hotmail.com
ResponderEliminarHola tengo dos consultas:
1- Cual seria el sueldo que le corresponderia a alguien que trabajo solo 5 meses media jornada (de 9 hs a 13hs de lunes a viernes)desde 10/092009 hasta 10 febrero 2010 como vendedor de servicios de internet por telefono
2- Cual es el sueldo que le corresponde al encargado de un comercio que tiene 5 años de antiguedad y trabaja 8 horas diarias de lunes a sabados.
Desde ya muhcas gracias
Ignacio: trabajo en turismo. Al separarse Turismo y firmar un nuevo convenio colectivo de trabajo no tenemos los mismos beneficios que teniamos antes cuando perteneciamos a comercio (mas alla de que el convenio actual esta firmado entre faecys -comercio. y AAAVyT). Tenes idea si a nosotros nos corresponde recibir el mismo aumento salarial que reciben en comercio?? Por que si es asi cual es beneficio que obtenemos los empleados de turismo al pertenecer a otro convenio. Gracias por tu aporte!
ResponderEliminarHola Mariano, si, está bien, lo que no entiendo es que son los 302 pesos? de donde sale? y falta la antigüedad sobre los acuerdos.
ResponderEliminarPudiste suscribirte?
saludos
Hola Nicolas,
ResponderEliminar1- Depende de la categoría, pero es posible que haya sido vendedor B, por lo cual serían mas o menos unos 1000 pesos mas o menos. Eso calculada al día de hoy con los aumentos.
2- Habría que ver bien en que categoría está, pero son mas o menos uno 2100 pesos.
Los convenios de comercio rama general y turismo son diferentes, y no se aplican los mismo aumentos ni la misma escala.
ResponderEliminarhola ignacio, mi nombre es maria L., necesito saber cuanto debo cobrar como administrativa b,por 28 / 30 hs semanales. de lunes a viernes.
ResponderEliminarHola Ignacio. Yo empecé a trabajar en una escribania en febrero y en marzo cuando me pagaron mi primer sueldo fue de $2100,95...esta bien?...en q categoría estoy?...estoy dentro de los primeros 3 meses de prueba...
ResponderEliminarSi vas a dejar una consulta, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta.
ResponderEliminarTRABAJO COMO ADMINISTRATIVA CATEGORIA A Y. SOY JUBILADA ME DEBEN DESCONTAR EL 11% PARA RUBRO JUBILACION O EL 3% SIENDO JUBILADA? MUCHAS GRACIAS! Ana
ResponderEliminarHola
ResponderEliminarte hago una consulta. Voy a dar de alta a un empleado administrativo que va a trabajar 6 hs por día de lunes a viernes y sábados 4 hs. Cuál es el sueldo mínimo que corresponde?.
Cómo se toman los acuerdos 2008/2009/2010 para la liquidación del sueldo?.
desdes ya muchas gracias.
Hola Ignacio, mi consulta está referida a si es ya hay noticias sobre un nuevo acuerdo salarial pra empleados de comercio ya que en abril tengo entendidoq ue se vence. Jimena
ResponderEliminarPerdon...Hola Soy Andrea, Yo empecé a trabajar en una escribania en febrero y en marzo cuando me pagaron mi primer sueldo fue de $2100,95...esta bien?...en q categoría estoy?...estoy dentro de los primeros 3 meses de prueba...
ResponderEliminarHola Ana, solo el 11 por ciento.
ResponderEliminarHola Lorena, depende de la categoría, administrativo A, B, C, D, E, F? se busca el básico de la categoría, y se calcula el proporcional. Los acuerdos se toman en forma proporcional también
Hola Jimena, hay que esperar abr
Hola Andrea, seguramente como administrativa, pero no puedo saberlo, debería estar en el recibo.
hola ignacio!! quiero saber cuantas horas semanales tiene que trabajar un empleado de comercio en maestranza? tengo duda si es 44 0 48 horas.gracias!! teresa
ResponderEliminarLa jornada máxima legal es de 48 horas semanales.
