Pago de asignación no remunerativa para obreros de la UOCRA según acuerdo de fecha 14/12/12 Homologados por Resolucion
S.T. Nro 327/13 de fecha 20/03/2013
S.T. Nro 327/13 de fecha 20/03/2013
la UOCRA y las Cámaras
Empresariales respectivas, homologado por Resolución S.T. Nº
327/13 de fecha 20 de marzo 2013. La cual deberá informarse en la DJNR de AFIP
El mencionado acuerdo establece:
1.- El pago de una suma de carácter no remunerativo y extraordinario de fin de año 2012, para el personal comprendido en el ámbito de aplicación de los convenios colectivos de trabajo (CCT) 76/75, 577/10, 545/08 y 445/06.
2.- Esta suma no remunerativa se abonará a todos aquellos trabajadores activos a la fecha de suscripción del presente (14/12/2012) de acuerdo a las siguientes condiciones:
– Trabajadores con fecha de ingreso hasta el 31/08/2012: percibirán el 100%.
– Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/08/2012 y hasta el 31/10/2012: percibirán el 75%
– Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/10/2012: percibirán el 50%.
3.- Los montos a percibir, respetando la porcentualidad establecida en el punto 2.- serán los siguientes:
a) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
$ 2.500,- para Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fé, Entre Ríos, San Juan, Mendoza, San Luis, La Pampa , Neuquén, Río Negro y Chubut
b) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
$ 2.000,- para las Provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, La Rioja , Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes un monto de
c) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
$3.000,- para las Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego un monto de $ 3.000.- (pesos tres mil).
Dichos montos se abonarán en cuatro 4 cuotas mensuales, iguales y consecutivas simultáneamente con la primera quincena de cada mes, comenzando a partir del mes de marzo, mes de homologación de los acuerdos.
4.- Habida cuenta del carácter no remunerativo y extraordinario de la suma acordada, la misma no se incorporará a los salarios básicos ni será tenida en cuenta a los efectos del cálculo de horas extras, aguinaldo, vacaciones, asignación por fondo de cese laboral y ninguna otra indemnización y/o concepto cuyo cálculo modele sobre el salario.
Tampoco esta sujetos a aportes y contribuciones de la seguridad social, salvo a los relativos a Obra Social, que deberán ser integrados en su totalidad.
5- El pago de la suma no remunerativa y extraordinaria acordada, será absorbida y/o compensado hasta su concurrencia con cualquier anticipo, gratificación y/o asignación que se hubiere liquidado, tanto voluntariamente o como consecuencia de acuerdos y/o convenios firmados individualmente por los empleadores con la representación gremial. Respecto de estas sumas no remunerativas, absorbidas y / o compensadas, cualquiera sea la oportunidad del pago, resulta de aplicación el ingreso de aportes y contribuciones con destino a la obra social.
Ante cualquier duda podrá consultar la página institucional UOCRA www.uocra.org o comunicarse a los siguientes teléfonos: 0810-333-8627 o 0800-666-4271, en el horario de 9.30 hs. a 17.00 hs.
Anónimo dice
cuanto gana un soldador por ora segun el combeño
para los q entraron en 2013 le corresponden cobrar algo
Hola: me podrian decir si la suma no remunerativa esta excento del pago de ganancias?
Como se liquida la suma no remunerativa homologada en mayo 2013 para UECARA? A PARTIR DE MAYO? y se informa a AFIP tambien a partir de ese mes? porque la resolucion dice desde marzo 2013?
la ultima suma no remunerativa cuando se paga grasias por este espacio
hola!! si se lo despidio al empleado el 31/12/2012 y se lo volvio a tomar el 15/01/2013 le corresponde el pago de la suma no remunerativa de fin de año? porque a la fecha del despido no estaba homologado el acuerdo ni pendiente de pago… por favor respondamne!!!
hola buenas tardes uocra queria saber que pasa sien el resivo de sueldo no me figura ni me pagan lo que paga la uocra'…
La UOCRA no paga nada, el unico que paga es el empleador (patron). La UOCRA solo cobra… Le cobra al obrero un porcentaje que ahora es obligatorio del 1,5% durante 6 meses y al patron de 45$ por mes por cada obrero durante 10 meses… eso lo cobra por "conseguir" un aumento del 18 + 6 % = 24% cuando la inflación está cerca del 30%… es un simple robo al obrero y al patron tambien… falta trabajo, si nos sacan a todos cada vez mas nos vamos a quedar sin trabajo!!!
http://www.uecara.com.ar/adjuntos/homologacion.pdf
ese es el link donde UECARA publica la homologación de la suma no remunerativa. Carla
Trabajamos para una empresa contratista de cablevision y pertenecemos a la uocra bajo CCT 577/10 ntenemos recibo de sueldo pero solo figurativo ya que no poseemos cuenta en banco ni nada, solo queria saber si las sumas no remunerativas que aparecen en el recibo de sueldo las cobra mi empleador???? quien paga o pone la plata esa de las sumas no remunerativas???? si la plata la pone el sindicato y se la esta dando a mi empleador nos estan re garcando queria saber eso muchas gracias si alguien puede ayudarnos
Para tu información la plata de los no remunerativos sale del bolsillo de tu empleador, no existe ningún sindicato que reintegre el dinero que cobran como sumas no remunerativas los empleados … Saludos espero rte sirva la respuesta
me despidieron en enero .¿como tengo que reclamar la suma no renumerativa
trabaje del 2009 al 31/01/2012. me toca algo de la suma no remunerativa?
trabaje en la empresa desde 18/11/2009 a 31/01/2012 y me reincorporaron al mes siguiente. mi duda es si me toca algo de la suma no remunerativa, me podrian responder eso? gracias
hola, y uecara?
PARA CUANDO SALE EL AUMENTO DE UOCRA 2013?? POR FAVOR RESPONDAN QUE EN MI CIUDAD NO TE DAN PELOTA Y TE FORREAN
que pasa si mi elpleador no quiere pagarme este no remunerativo?