• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Sueldos UATRE
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

AFIP actualiza los montos mínimos de los anticipos para Ganancias y Bienes Personales

28 junio, 2022 Por Ignacio Deja un comentario

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes mínimos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Las Resoluciones Generales 5211y 5213 publicadas en el Boletín Oficial introducen estas actualizaciones.

Bienes Personales

Con la Resolución General 5213/2022 se incrementa el importe a partir del cual se genera la obligación del ingreso de los pagos a cuenta del impuesto sobre los Bienes Personales.

Ahora, el nuevo monto es de 5000 pesos. El anterior importe, vigente desde 2018, era de 1000 pesos.

El nuevo monto rige para los anticipos correspondientes al período fiscal 2022 y siguientes.

Impuesto a las Ganancias

A través de la Resolución General 5211/2022 se elevan los importes mínimos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias.

Los nuevos montos son de 5.000 pesos para el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, y de 2500 pesos para personas jurídicas.

Estos importes eran hasta ahora de 1000 y de 500 pesos, respectivamente.

Los montos de 5000 y de 2500 pesos resultarán de aplicación a partir del período fiscal 2022 para cuando se trate de personas humanas y sucesiones indivisas, y desde el período fiscal 2023 para el caso de Ganancias sociedades.

Asimismo, con esta resolución se introducen adecuaciones normativas en línea con la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado 2019.

Por último, se adecúa también el procedimiento para la determinación de los anticipos que deben ingresar los contribuyentes beneficiados por regímenes de promoción.

Se aplica la reducción pertinente respecto del monto total del impuesto a las ganancias correspondiente a la actividad promovida.

______________

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5213/2022

RESOG-2022-5213-E-AFIP-AFIP – Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de anticipos. Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-00959521- -AFIP-DILEGI#SDGASJ, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias, estableció los procedimientos, formalidades, plazos y demás condiciones que deben observar los responsables del impuesto sobre los bienes personales para determinar e ingresar los anticipos a cuenta del gravamen.

Que una de las funciones esenciales de esta Administración Federal es promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables.

Que razones de administración tributaria hacen aconsejable modificar el importe a partir del cual se genera la obligación de ingreso de los respectivos anticipos.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Sistemas y Telecomunicaciones y Técnico Legal Impositiva, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir en el artículo 23 de la Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias, la expresión “…UN MIL PESOS ($ 1.000),…” por la expresión “…CINCO MIL PESOS ($ 5.000),…”.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, siendo de aplicación a los anticipos correspondientes al período fiscal 2022 y siguientes.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Mercedes Marco del Pont

e. 28/06/2022 N° 47568/22 v. 28/06/2022

Fecha de publicación 28/06/2022

Relacionado

Publicado en: AFIP Etiquetado como: Ganancias, Resoluciones

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador
Con Sueldos Net administrá digitalmente todo el personal de tu negocio
Colppy Un sistema hecho por Contadores, diseñado para contadores.
DASA Contable toda la información en un solo lugar

Etiquetas

2017 (71) Acuerdos Salariales (130) AFIP (1491) AGIP (172) Aguinaldo - SAC (99) ANSeS (503) Aplicativos (197) ARBA (348) Asignación Universal por Hijo (237) Autónomos (108) Bienes Personales (104) bono (77) Calendario de pago (256) Casos Prácticos (195) CNTA (82) Convenio Multilateral (80) coronovirus (89) Escala Salarial (144) Factura Electrónica (77) FAECYS (319) Ganancias (374) Ganancias 4ta Categoría (75) Homologación Acuerdos (117) IGJ (122) Ingresos Brutos (129) IVA (105) Jubilados y Pensionados (194) Mis Facilidades (79) Monotributistas (154) Noticias (87) Paritarias (335) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (162) Plan de Facilidades de pago (154) Recategorización (82) Recibo de Sueldos (189) Resoluciones (378) Sanidad (79) SEC (79) Servicio Doméstico (110) SICOSS (83) SIPA (84) UOCRA (101) UOM (191) UTEDYC (124)

Copyright © 2023 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2023 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR