El organismo fiscal cambió las fechas para que los agentes de retención del gravamen transfieran los fondos a las arcas fiscales. La modificación sólo se aplicará para los vencimientos del mes de diciembre de 2012
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la RG 3410 publicada hoy en el Boletín Oficial, las fechas para que los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios ingresen los fondos a las arcas fiscales.
La resolución general 3410 estableció el siguiente cronograma:
- Retenciones realizadas del 1 al 15: deberán ser ingresadas hasta el tercer día hábil inmediato siguiente.
- Realizados entre el 16 y el 22: opera el vencimiento hasta el segundo día hábil inmediato siguiente.
- Retenciones del 23 al último día del mes: tendrán que depositar los fondos hasta el tercer día hábil inmediato siguiente.
Fuente: EnNotas.com
Deja una respuesta