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Aclaratoria de la CAME sobre el aporte a OSECAC

4 junio, 2015 Por Ignacio 6 comentarios

Paritaria de Comercio Aclaratoria – Acta Complementaria 2015.

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa a sus asociados que, respecto del Acta Complementaria del Acuerdo Salarial 2015, es preciso aclarar lo siguiente:
1.   Como surge del Acta Complementaria homologada por la Resolución N° 728 del 28 de mayo de 2015, el aporte establecido se conviene con carácter extraordinario y excepcional y no reúne la condición de “solidario”, indispensable para que sea oponible a todos los trabajadores mercantiles, sean estos afiliados o no a la obra social.
2.   Además, la mencionada Acta Complementaria claramente establece que solo será obligatoria para todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 que se encuentren afiliados a OSECAC.
3.   Por lo tanto, no corresponde retener suma alguna si el trabajador no reúne ambas condiciones, es decir estar comprendido en el Convenio y afilado a la obra social.

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    21 junio, 2015 a las 2:20 am

    Hola. Mi empresa me dijo que se asesoro con el sindicato y con sus abogados y esta en todo su derecho a descontarme aunque no tenga la obra social sólo por estar trabajando bajo el contrato de comercio ya lo pueden hacer y que lo que público la cámara es mentira. Aclaro que trabajo para una empresa del señor cavallieri.

    Responder
  2. yamila dice

    10 junio, 2015 a las 2:15 pm

    Hola Ignacio, podrias detallarme a que va destinado ese aporte "solidario" a OSECAC. Gracias

    Responder
  3. Jota dice

    5 junio, 2015 a las 8:59 pm

    La misma pregunta de arriba

    Responder
  4. Anónimo dice

    4 junio, 2015 a las 4:30 pm

    Hola, yo estoy dentro del convenio pero no estoy afiliada al sindicato. A los aportes de la obra social los derivo a una prepaga.
    Corresponde que me descuenten el aporte extraordinario a OSECAC?

    Responder
    • @monicaender dice

      5 junio, 2015 a las 1:39 pm

      No te lo tienen que descontar porque si bien estas encuadrada en el convenio de comercio No estás afiliada a la obra social Osecac por lo que contás.
      El tema de la afiliación o no al sindicato no tiene nada que ver, es algo independiente. Si laburás en una tarea tipificada en convenio de comercio te corresponde, pero al sindicato te afiliás si te da la gana y pagás un 1% mas de tu sueldo, es otra cosa. Saludos.

      Responder
  5. Anónimo dice

    4 junio, 2015 a las 1:45 pm

    Hola Ignacio,o sea q si no estoy afiliada no me descuentan?Y otra pregunta,me pasaron de contrato de 36 a 48 y mi hora vale 1$ menos,esta bien?porque?

    Responder

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