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La Presidenta anunció un aumento del 20% al mínimo no imponible

29 enero, 2013 Por Ignacio 23 comentarios

El incremento comenzará a regir a partir de marzo. En el caso de los trabajadores solteros, el mínimo no imponible se elevará a $ 6.938,70 y, para los trabajadores casados con dos hijos, a $9.597,60 Además, anunció una suba del 15,18% a los jubilados y pensionados.

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció hoy una elevación del 20% por ciento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, al tiempo que un incremento del 15,18% en el haber de los jubilados, dos medidas que entrarán en vigor el 1 de marzo próximo.
Durante un acto realizado esta noche en Casa de Gobierno y transmitido por cadena nacional, la mandataria enfatizó que la medida que beneficia a los trabajadores de la cuarta categoría en un 20 por ciento, “significa para el fisco, un sacrificio fiscal importante de más de 8.000 millones de pesos que se dejarán de tributar”.
    “Solamente van a tributar el impuesto a las ganancias el 17,48 por ciento de los trabajadores, que son los de más altos ingresos.”
En el caso de jubilados y pensionados, el incremento decidido por el Gobierno nacional hará que, a partir de marzo, la jubilación mínima pase de 1.879 a 2.165 pesos, y la pensión mínima de 1.502 a 1.730 pesos.
En el caso del Impuesto a las Ganancias, deberán tributar desde marzo los que ganan desde 6938,70 pesos netos por
mes si se trata de solteros sin hijos, en tanto que los casados con dos hijos
sufrirán descuentos si su ingreso neto mensual promedio supera los $
9597,60. 
Con el anuncio formulado esta noche, la Presidenta confirmó que el Gobierno tenía en vista un incremento del 20% del mínimo no imponible, lo que deberá dejar abierto el camino para unas negociaciones paritarias para las cuales Cristina pidió “racionalidad” de las partes.
Al comentar el incremento para los jubilados y pensionados, Cristina Fernández dijo que “tenemos la cobertura previsional más importante de América Latina. Destinamos el 7% de nuestro PBI al pago de nuestras jubilaciones”.
 “Con este aumento del 15,18 por ciento los haberes previsionales han aumentado desde marzo del 2012 el 28,33%.”
La mandataria destacó que, con este último aumento del 15,18 por ciento, “los haberes previsionales han aumentado desde marzo del 2012 el 28,33%”.
Con estos aumentos “estamos sosteniendo la demanda agregada. Donde algunos quitan beneficios, nosotros los ampliamos”, dijo.
NOTA: los valores de la gráfica de 8360 y 11563 corresponden a valores de sueldo bruto.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Ganancias 4ta Categoría, Mínimo No Imponible

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Matias Vicente dice

    10 febrero, 2013 a las 5:08 pm

    Buenas noches…

    Independientemente del Convenio Colectivo de Trabajo al cual esté vinculado el trabajador, el aumento del mínimo no imponible de ganancias, se aplica a todos los trabajadores…

    Antes de éste aumento, ningún trabajador de comercio (como es el caso de Maestranza A que mencionas), y siempre y cuando no tenga ningún rubro que haga aumentar el sueldo bruto (como puede ser "A cuenta de futuros aumentos"), no estaban alcanzados por ganancias…

    Más aún, la única deducción que podrá tomarse por carga de familia son los hijos, no así el concubino, ya que la Ley de Ganancias no permite deducir al concubino sino a la esposa…

    Quédate tranquila, que con ésto del aumento de ganancias, y con algún nuevo aumento de sueldo que haya para comercio, tampoco estarás alcanzado por el impuesto a las ganancias…

    Muchos Saludos!

    Responder
  3. Anónimo dice

    9 febrero, 2013 a las 1:21 pm

    hola ignacio : mi marido tiene de sueldo 4700 y con feriados alcansa 5200 el es maestranza A a el le coresponde el aumento el es de comercio, xq no entiendo nada. nosotros no estamos casados pero tenemos hijos desde ya muchas gracias gisela .

    Responder
  4. Anónimo dice

    7 febrero, 2013 a las 1:07 pm

    hola Ignacio, en mi trabajo este mes me descontaron ganancias por el mes de enero que cobré sueldo y 21 días de vacaciones, te consulto, ahora en febrero solo cobro 10 días de sueldo, lo que me descontaron de ganancias no se devuelve? o se compensa?.
    Gracias
    German M.

