El ente recaudador informó que ya se validaron la adquisición de divisas por más de 318 millones de pesos para tratamientos en el exterior.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aseguró que “no se ha rechazado ninguna solicitud de compra de moneda extranjera” para gastos por tratamientos médicos en el exterior y que “no existen restricciones para transferencia” de divisas por ese concepto.
El fisco recordó, en este sentido, que aquellas personas que necesiten efectuar gastos médicos en el exterior deberán seguir el presente procedimiento establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través del Código 626:
Concurrir a la entidad bancaria en donde posee su cuenta con los fondos para girar al exterior.
Gestionar la transferencia al exterior de los fondos a través del código del Banco Central de la República Argentina N° 626 (gastos médicos).
Acompañar copia de la factura, presupuesto o documentación relativa a la intervención, tratamiento, gastos médicos, etcétera”.
Indicó que “en el caso de necesitar moneda extranjera para gastos en el exterior de los pacientes y sus acompañantes con motivo del tratamiento médico a realizarse deberá concurrir a la agencia de AFIP más cercana a su domicilio y presentar –además de la documentación mencionada– una nota solicitando la adquisición de moneda extranjera para viaje de turismo, con motivo de atención de salud”.
El titular del organismo, Ricardo Echegaray, informó que “se han transferido al exterior a través del sistema financiero –por el código 626 del Banco Central– a los efectos de atender tratamientos médicos en el exterior la suma de $252.702.150, correspondientes a 2.860 transacciones”.
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