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AFIP habilitó el micrositio para la Declaración Jurada de No remunerativos – DJNR

30 marzo, 2012 Por Ignacio 225 comentarios

DJNR

La AFIP habilito el micrositio para cumplir con el
Régimen de Información de Conceptos no Remunerativos” – DJNR RG 3279/12 AFIP. El acceso es a través de la web de AFIP mediante clave fiscal.
La norma entrará en
vigencia a partir del 01/04/2012, inclusive, y será de aplicación
respecto de las remuneraciones que se paguen a partir de dicha fecha.

ACTUALIZACIÓN                                                                                                                                 

El aplicativo no pide muchos datos, período a ingresar, en este caso marzo 2012. Jurisdicción, que entiendo se refiere a la norma que avala el no remunerativo. Tipo de norma, número, año. Y por último cantidad de trabajadores que reciben el no remunerativo y el monto.

Respecto a las normas a informar, debido a falta de reglamentación por parte de la AFIP, en mi caso opté por informar la resolución homologatoria del acuerdo salarial no remunerativo, en el caso de empleados de comercio la norma a informar en la DJNR  sería la Resolución 685/11 de la Secretaría de Trabajo.

En el caso de no estar homologado el acuerdo, entiendo que hay que informar el acuerdo, la fecha y en todo caso el artículo correspondiente en el campo “especificar”.

Los datos a informar no son muchos, pero eso no quita que no nos lleve tiempo, sobre todo buscar las normas que avalan los acuerdos no remunerativos. Un trabajito más que nos dejaron los muchachos de la AFIP, como si en abril no tuviéramos nada que hacer.

Así que si querían tomarse el fin de semana largo, los muchachos de la AFIP nos dejaron tarea.

Empleados de Comercio CCT 130/75
Hasta marzo se paga el último acuerdo no remunerativo del acuerdo junio de 2011. Homologado por la Resolución 685/11 de la Secretaría de Trabajo

UOM  541/11

Gratificación Extraordinaria No Rem Acuerdo UOM 19/05/2011 (identificando Nro de Cuota) – Haberes Enero, Febrero y Marzo 2012 $300,00 C/U. Homologado por Resolución 541/11 de la Secretaría de Trabajo
http://www.uom.org.ar/documentos_varios/HMOLOGACION%202011.pdf
FARMACIA
A Marzo 2012 no cuenta con conceptos No Rem.
http://www.fatfa.com.ar/secciones/homologaciones/pdf/resolucion.pdf

UOCRA  10/12
ACUERDO DE PAGO DE SUMA NO REMUNERATIVA Y EXTRAORDINARIA DE FIN DE AÑO 2011 
Suscriptas el día 28 de diciembre de 2011, homologadas por Resolución Secretaria de Trabajo N° 10/12  de fecha 23 de enero de 2012, aplicable a las distintas categorías previstas en el C.C.T.  N° 76/75, 577/10 y 545/08.
A abonarse en cuatro (4) cuotas iguales y consecutivas según el siguiente cronograma: la primera con la segunda quincena del mes de enero de 2012, la segunda cuota con la segunda quincena de febrero de 2012, la tercera con la segunda quincena de marzo de 2012 y la cuarta con la primera quincena de abril de 2012 o al momento del pago de su liquidación final si el trabajador se desvinculara con anterioridad

CONVOCATORIA:
SI TIENEN OTROS CONVENIOS CON ACUERDO NO REMUNERATIVOS LOS CONVOCO A DEJARLOS EN COMENTARIOS O ENVIARLOS POR MAIL QUE LOS IRÉ ACTULIZANDO, GRACIAS!!
Dante:
Hola Ignacio, otro convenio para tener en cuenta es el ACTA ACUERDO
del 12/04/2011,CCT N 217/93 PERSONAL DE COSECHA Y EMPRAQUE DE FRUTAS
CITRICAS DE ENTRE RIOS Y CORRIENTES. Resolucion de la secretaria de
trabajo 110/2012.
Saludos

