Índice de Contenidos
Tratamiento laboral con respecto al Jueves y Viernes Santo, la Pascua Judía (Pesaj), el feriado por Malvinas y el Feriado puente según lo establecido por la Ley de contrato de trabajo 20744 y el Decreto 1584/10 sobre feriados y días no laborables.
FERIADOS INAMOVIBLES
Fecha |
Día |
Conmemoración |
24 de Marzo | Domingo | Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
29 de Marzo | Viernes | Viernes Santo |
1 de Abril | Lunes | Feriado Puente Turístico |
2 de Abril | Martes | Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
DÍAS NO LABORALES
Fecha |
Día |
Conmemoración |
25 a 27 de Marzo 31 de marzo a 2 de Abril |
Lunes a Miércoles Domingo a Martes |
Pascuas Judías (b) Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía (b)* |
28 de Marzo | Jueves | Jueves Santo Festividad Cristiana |
Según lo establecido en el decreto 1584/10 publicado en el Boletín Oficial el 3/11/2010, en su artículo 1, Jueves Santo es día no laborable
Día no laborable: La ley de contrato de trabajo 20744, establece que: “En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple.En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.”
El mismo decreto decreto 1584/10 establece que el Viernes Santo es Feriado Nacional.
Feriado Nacional: En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
El artículo 6 del mencionado decreto 1584/10, establece como días no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 25 de marzo a las 18:40 horas y finalizan el día 27 de marzo a las 19:40 horas. y los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 31 de marzo a las 18:30 horas y finalizan el 2 de abril a las 19:30 horas.
Los trabajadores que no prestaren servicios devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio.
Fuente: Decreto 1584/10
Fer dice
Buenas tardes Ignacio
Podrás indicarme cuál es el tratamiento laboral para los días de año nuevo y día del perdón para un empleado de comercio de religión judía.
Ignacio dice
Hola, los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo Judio) comienzan el día 09 de Septiembre a las 18:23 horas y finalizan el día 11 de Septiembre a las 19:20 horas. Se consideran los dos días como no laborales, para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía.
Hola buenas noches el domingo de pascua trabajaso se paga como feriado
NO, no es feriado
Gracias
El día 3 de Abril es Feriado para el personal Doméstico???
Día no laborable https://www.ignacioonline.com.ar/3-de-abril-dia-del-personal-de-casas-particulares/
Buen día Ignacio!
Cómo se calcula el día feriado trabajado para una empleada de casas particulares? Se debe dividir la remuneración en 30 ó 25 días?
Muchas gracias!
Fabián Totoral-Cba
HOLA ME LLAMO LAURA, SOY EMPLEADA DOMESTICA Y QUIERO SABER SI ME CORRESPONDE FERIADO EL JUEVES 20/06 Y VIERNES 21/6 O SOLAMENTE EL JUEVES. MUCHAS GRACIAS