• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Cómo ingresar el adicional de $50 para afiliados y no afiliados a OSECAC

20 mayo, 2013 Por Ignacio 59 comentarios

Formas de ingresar del aporte extraordinario de $50, previsto en en nuevo acuerdo mayo 2012 de Empelados de Comercio. Tanto para empleados que aporten a OSECAC como para quienes aporten a otra obra social.

El nuevo acuerdo de incremento salarial para empleados de comercio del 16 de mayo de 2013, establece en su artículo Decimocuarto, un aporte por única vez de $50 con destino a la obra social de comercio OSECAC:

Decimocuarto: Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario y excepcional, por el plazo de vigencia del presente Acuerdo, y sin que ello implique sentar precedente alguno, un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados con el presente Acuerdo. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de $ 50 (cincuenta pesos) mensuales. Dicha suma será retenida del monto mensual a percibir por cada trabajador, a partir del presente mes de mayo y depositada a la orden de OSECAC.

A diferencia de acuerdos anteriores, esta vez el aporte “extraordinario” a OSECAC será por la vigencia del acuerdo, es decir por 12 meses, lo que totaliza un importe final de 600 pesos con destino a la obra social de comercio.

De todos modos, la forma de ingreso del aporte sigue siendo la misma. Y existen dos formas para realizar el pago:

La primera, que es la que informa la Obra Social en su página web, es mediante el aplicativo  “SICOSS,” o en con la “Declaración online de Seguridad Social”  (ex Su Declaración online),  según el caso, para lo cual debemos ingresar a la solapa “Obra Social y LRT” y cargar los $50 en la celda de “Aporte Adicional” como se ve en el cuadro:
SICOSS

“Declaración online de Seguridad Social”  (ex Su Declaración online)

¿Que sucede con quienes optaron por otra obra social distinta a OSECAC?
Ahora, el problema que se plantea es si en el caso de empleados que aportan a otra obra social  deben realizar el aporte a OSECAC de todos modos, y en caso de que así sea, cómo realizamos el aporte, ya que resulta imposible realizar el aporte mediante el SICOSS, porque el aplicativo no permite destinar estos $ 50.- a una obra social distinta a la que se le hacen los aportes y contribuciones al empleado.

Respecto a la primera pregunta, que plantea que el aporte lo deben hacer todos los empleados, indistintamente de la obra obra social a la que aporten, mi punto de vista es que no corresponde, por mas que esa sea la intención del acuerdo.

Pero no es es la intención de este artículo profundizar en esa cuestión,  paso explicar como ingresar los $50, para quienes aportan a una obra social distinta a OSECAC:

Para realizar el aporte, en este caso debemos utilizar otra forma de ingreso, que es la misma que se utilizó con los 30 pesos del acuerdo 2009, los $50 del 2010 y los $100 del 2011 y que es, para quienes no lo recuerdan o no liquidaban en aquella oportunidad, mediante la utilización del  FORMULARIO 120/A de AFIP.

En dicho formulario se deberán completar:

– CUIT de la empresa.
– Código de la Obra Social: 126205 (OSECAC)
– Luego en el rubro 1 que corresponde a obligaciones desde 07/1994 se deberán marcar:

  • 302: Aporte de Obra Social.
  • 019: DDJJ 
  • 019: DDJJ
El importe a ingresar surge de multiplicar los $50 por la cantidad de trabajadores beneficiados con el nuevo acuerdo de junio para empleados de comercio bajo el CCT 130/75. Ya que se puede utilizar para quienes estén afiliados a OSECAC como para quienes hayan optado por otra obra social.
f 120/A AFIP pago osecac
Descargar F 120/A

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: OSECAC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Roberto dice

    5 julio, 2013 a las 6:01 pm

    Hola, ¿en que banco se paga el F120? Muchas gracias y Saludos

    Responder
  3. Anónimo dice

    4 julio, 2013 a las 12:59 pm

    hola Ignacio una consulta sobre este tema, pague el aporte extraord con el F.120 pero ahora en cuentas tributarias aparece como saldo de libre disponibilidad, porque en el 931 no se genera la deuda, que pasa con esto?

    Responder
  4. Anónimo dice

    2 julio, 2013 a las 1:34 am

    HOLA Ignacio: si ingreso los $50 en el formulario online de afip no los suma, y encima me hace otro calculo para pagar obra social, veo que no soy la unica que le pasa esto por los comentarios anteriores. Es un error del sistema? alquien lo pudo corregir????

    Responder
  5. Anónimo dice

    1 julio, 2013 a las 1:45 pm

    Hola Ignacio, gracias por la información que nos brindás, quisiera consultarte como puedo saber si mi empleador está abonando de manera correcta este aporte dado que desde 2009 me retiene estos montos "extraordinarios" a pesar de q estoy afiliada por elección a otra obra social. Ya que se me ha descontado quisiera verificar que los haya abonado como corresponde. Muchas gracias.

    Responder
  6. Anónimo dice

    14 junio, 2013 a las 7:42 pm

    Hola, para las empleadas q estan bajo Licencia por maternidad no se les debe retener elaporte de osecac? Gracias. aguardo Rta

    Responder
  7. Anónimo dice

    12 junio, 2013 a las 11:08 pm

    Les comento que en los bancos de La Plata no lo pudimos pagar con el formulario 120/A. Alguno sabe donde se puede pagar con este formulario

    Responder
    • Anónimo dice

      19 junio, 2013 a las 4:25 pm

      hola, se puede pagar en la bolsa de comercio. No se si en rapipago o pagofacil, habria que probar.