ResponderEliminarHOLA IGNACIO¡ MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: APARTIR DEL MES DE MARZO MI JEFE ESTABLECIO UN 20% DE AUMENTO EN EL BASICO. EJ: ADMIN. A 1319.56 PASARIA A SER 1517.49 MI DUDA ES AL CAMBIAR EL BASICO TENGO QUE CAMBIAR TAMBIEN EL 20 % DEL ACUERDO ABRIL 2008 Y CALCULARDO CON EL NUEVO BASICO(1517,49)O SEGUIR CALCULANDO EL 20% DE LOS 1319,56. ESPERO ENTIENDAS MI DUDA Y PUEDAS EVACUARLA, DESDE YA MUCHAS GRACIAS¡'
ResponderEliminarHOLA IGNACIO¡ MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: APARTIR DEL MES DE MARZO MI JEFE ESTABLECIO UN 20% DE AUMENTO EN EL BASICO. EJ: ADMIN. A 1319.56 PASARIA A SER 1517.49 MI DUDA ES AL CAMBIAR EL BASICO TENGO QUE CAMBIAR TAMBIEN EL 20 % DEL ACUERDO ABRIL 2008 Y CALCULARDO CON EL NUEVO BASICO(1517,49)O SEGUIR CALCULANDO EL 20% DE LOS 1319,56. ESPERO ENTIENDAS MI DUDA Y PUEDAS EVACUARLA, DESDE YA MUCHAS GRACIAS¡MARCOS
ResponderEliminarHola Marcos, no, el 20% se calcula sobre los valores a abril de 2008.
ResponderEliminarHOLA IGNACIO¡¡ MI DUDA PASA POR SI SE PUEDE PRESENTAR EL F931 (AFIP) ANTES DE FINALIZADO EL MES EJ: 30 DE MARZO/2010 PRESENTAR PERIODO: 03/2010 YA DESDE MAÑANA EN ADELANTE HASTA FINALIZAR MES NO HAY NOVEDADES EN CUANTO A HORAS TRABAJADAS POR EL PERSONAL.- OMAR
ResponderEliminarHOLA IGNACIO ESTOY ARREGLANDO ENTRAR COMO ENCARGADA DE UNA AFAMADA TIENDA MARROQUINERA,TRABAJARIA 48 HORAS SEMANALES Y TENDRIA COMISION SOBRE LA VENTA.CUANTO ES EL BASICO DE ENCARGADA?
ResponderEliminarHola.. me podes decir por que mi recibo de sueldo me figura como basico 1.340 y los feriados trab.me lo pagan 69.69.soy empleada de comercio. gracias espero tu respuesta...
ResponderEliminarMonica.
Hola Omar, si, no hay problema.
ResponderEliminarHola Mónica porque ese debe ser el básico para tu categoría según el convenio. No se en que categoría estas.
Hola Ignacio. Buenisimo tu blog. Me ayudo mucho para aclarar algunas dudas que tengo.
ResponderEliminarCobro 1881.90 de básico, que categoría de administrativa soy? en el recibo solo figura administrativa.trabajo de lunes a viernes 9 hs. diarias
Cúantas categorias de administrativos hay cual es el sueldo mínimo de cada uno? gracias. Milagros
Hola Igancio...
ResponderEliminarEstá muy bueno este blog. Tengo una consulta: buscado en google algo sobre algun aumento para nosotros, los empleados de comercio, encontré una página que publica una escala salarial que difiere de la que tiene el FAECYS. Quería saber si es errónea o no porque de no serlo, me parece que muchos hemos hecho mal la liquidación del mes de Enero. La página es la siguiente: "www.laboralis.com.ar" y si es errónea porque sigue saliando? me parece que mucha gente se va a confundir.
Gracias por todo lo que nos aportás. Rosana
hola ignacio me llamo mauricio queria saber si trabajar a 4º de temperatura es trabajo insalubre, te comento yo trabajo 8 horas diarias en un hiper en la carniceria y eatamos a esa temp.sienpre y a veces menos.desde ya muchas gracias
ResponderEliminarHola Milagros, los 1881.90 son brutos o netos? necesito el bruto del básico para poder sacar la categoríal, te dejos las categorías:
ResponderEliminarAdministrativo A 1319,56
Administrativo B 1329,92
Administrativo C 1340,28
Administrativo D 1371,37
Administrativo E 1397,28
Administrativo F 1435,28
saludos
Hola Rosana, el tema es que esa escala se iba a poner en vigencia en enero de 2010, según lo acordado en abril de 2009, pero lo que pasó es que en enero de 2010 se firmó un nuevo acuerdo, y tanto Laboralis yo (ignacio online) publicamos esa escala antes del nuevo acuerdo.
