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Monotributo: Nueva categoría para los eventuales

5 enero, 2010 Por Ignacio 302 comentarios

Todos aquellos contribuyentes que estaban inscriptos como monotributistas eventuales fueron dadas de baja por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el 31 de diciembre pasado, según informó el organismo.

Para estar en el régimen deben entonces tramitar una inscripción como monotributistas del esquema general o como “trabajadores independientes promovidos”, una nueva categoría que crea la ley 26.565.

La inscripción bajo estas condiciones supone el pago de una “cuota de inclusión social”, cuyo monto está todavía pendiente de definición. Ese pago será a cuenta del aporte previsional. Terminado cada ejercicio anual, el contribuyente deberá calcular cuántos meses pudo cubrir, para pagar eventualmente lo que haga falta, a los fines de ser considerado aportante regular del sistema previsional.

Obra Social
Además, estos contribuyentes podrán optar por abonar el aporte de $ 70 a la obra social y estarán exentos del componente impositivo del monotributo.

Los principales requisitos para ser aceptado en esta categoría de promoción son:

Desarrollar exclusivamente una actividad independiente; no hacer importaciones de bienes o servicios ni tener local estable.

  • No tener otra fuente de ingresos que la actividad declarada.
  • No tener empleados
  • Si se prestan servicios, no superar las seis operaciones al año con un mismo sujeto.
  • No superar los $ 24.000 de facturación anual.
  • No ser contribuyente del impuesto sobre los bienes personales.
  • Si es graduado universitario, no deben haber pasado más de dos años desde la obtención del título ni se deben haber pagado cuotas o matrícula por los estudios cursados.

Pago a cuenta
Deberá ingresar el 5% de los ingresos brutos obtenidos en el mes.

Recuerde que, en el caso de locaciones y prestaciones de servicios no podrá llevar a cabo durante más de seis operaciones con un mismo sujeto, ni superar en estos casos la suma de $1000

Cuando obtenga ingresos deberá analizar que los mismos no superen los $24.000 de ingresos brutos, durante los 12 meses calendarios anteriores al momento de adhesión. O los $29.000 cuando dentro de esos ingresos se haya computado los percibidos correspondientes a períodos anteriores al considerado.

Fuente: La Nación – AFIP

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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: Monotributistas, trabajadores independientes promovidos

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Comentarios

  1. -
  2. Lucia dice

    5 agosto, 2010 a las 12:42 am

    En realidad me interesaría pagar lo mínimo!!

    Responder
  3. Lucia dice

    5 agosto, 2010 a las 12:10 am

    Hola Ignacio! Me salio un trabajo que es por una semana, para lo cual tengo que hacerme monotributista para cobrar.
    Si me inscribo en la categoríade trabajador independiente promovido, cuanto pagaría?
    Muchas gracias!!

    Responder
  4. Patricia dice

    29 julio, 2010 a las 2:01 am

    Hola Ignacio.
    Soy profesora de inglés, y para dictar clases a insitutos de inglés que dcitan clases a empresas me piden factura. Yo trabajo de marzo a diciembre generalmente. Gano por hora $30, y como tengo pocos cursos, al mes gano alrededor de $400.
    En el promovido no puedo inscribirme porque dicto de marzo a diciembre, 10 meses al año y le facturo al mismo lugar, pero el monotributo común es $220, y teniendo en cuenta mi ingreso es una locura pagar ese monto. ¿existe alguna otra opción para no trabajar en negro, cumplir con la Afip, y que no sea $220?

    Responder
  5. Ignacio dice

    15 julio, 2010 a las 2:18 am

    Hola Leandro, no, ya pasó el tiempo para inscribirse como promovido.

    Si la actividad es una de las del Anexo I de la Resolución General 2746/10, podría ser, pero de todos modos, debería ser una actividad que no tenga que ver ninguna relación con el título.
    http://biblioteca.afip.gob.ar/gateway.dll/Normas/ResolucionesGenerales/reag01002746_2010_01_05.xml

    Responder
  6. Leandro dice

    14 julio, 2010 a las 9:10 pm

    Hola Ignacio, antes que nada muchas gracias por tu atención. Estoy dandome de alta en el monotributo x primera vez, soy profesional hace 5 años. Pero el trabajo que voy a realizar no es precisamente mi profesion. Quisiera saber si me inscribo como T.I promovido?. Es para poder facturarle al organismo con el q voy a trabajar, por un sueldo de 2500 pesos x mes, durante 6 meses. Me anoto en TI promovido ??. sino en cual ?? . Muchas gracias !

    Responder
  7. Ignacio dice

    14 julio, 2010 a las 5:46 pm

    Hola Daniel, muchas gracias! saludos.

    Hola Silvia y Solange, si, si la actividad está alcanzada por ingresos brutos, si.

