AFIP lanza un nuevo régimen de regularización contempla un máximo de 60 cuotas mensuales consecutivas.
La AFIP habilitará un nuevo plan de pagos para regularizar deudas
tributarias vencidas de todos los contribuyentes, con una tasa menor a las de planes previos y un plazo mayor para cancelarlos.
Puntos destacados del nuevo plan de pagos
1- Incluye las deudas de los Impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de enero, incluidas las retenciones y percepciones impositivas. Además, permitirá la refinanciación de las deudas incluidas en el plan Puente II.
2- El nuevo plan podrá regularizarse hasta en 60 cuotas (los anteriores llegaban a 48 cuotas). En cambio, las cuotas serán de hasta 36 para aquellos que aporten un pago a cuenta del 5% y de hasta 48 para quienes opten por el 10 por ciento.
3- La tasa de interés tope para las pymes será del 2,5% mensual, menor que la de los planes previos y muy por debajo de las tasas del mercado.
4- El resto de los contribuyentes también podrá tener una tasa del 2,5% mensual si realizan un pago inicial del 20% de su deuda.
5- La primera cuota recién vencerá el 16 de septiembre de este año no importa la fecha de ingreso al plan de pagos.
6- Los contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de mayo y el 31 de agosto de este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%; en este caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.Se podrán presentar todos los planes que se deseen, sin límites.
7 – No están incluidos en este plan de facilidades de pago los anticipos, pagos a cuenta, intereses provenientes de capital cancelado, impuesto adicional emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, impuesto sobre los combustibles líquidos y gas natural, obligaciones vinculadas con regímenes promocionales e impuesto específico sobre la realización de apuestas.
Mejores condiciones para comercios
Se acorta el plazo en el que los comercios reciben el dinero de las ventas que hacen por tarjeta de crédito.
Hoy las empresas de tarjetas de crédito les pagan cada venta a los 19 días hábiles de efectuada la operación.
Ahora, por resolución del Banco Central, lo harán como máximo en 10 días hábiles.
Además, los bancos no les van a cobrar más comisión (hoy, de entre 1% y 2%) a las pymes por recibirles el efectivo.
Esta situación no estaba regulada por el BCRA, que ahora fijará la regulación y prohibirá la comisión
Menos retenciones para pymes exportadoras
Se eliminan los derechos de exportación (retenciones) para todas aquellas
empresas que exporten por encima de su promedio de exportaciones del año pasado.
La medida sólo es aplicable para exportadores de menos de 50
millones de dólares por año.
Carmen dice
Hola. Un contribuyente autónomo que es productor (100 has ) y tiene transporte de cereales, entra en la moratoria de 60 cuotas y sólo el anticipo del 1%? O eso es sólo para los que tienen certificado de pyme?
Daniela dice
Tengo un plan de pagos nuevo, aun no pague la 1 cuota, si lo dejo caer podre incorporarlo al plan nuevo? Pierdo intereses no? Gracias!
sebastian dice
Buenos días, si tengo un plan caído del mes de abril , lo puedo incluir en este nuevo?
Gracias.
Ricardo dice
Se podrán reformular planes vigentes para incluirlos en este nuevo de 60 cuotas?