      Responder
  8. Anónimo dice

    11 junio, 2013 a las 11:10 pm

    Gracias como siempre por informarnos! Te cuento que hoy fuimos al banco a pagar con el formulario 120/A y el banco no lo tiene registrado como para pagar con ese formulario, así que no nos lo aceptaron. Nos dijeron que tenemos que cargarlo en el 931, pero eso no es viable ya que tenemos empleados con distintas obras sociales. Se debe pagar en algún banco en particular??? Hay otro formulario? Como hacemos entonces para pagar si no es con el 931 y no es con el 120/A? Gracias!!!

    Responder
    • Anónimo dice

      19 junio, 2013 a las 4:24 pm

      hola, a mi me paso lo mismo, pero en la bolsa de comercio SI te lo cobran al F 120/A
      no sè en los casos de rapipagos o pagos facil, habrìa que probar.

      Responder
  9. Anónimo dice

    4 junio, 2013 a las 8:23 pm

    AL COLOCARLO COMO APORTE ADICIONAL EL SISTEMA NO LOS SUMA….A MI ME PASO EN VARIAS EMPRESAS YA QUE EN EL APORTE ADICION A OS SE COLOCABA EL IMPORTE QUE CORRESPONDIA A AQUELLOS TRABAJADORES QUE ESTABAN POR TIEMPO PARCIAL, Y LOS APORTES ECTRAORDINARIOS QUE COBRA OSECAC (CUANDO LA OBRA SOCIAL COINCIDE CON OSECAC, YA QUE QUEDA CLARO QUE SI POSEE OTRADEBE REALIZARSE POR FORMULARIO)Y LA OBRA SOCIAL ME DETERMINO DEUDA MAS INTERESES, LA RAZON ES QUE SI ESTABAN COLOCADOS PERO EL SISTEMA NO LOS SUMA, AFIP NO ME DA RESPUESTA DE LO MISMO, REVISEN SUS CASOS, Y RECOMIENDO PAGAR EL TOTAL POR FORMULARIO.

    Responder
  10. Anónimo dice

    31 mayo, 2013 a las 12:54 am

    Hola Ignacio hay alguna forma legal ,presentar un recurso de amparo ect, para no pagar los $50, ya que yo ,como tantos otros tenemos otras obras sociales ,debido a la ineficacia de osecac.

    Responder
  11. Anónimo dice

    27 mayo, 2013 a las 7:10 pm

    Creo que los que tenemos la decisión somo los que estamos involucrados en esto, y la única forma de protestar es no pagando este importe, qué van a hacer, sacar a la calle miles de inspectores? Esto es lisa y llanamente un ROBO y además totalmente ILEGAL.
    LA UNION HACE LA FUERZA!!! NO PAGUEMOS!!! Digámosle a nuestros empleadores, vía notificación por escrito, que nos negamos a que nos retengan ese importe, haciéndonos cargo de las consecuencias a futuro.

    Responder
  12. Celina Cresta dice

    22 mayo, 2013 a las 4:10 pm

    Yo presenté un reclamo ante el defensor del pueblo de la nación, no sé si me darán bola pero suelen responder al menos (ya me pasó una vez). Estaría bueno que todos reclamemos, quizás si somos más…
    http://www.dpn.gob.ar/

    Responder
    • Anónimo dice

      23 mayo, 2013 a las 12:52 pm

      Yo tambien reclame ahi, me pasaron un numero, hoy voy a llamar

      Responder
    • Ignacio dice

      28 mayo, 2013 a las 2:45 pm

      Esperemos que si Celina, cualquier novedad avisanos. Saludos

      Responder
  13. Anónimo dice

    21 mayo, 2013 a las 6:27 pm

    lOS $50 SE DEBEN RETENER POR TODA LA VIGENCIA DEL ACUERDO, O SEA DURANTE LOS 12 MESES.
    AHORA QUE PASA CON EL AGUINALDO?
    SALUDOS

    Responder
    • Anónimo dice

      30 mayo, 2013 a las 7:04 pm

      NO SE APORTA EN EL AGUINALDO. SON 50 PESOS MENSUALES

      Responder
  14. Anónimo dice

    21 mayo, 2013 a las 6:08 pm

    deberíamos quejarnos todo por este tema, que lo saquen o que sea una sola vez. es una verguenza

    Responder
  15. Anónimo dice

    21 mayo, 2013 a las 4:11 pm

    Ignacio el 3 de aporte de obra social para los que trabajan media jornada es por jornada completa tanto sobre sobre el remunerativo cmo el no remunerativo?
    Los $50 extraordinarios es correcto abonarlo por el 931 on lime?
    Gracias
    Saludos

    Responder
  16. Anónimo dice

    21 mayo, 2013 a las 4:02 pm

    En la liquidación del aguinaldo también se le retiene los $50 de aporte extraordinario a Osecac?
    Los que trabajan 1/2 jornada aportan el 3 de OS x jornada completa?

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d