    Responder
    • Ignacio dice

      7 febrero, 2013 a las 1:18 pm

      en febrero te van a pagar los días trabajados en el mes

      Responder
    • Anónimo dice

      7 febrero, 2013 a las 7:28 pm

      si, pero en cuanto a ganancias, no me devuelven nada?
      gracias

      Responder
    • Anónimo dice

      9 febrero, 2013 a las 1:31 pm

      hola ignacio mi marido es de maestranza A a el le toca el aumento el cobra 4700 con feriados alcansa alos 5200

      Responder
  5. Anónimo dice

    30 enero, 2013 a las 4:29 am

    Hola Juan de Villa María, no entiendo porque lo dividís por 13 meses si en la tabla de AFIP va sobre 12 meses acumulativo…

    Responder
    • Anónimo dice

      30 enero, 2013 a las 11:51 am

      HOLA VIEJO. COMO ANDAS. TENES QUE HACER LA SIGUIENTE CUENTA:

      1)-LO QUE PUEDE DEDUCIR UN EMPLEADO EN TODO EL AÑO 2013 SON 90201.54
      2)-EL EMPLEADO COBRA 12 SUELDOS EN EL MES MAS EL AGUINALDO (SON TRECE SUELDOS EN TOTAL)
      3)-90201.54 DIVIDIDO 13 NOS DA 6938.58
      4)-QUIERE DECIR QUE SI EN EMPLEADO GANA POR MES DE RECIBO DE SUELDO 6938.58 NO SE LE VAN A RETENER GANANCIAS. SI GANA MAS, LE VA A CORRESPONDER LA RETENCION.

      ESTA CLARO?

      SALUDOS JUAN

      Responder
  6. Anónimo dice

    29 enero, 2013 a las 10:49 pm

    Hola. Queria consultar con respecto al aumento que anuncio la presidenta. Yo soy administrativo B, que categoria seria, en N°?. Gracias

    Responder
  7. Anónimo dice

    29 enero, 2013 a las 6:14 pm

    Me gustaría saber que pasa con las escalas, ya que leí en un artículo periodístico, que al no estar actualizadas, una vez que uno es alcanzado por el impuesto tributa mas

    Responder
    • Matias Vicente dice

      10 febrero, 2013 a las 5:11 pm

      Buenos días…

      El aumento del 20% sólo se aplica al mínimo no imponible del Art. 23 inc. b de la Ley de Ganancias…

      Las escalas del Art. 90 de la Ley de Ganancias, no sufrirían modificaciones…

      Muchos Saludos!

      Responder
  8. Anónimo dice

    29 enero, 2013 a las 4:42 pm

    HISTORICAMENTE DE ESTA GESTIÓN SOLO VA A QUEDAR LA FRASE "ANUNCIO CRISTINISTA" A TODOS LOS ANUNCIOS POLITICOS PEL….. QUE HAGAN LOS FUTUROS GOBERNANTES. ALGÚN DÍA ABRIRÁ LA BOCA PARA DECIR ALGO BUENO???
    GANANCIAS SIGUE SIENDO UN ROBO.

    Responder
    • hernan dice

      29 enero, 2013 a las 8:12 pm

      entonces roban en todos los paises, no lo invento cristina, lo que pasa que en estos años se incremento tu sueldo, sabes lo que es la tranquilidad de que cada año sabes que se acomoda tu sueldo en paritarias, agradecelo no sea cosa que el dia de mañana se termine y digas"volve te perdenamos"

      Responder
    • Daniel dice

      31 enero, 2013 a las 12:51 am

      Cual seria el justificativo para el casi millon de personas que estamos fuera del convenio colectivo de trabajo y no ganamos mas de 7500? Me refiero al justificativo del cristinismo. No seamos obtusos, el salario no es ganancia por lo tanto no deberia aplicarse a empleados. Solamente a dueños y empresarios.

