Pizzerías, Bares y confiterías, Transporte de carga especial, Complejos turísticos de cabañas o bungalows, Guarderías Náuticas y Balnearios costeros, son las nuevas actividades con Indicadores Mínimos de Trabajadores.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) aplicables a distintas actividades actividad de servicios prestados por:
- Pizzerías RG 3565
- Bares y confiterías. RG 3566
- Transporte de carga especial -saneamiento ambiental urbano-. RG 3567
- Complejos turísticos de cabañas o bungalows. RG 3568
- Guarderías Náuticas RG 3569
- Balnearios costeros. RG 3570
La AFIP establece estos Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) en el marco de lo establecido en la ley antievasión II (Ley 26063), que facultan al fisco nacional para determinar las deudas de la
seguridad social valiéndose de presunciones.
seguridad social valiéndose de presunciones.
Mediante la resolución general 2927, AFIP reglamentó la ley procediendo
a la elaboración de presunciones genéricas y de presunciones
particulares.
a la elaboración de presunciones genéricas y de presunciones
particulares.
Las resoluciones entran en vigencia a partir del 13 de diciembre de 2013.
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