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Ganancias: ¿qué deducciones y parámetros aplicamos en 2014?

30 diciembre, 2013 Por Ignacio 47 comentarios

Índice de Contenidos

  • Sujetos con ingresos brutos mensuales inferiores o iguales a $ 15.000: No pagaran impuesto a las ganancias
  • Para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de $ 15.000, para los meses de septiembre a diciembre, la deducción especial deberá incrementarse en una cuantía tal que determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.
  • Sujetos con ingresos brutos mensuales superiores a $ 15.000 e inferiores o iguales a $ 25.000: Se incrementan las deducciones en un 20%
  • Las deducciones se incrementan en un 20% para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013 no supere la suma de $ 25.000. Consecuentemente, respecto de las remuneraciones que perciban a partir del 01/09/2013, deberán computarse las siguientes deducciones:
  • Beneficiarios sean empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que viven en Región Patagónica (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Patagones, Provincia de Buenos Aires):
  • Tablas con las Deducciones Personales acumuladas 2014 Planilla excel para el cálculo de las retenciones Ganancias 4ta Categoría 2014
    • Newsletter
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La falta de actualización de la normativa actual hará que a partir del primero de enero se sigan utilizando los parámetros de Enero-Agosto 2013 para determinar quienes pagan ganancias y quienes no. 

Ganancias: ¿qué deducciones personales y parámetros usamos en el 2014?

Realizar las retenciones de cuarta categoría de ganancias ha sido bastante complicado este año , debido a las modificaciones que ha sufrido el régimen.

Primero el decreto 244 elevó un 20% las deducciones personales a partir de marzo de 2013.

Luego,
el decreto 1006 excluyó del impuesto al SAC de junio 2013, para los que
percibieron en el semestre ingresos mensuales de hasta $25.000.

Por último, el decreto 1242 y la RG 3525 que los reglamenta, eximió,
a partir del 1 de septiembre, del Impuesto a las Ganancias a los que
tuvieron de enero a agosto de este año haberes inferiores a $15.000. Asimismo,
para los que cobraron más de $15.000 y hasta $25.000, las deducciones
personales se incrementaron un 20%. Y en un 30% para zona patagónica.
Mientras que los que ganaron más de $25.000 no tuvieron cambios en las
deducciones personales. Quedando de esta manera 3 rangos rangos para realizar las retenciones.

¿Que tablas usamos a partir del 1º de enero?

La pregunta que se hacen quienes liquidan sueldos es qué deducciones aplicar a partir de los pagos del mes de enero 2014, y la respuesta es que, de no mediar alguna modificación por parte del gobierno nacional, se deberán seguir utilizando las mismas tablas que venimos usando desde septiembre.

El Decreto 1242/2013, establece que “tendrá efectos a partir del 1º de setiembre de 2013, sin limitar los cambios al período fiscal 2013, con lo cual se puede interpretar que los beneficios establecidos en el mismo subsistirán en el año fiscal 2014, es decir, los empleados alcanzados con la exclusión de padecer retención por su nivel de remuneración (hasta $ 15.000) mantendrían el beneficio en el 2014.

Ahora, no parece justo que los haberes que se consideran de base para el período fiscal 2014, sigan siendo del período que va de enero a agosto de 2013. Sobre todo teniendo en cuenta que a comienzo del próximo año comenzarán las nuevas paritarias salariales.

Por lo tanto, parece lógico que para el período fiscal 2014 el Poder Ejecutivo establezca un nuevo procedimiento para determinar la base de cálculo a utilizar para establecer que empleados no pagarán Ganancias, si es que se decide continuar con este beneficio y, por otro lado, los montos de las deducciones personales para los que continúen pagando el impuesto.

Lo cierto, es que hasta el día de la fecha no se a publicado norma alguna que modifique la actual situación del régimen, por lo que quienes deban practicar retenciones a partir del 1º de enero de 2014 deberán hacerlo según la normativa vigente.

Sujetos con ingresos brutos mensuales inferiores o iguales a $ 15.000: No pagaran impuesto a las ganancias

Para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de $ 15.000, para los meses de septiembre a diciembre, la deducción especial deberá incrementarse en una cuantía tal que determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.

Sujetos con ingresos brutos mensuales superiores a $ 15.000 e inferiores o iguales a $ 25.000: Se incrementan las deducciones en un 20%

Las deducciones se incrementan en un 20% para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013 no supere la suma de $ 25.000. Consecuentemente, respecto de las remuneraciones que perciban a partir del 01/09/2013, deberán computarse las siguientes deducciones:


Beneficiarios sean empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que viven en Región Patagónica (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Patagones, Provincia de Buenos Aires):

Zona patagónica: Se incrementan las deducciones en un 30%

Las deducciones se incrementan en un 30% para los empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que vivan en zona patagónica. Consecuentemente, respecto de las remuneraciones que perciban a partir del 01/09/2013, deberán computarse las siguientes deducciones: 

Herramientas para liquidar las retenciones de ganancias 2014:

  • Tablas con las Deducciones Personales acumuladas 2014
  • Planilla excel para el cálculo de las retenciones Ganancias 4ta Categoría 2014

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: 2014, Decreto 1242/13, Deducciones, RG 3550, Tablas deducciones Acumuladas 2014

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    9 mayo, 2015 a las 6:27 am

    Ignacio, en mi caso desde enero a agosto de 2013 NO supere los 15000 brutos, luego en octubre de 2013 cambie de trabajo y SI pase a ganar mas de 15000 bruto. Pero me descontaron en 2014 un total de $ 20.000 en concepto de imp a la ganancia y durante 2015 ya me descontaron $ 15.000 mas. Corresponde q me descuenten si no supere los 15000 de ene-ago 2013?? Puedo reclamar la devolucion de lo descontado durante 2014 y lo de este año?? A mi empleador o a AFIP??? Apreciaria tu ayuda. Gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    28 enero, 2015 a las 4:39 pm

    Hola; si hay modificaciones del sueldo bruto desde junio/14, supera los $25000, se modifica el valor de las deducciones? se debe considerar las que corresponden a ese tramo?

    Responder
    • Ignacio dice

      2 febrero, 2015 a las 1:44 pm

      No, porque se toma como parámetro enero agosto 2013

      Responder
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