Facilidades de pago para impuestos, seguridad social y aduana: se amplía el plazo hasta el 31 de agosto y bajan los anticipos
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el régimen de facilidades de pago mediante la Resolución General 5777/2025, modificando las condiciones del plan establecido por la RG 5711.
La normativa amplía el plazo para adherirse al régimen y reduce el porcentaje de pago a cuenta inicial, diferenciando según tipo de contribuyente.
¿Qué establece la nueva resolución?
✔ Plazo extendido
Se podrán regularizar deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025 inclusive, en lugar del 30 de abril como estaba previsto.
✔ Menor anticipo y más cuotas
La nueva tabla de condiciones por tipo de contribuyente queda así:
| Contribuyentes | Cuotas Máximas | Pago a Cuenta | Interés |
|---|---|---|---|
| Personas humanas, sucesiones indivisas, Micro y Pequeñas Empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud | 60 cuotas | 5% | 50% de la tasa resarcitoria del MECON |
| Medianas Empresas (Tramos 1 y 2, salvo personas humanas) | 48 cuotas | 10% | Idem |
| Resto de contribuyentes | 36 cuotas | 15% | Idem |
¿Qué deudas se pueden incluir?
- Impuestos nacionales
- Recursos de la seguridad social
- Obligaciones aduaneras
- Intereses y multas relacionadas
¿Desde cuándo rige?
La nueva resolución entra en vigencia el 3 de noviembre de 2025.



No establece hasta cuando estara abierto este nuevo Plan