      Responder
    • Anónimo dice

      6 marzo, 2013 a las 8:57 pm

      el impuesto a las ganacias se come las horas extras, por eso los contadores aconsejan no hacer horas extras, por si algun insensato no lo sabe , si se hubiera actualizado el impuesto al trabajo, deberia comenzar a partir de los 40000 pesos, y este se dice un gobierno que promueve el trabajo y el consumo, no señores lo unico que promueve este gobierno es la vagancia, a los pervertidos , a los mafiosos que bienen tranquilamente de nuestros paises ¿Hermanos latinoamericanos?, a las extranjeras que se viene a embarazar, y que le pagamos con nuestros impuestos saliud y educacion. NO ME HAGAN REIR

      Responder
  9. Anónimo dice

    29 enero, 2013 a las 3:56 pm

    que pasa con los monotributistas de la categoria B???karina -cipolletti-rio negro-

    Responder
  10. Anónimo dice

    29 enero, 2013 a las 1:21 pm

    HOLA IGNACIO. COMO ANDAS. LOS EMPLEADOS SOLTEROS PUEDEN DEDUCIR:

    1)-12960 DE MINIMO INPONIBLE
    2)-62208 DE DEDUCCION ESPECIAL.
    3)-LA SUMA DE LOS DOS DA 75168. DIVIDIDO 13 MESES (SE SUMA EL AGUINALDO) SON 5782.15 POR MES. ESO ES DE SUELDO NETO O DE BOLSILLO
    4)-SI A 5782.15 LE APLICAMOS EL 20%. PASA A SER 6938.58
    5)-EL MINIMO NO IMPONIBLE PARA EL AÑO 2013 PASA A SER 15552 Y LA ESPECIAL DE 74649.60
    6)-EN EL MES DE MARZO, CUANDO SE VAYA A CALCULAR LA RETENCION HAY QUE TENER EN CUENTA QUE EN EL ACUMULADO DE LOS TRES PRIMEROS MESES DEL AÑO EL MINIMO NO IMPONOBLE VA A SER DE 3888 Y LA DEDUCCION ESPECIAL DE 18662.40.

    LO ULTIMO QUE DIGO ES QUE EL MINIMO NO IMPONIBLE DEBE REPRESENTAR EL COSTO DE VIDA DE UNA PERSONA EN CONDICIONES DE VIDA DIGNA.

    SI ALGUIEN LE PARECE QUE CON 6938.58 UNA PERSONA VA VIVIR EN FORMA DIGNA PAGANDO UN ALQUILER QUE TODOS LOS MESES AUMENTA AL IGUAL QUE EL COSTO DE LOS ALIMENTOS, SERVICIOS PUBLICOS, IMPUESTOS Y PARO DE CONTAR, QUE ME PASE LA RECETA.

    SALUDOS. JUAN-VILLA MARIA-CORDOBA

    Responder
    • hernan dice

      29 enero, 2013 a las 8:10 pm

      hay gente que por mucho menos tiene que vivir, no mires solo lo tuyo mira el alrededor y deci que suerte que entro en el 18% de la gente que me descuentan. pensa que sos afortunado.
      no mires el vaso medio vacio mira el vaso medio yeno

      Responder
  11. Matias Vicente dice

    29 enero, 2013 a las 4:01 am

    Diego…

    Buenas noches…

    Recordá que para efectuar las retenciones de 4ta. Categoría, mensualmente vas calculando los importes acumulados de mes a mes… Estimo que hasta Febrero 2.013, deberás de calcular éste item con un Mínimo No Impoble (Y proporcional) con el importe actual de $ 12.960… Para los meses restantes, es decir a partir de Marzo, ya tomarás como importe acumulado el nuevo valor del mínimo no imponible…

    Se entiende?

    Responder
  12. Anónimo dice

    29 enero, 2013 a las 3:39 am

    Hola soy Facundo, tengo una duda respecto a la cifras que se esta informando tengo entendido que el importe no sujeto es de 12960 y el de los empleados 62208 si a eso le aplicamos el 20% me estaría dando 7560 mensuales de minimo no imponible de bolsillo cobro mas que eso me estarían reteniendo

    Responder
    • Ignacio dice

      29 enero, 2013 a las 1:31 pm

      Si sos soltero y sin hijos, hasta febrero el mínimo no imponible es de 5782, desde marzo pasa a 6938.

      Responder
  13. Diego dice

    29 enero, 2013 a las 3:23 am

    Si el Mínimo No Imponible s/srt 23 LIG es un importe anual. Por qué se va aplicar a partir de marzo?

    Responder
    • Anónimo dice

      29 enero, 2013 a las 1:38 pm

      Porque de lo contrario no podrían embolzarse lo tributado por vacaciones..

      Responder

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