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Sanidad: Acuerdo y escala salarial 2021 CCT 459/06

30 julio, 2021 Por Ignacio 4 comentarios

FATSA acuerdo salarial 2021 del 45% en cuatro tramos para el CCT 459/06.

La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), acordó con la FEDERACIÓN DE CÁMARAS DE EMERGENCIAS MÉDICAS Y MEDICINA DOMICILIARIA, un nuevo incremento salarial en el marco de las negociaciones paritarias 2021 para el CCT 459/08.

En el mencionado acuerdo, se determinó un incremento salarial del un 45% escalonado de la siguiente manera:

  • 15% en julio 2021;
  • 15% en septiembre 2021;
  • 10% en noviembre 2021,
  • 5 por ciento en febrero 2022.

El CCT 459/08 comprende comprende A Todos Los Trabajadores De Las Empresas De Emergencias Médicas, Medicina Domiciliaria Y Traslado De Pacientes Con Fines Sanitarios.

Escala y acuerdo salarial 2021 CCT 459/08

Descarga

Otros acuerdos firmados

Acuerdo CCT 103/75

Acuerdo CCT 108/75

Acuerdo CCT 122/75

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: Paritarias, Sanidad

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Comentarios

  1. -
  2. Erica dice

    3 agosto, 2021 a las 10:09 am

    Llamé a Sanidad y me dijeron que ellos tampoco saben y no tienen manera de explicar lo que quisieron poner en el acuerdo, me dijeron que llame a las camaras: Adecra y Cadime pero no te responden. Asi que todos estan en la misma…

    Responder
  3. Ricardo dice

    2 agosto, 2021 a las 1:33 pm

    Estamos todos en la misma, Sanidad continua con los acuerdos nada claros y se siguen generando dudas. No habrá alguna posibilidad de que nos subas algún ejemplo de recibo y que es lo que va al 931 en cada remuneración. Desde ya muchas gracias

    Responder
  4. sil dice

    30 julio, 2021 a las 8:41 pm

    Buenas tardes:
    gracias por el material. Les consulto: desde qué básico partimos para determinar todo lo no remunerativo: El vigente en junio 2019?
    Esta diferencia en definitiva impacta en todos los aportes para el empleado , y el empleador sólo abona la contribución obra social y ART . ? Es correcto? Muchas gracias

    Responder
  5. GABRIELA dice

    30 julio, 2021 a las 5:19 pm

    Hola, pregunta, El punto 4 del convenio establece que la diferencia entre el básico al 30/6/20 y las tablas actualizadas tendrán el carácter de no remunerativo. Pero el acuerdo firmado en abril 2021 donde hubo una recomposición salarial, fijo que los incrementos tendrán el caracter de remunerativo a partir del 1/7/2021. Hubo un error de tipeo o seguimos liquidando con el mismo básico como hasta ahora y la diferencia pasa a ser no remunerativa? Gracias Gabriela Bruno

    Responder

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