Lo cierto es que ahora no está en vigencia. En mi caso lo aclaré en la página.
saludos
Hola Mauricio, si no lo es, debería serlo, bajo que convenio estás?
Hola Ignacio mi nombre es Maria, mi consulta es la siguiente, hace un año trabajo en un call center, inicialmente mi categoria era la de vendedor, trabajando 36 horas semanales en una campaña de venta. En este momento me estan ofreciendo dentro de la empresa una campaña de atencion al cliente, es decir que la categorìa deberìa cambiar a la de administrativo. Mi horario laboral serìa de 23 pm a 5 am , cinco dias a la semana con dos francos.Necesito un càlculo estimativo de cuanto deberìa estar ganando, por la cantidad de horas trabajadas, màs el plus nocturno y lògicamente dentro de los paràmetros de la nueva categorìa que serìa la de administrativo. Te pido que por favor me asesores antes de poder tomar una determinacion. Muchisimas gracias
ResponderEliminarHola María, cual es tu antiguedad, y a que cual de las categorías de administrativo entrarías?
ResponderEliminarHola Ignacio, mi nombre es Jose. Consulta, como se liquida para marzo una licencia por maternidad que arranca el 22/03, con respecto a lo no remunerativo, desde ya muchas gracias por tu respuesta. Saludos
ResponderEliminarBuenos Dias
ResponderEliminarnecesito saber si los basicos de comercio se modificaron o siguen igual... hay algun aumento a futuro??
muchas gracias
Hola Ignacio!
ResponderEliminarAnte todo agradecerte por tu blog y tu ayuda a todos nosotros! te cuento que soy vendedora de un local de ropa y viendo tu ejemplo de liquidacion de sueldo al 31 enero de 2010, quiero consultarte lo siguiente: en mi recibo de sueldo, me figura un basico de 1683,93, antig (1 año)de 8,42, presentismo:141,01, suma fija:100, acuerdo 08:338,47, acuerdo 09: 300, acuerdo 2010:100...esto esta ok? porque en tu ejemplo de liquidacion a enero 2010 no estan todos estos conceptos? Desde ya un millon de gracias!CAROLINA
Hola José, se liquida proporcionalmente hasta el último día trabajado, luego comienza a pagar la ANSES la asignación por maternidad.
ResponderEliminarHola Carla, todavía no comenzó la paritaria.
Hola Carolina, si, están esos conceptos, pero no con esos nombres, yo les puse el número de artículo, pero es lo misma.
Hola, buenisimo tu blog
ResponderEliminarMe gustaria saber si esta bien lo que me han ofrecido
Te detallo
4 dias semanales 05:00 a 19:30 (1 franco semanal)
sabado domingo y feriados 05 a 07 y 17:00 a 19:30
Me ofrecieron $ 3000.- es correcto? Saludos ana
Hola Ana, es mas de lo que fija el convenio, de todos modos, también son mas las horas, ya que la jornada es de 48 horas semanales.
ResponderEliminarHola Ignacio, nuevamente Jose. Gracias por tu respuesta, la duda que tengo es, si en la licencia por maternidad, el ANSES paga tambien los conceptos NO REMUNERATIVOS, o los tiene que pagar el empleador. Muchas gracias. Saludos. Jose
ResponderEliminarHola Ignacio , me llamo Eduardo , quisiera saber a que categoria y que remuneracion me cooresponde ya que voy a ingresar como vendedor de salon tiempo completo en el rubro muebleria .
ResponderEliminarDesde ya agradesco tu atencion y saludos.
soy daniel y tengo un basico de 3000$ me dijeron que no me corresponde cobrar antiguedad por que estoy sobre el sueldo de combenio, es asi.
ResponderEliminarhola: soy natalia.
ResponderEliminarquiero saber cual es el sueldo basico actual que le coresponde a un empleado que se desempeña como vendedor-asesor, trabajando media jornada (4 hs. por dia de lunes a viernes)?
como se elaciona la escala salarial de comercio con el salario minimo vital y movil de $1500?
Hola José, no, no pago conceptos no remunerativos.
ResponderEliminarHola Eduardo, podría ser vendedor B, son unos 2000 pesos en mano mas o menos.
Hola Daniel, la antiguedad la cobrás igual, pero como se calcula sobre el básico, se licua en los 3000.
Hola Natalia, unos 1000 pesos en mano mas o menos.