AFIP extiende por tres meses la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos.
La AFIP extiende por tres meses hasta el próximo 30 de junio de 2022 la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos.
Con esta medida, establecida a través de la Resolución General 5180/22 publicada hoy en el Boletín Oficial, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar de forma presencial.
Los trámites y gestiones se pueden realizar desde el servicio Presentaciones Digitales.
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5180/2022
RESOG-2022-5180-E-AFIP-AFIP – Procedimiento. Resolución General N° 4.699, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-00397558- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General N° 4.699, sus modificatorias y complementarias, se dispuso con carácter excepcional y hasta el 31 de marzo de 2022, inclusive, eximir a los contribuyentes y responsables de la obligación de registrar sus datos biométricos, de conformidad con lo establecido por la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y sus complementarias, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.
Que la norma citada en primer término se dictó considerando la dificultad de los contribuyentes y responsables para concurrir a las dependencias de esta Administración Federal, en virtud de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la pandemia del COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Que si bien la situación epidemiológica evoluciona en forma favorable, razones de celeridad y eficiencia en la prestación de servicios aconsejan extender nuevamente la medida a la que se viene haciendo referencia, hasta el 30 de junio de 2022, inclusive.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Servicios al Contribuyente, Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Extender hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, la eximición de la obligación de registrar los datos biométricos por parte de los contribuyentes y responsables ante las dependencias de este Organismo, conforme a lo establecido en la Resolución General N° 4.699, sus modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 31/03/2022 N° 19930/22 v. 31/03/2022
Fecha de publicación 31/03/2022



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