    Hola Laila, hay tramites mucho mas complicados que este, dentro de todo, es uno de los mas simples. Pero bueno, también es cierto que hay que tomarle la mano.
    De las opciones que transcribiste, "Integrante de Sociedad" y "Asociado a Cooperativa de Trabajo," no, porque por lo que me contás, no corresponde.
    Si cumplis con los requisitos de T.I. Promovido, y no tenés obra social, optá por esa.
    Ahora, si no sabés cuanto vas a facturar, tendrás que optar por ser un monotributista común, que podría ser clase B. No se como es que cargaste los datos, porque debería aparecerte esa opción.
    También tené en cuenta, que es posible que debas pagar ingresos brutos.

    Hola JESSICA, tenés que pagar solo el Pago a cuenta del 5%, no se de donde salen esos 110 pesos.
    Si, el pago se hace al mes siguiente.

    Hola Patricia, excepto que trabajes en relación de dependencia, o aportes a una caja previsional, como profesional, tenés que ingresar el aporte a la obra social y el previsional.
    Con respecto a la categoría, depende del valor del alquier, tenés que consultar la escala, y ver en cual corresponde:

    http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/archivos/Categor%C3%ADas%20Monotributo.pdf

    Hola Marcelo Rojas, tenés que ingresar a la página de la AFIP, y con clave fiscal cambiar de obra social. Para darte de alta, teenés que ir a la obra social, y completar la documentación. El dinero fue a la obra social.

    Responder
  8. Marcelo Rojas dice

    14 julio, 2010 a las 1:49 pm

    Buenas Ignacio, soy monotributista Categoria B, desde hace 1 año y medio que me anoté en monotributo y si bien elegí una opción de obra Social (OSDEPYM)nunca me di el alta. Ahora quiero cambiar de Obra social ya uqe me cansé de las trabas de OSDEPYM para darme el alta. ¿Que tengo que hacer para modificar eso? Si no me dieron nunca el alta ¿a donde fue todo este dinero que pagué por cobertura de obra social? muchas gracias!!

    Responder
  9. Anónimo dice

    12 julio, 2010 a las 7:41 pm

    Hola Ignacio, mi nombre es Patricia soy abogada recibida hace mas de 2 años pero no ejerzo como tal , mi unico interes de facturar es a los fines de cobrar el alquiler de un local que esta a nombre de mi mama y es jubilada ( cobro por cuenta y orden de ella). Hasta el año pasado pagaba $33 en categoria 36 de monotributo , ahora no se como recategorizarme ya que no encajo en TI promovido. Mi consulta es la siguiente 1.Cual es la categoria mas baja en la que me puedo inscribir y cuanto debo pagar 2. Es obligacion pagar obra social y aportes previsionales? Muchisimas gracias

    Responder
  10. Anónimo dice

    9 julio, 2010 a las 12:27 am

    Hola Ignacio! Mi nombre es JESSICA. Estoy inscripta como Trabajador Promovido Categoria B. En mi credencial dice Autonomos Pago a cuenta 5% y Total a Pagar $0.
    Tengo a siguiente consulta: ademas de ese 5% hay que pagar todos los meses los famosos $110? Y si no se paga hay que compensarlo en enero teniendo como base esos $110? Y otra consulta, si facturo en julio, debo abonar el 5%en agosto? Muchas gracias por adelantado. Saludos!

    Responder
  11. Lai dice

    25 junio, 2010 a las 1:53 am

    Esto del monotributo me está volviendo loca. nunca vi un trámite tan complicado de realizar.
    Mi duda es esta. Estoy trabajando hace casi un mes. y tengo q facturar. no se hasta cuando voy a estar trabajando. puede ser hasta fin de año como puede ser por mas tiempo asi que eso es indefinido. y la verdad no entiendo que opción tengo que elegir. y por favor no me contestes volviendo a escribir la lista de requisitos que hay q tener para cual o tal cosa. porque ya la lei 20 veces y no lo entiendo.
    las unicas opciones que me aparecen cuando entro con mi clave fiscal son
    -Integrante de Sociedad
    -T.I. Promovido
    -T.I. Promovido Opcion obra social
    -Asociado a Cooperativa de Trabajo

    la verdad que no tengo idea. no tengo mas opciones que esas. y en la de ti promovido dice algo de maximo 6 por año o que se yo. y yo no se cuantas voy a hacer por año porque no se hasta cuando voy a seguir trabajando. agradecería que me aclaren porque no se entiende nada.

    Laila

    Responder
  12. luciana dice

    20 junio, 2010 a las 11:47 pm

    yy???????????????????????????

    Responder
  13. Anónimo dice

    14 junio, 2010 a las 4:58 pm

    Yo tengo la misma duda que Silvia… mi actividad es diseño grafico y todavia no me recibi estoy inscripta en la afip como trabajador promovido y nose si tengo que pagar ingresos brutos. Mi nombre es Solange

    Responder
  14. silvia dice

    14 junio, 2010 a las 3:24 am

    hola ignacio en el caso de "Régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente" debo presentar y pagar ingresos brutos mensual??? gracias
    silvia

    Responder
  15. Daniel dice

    10 junio, 2010 a las 3:37 am

    que buena onda tu blog..!!! siempre contestando a las preguntas, muy atento…

    Responder
  16. Ignacio dice

    8 junio, 2010 a las 1:05 pm

    Hola Silvna, en mi comentario 55 está contestada tu pregunta.

    Responder
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