MÓNICA
Hola Ignacio: Te paso los que encontré (como verás tengo trabajito)
UCI Resol.S.T. 1283/11 por los viaticos
SETIA Res.S.T. 1374/10 por los viaticos
SOIVA Res.S.T. 599/11 por los viaticos
FATSA Geriatricos del CCT 122/75: Res.S.T.1118 8/9/11
Fatsa Consultorios del CCT 108/75: ac. 18/8/11 no homologado.
Plastico del CCT 419/05: ac. no homologado 20/12/11
Si alguien sabe: necesito Marroquineros CCT 135 Y 224, y que hacer
con las vacac. del 9/4 ¿se declaran ahora o fin de mes?, como se hace si
hay varios items porque solo permite uno. Besos

Cr. Boglione Nicolás
Madereros:
FAIMA – USIMRA: CCT 335/75 Resolucion Nº731 de la Secretaria de
Trabajo. No Remunerativo del 28,25% de la siguiente forma: de Abril a
Julio del 2011 el 10%. da Agosto a Noviembre del 2011 el 9,25% y de
Diciembre a Marzo de 2012 el 9%.

Silvia
Hola Ignacio. En el CCT
526/08 de Tintoreros, además de la ayuda para viáticos incluida en la
Res. 727/2011 S.T.,hay uno bono 2011/2012 (homologado por la Res.
67/2012 ST) por única vez que se paga en 3 cuotas de $400 entre enero y
marzo 2012.
De gastronomicos tengo la resolución 973/2011 de la Secretaria de Trabajo. Confirmen si esta bien.

GASTRONOMICOS: UTHGRA CCT 389/04: RESOLUCION ST Nº 973 AÑO 2011 http://www.uthgra.org.ar/site/index.php?put=empleadores_escalas
para buscar los otros CCT según la zona.

Natalia
Para Gastronomicos cct 389/2004, econtre resolucion 973/11
mtrio de trabajo, que homologa el acuerdo 1103/2011, si alguien puede
corroborarlo se los agradeceré.

 María Pía
Camioneros: Convenio:
Transporte 40/89, Tipo Jurisdicción: Nacional, Tipo de norma: Acta,
Tipo de Organismo: Ministerio de Trabajo/Empleo, Nº norma: 40, año de
emisión: 1989.
Saludos , Maria Pia

Graciela
Agrego UECARA (empleados de la construcción, convenio 151/75): resolución secretaría de trabajo 133, año 2012.

Andrea
https://convenios.trabajo.gob.ar/ConsultaWeb/consultaBasica.asp
en este link de www.trabajo.gov.ar, poniendo acuerdo y buscar, aparecen todos los acuerdos, CCT y homologaciones

Gracias, a todos y todas por la colaboración!

ACTUALIZACIÓN 09/04/2012
 Paso en limpio los acuerdos que fueron apareciendo en comentarios, gracias a todos por la colaboración.

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.tableizer-table th {background-color: #28A2CD; color: #FFF; font-weight: bold;}

Convenio ATILRA CCT 2/88
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1.235
Año 2011

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Convenio Empleados de Comercio 130/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 685
Año 2011

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Convenio Construcción CCT 76/75, 577/10 y 545/08
Jurisdicción Nacional
Norma Disposición
Organimo Otros
Nº de norma 10
Año 2012

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Convenio Construcción CCT 151/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 133
Año 2012

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Convenio Construcción CCT 151/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 133
Año 2012

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Convenio Gastronómicos CCT 389/04
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 973
Año 2011

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Convenio Gastronómicos CCT 401/05
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 805
Año 2011

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Convenio Gastronómicos CCT 362/03
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 35
Año 2011

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Convenio Metalúrgicos CCT260/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 541
Año 2011

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Convenio Panaderos CCT 461/06
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1316
Año 2011

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Convenio Pasteleros de Entre Ríos CCT 381/04
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 12
Año 2012

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Convenio Plásticos CCT 419/05
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 3
Año 2012

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Convenio Smata ACARA CCT 496/10
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 537
Año 2011

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Convenio SAMATA CAVEA CCT 594/10
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1.032
Año 2011

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Convenio Sanidad CCT 108/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1.444
Año 2011

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Convenio SATSAID CCT 223/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1.039
Año 2011

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Convenio SAL (Locutores) CCT 432/75
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1.600
Año 2011

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Convenio Vigiladores de Córdoba CCT 422/05
Jurisdicción Nacional
Norma Resolución
Organimo Secretaría de Trabajo
Nº de norma 1.097
Año 2011

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos, DJNR, Micrositio

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Comentarios

  1. -
  2. Raúl dice

    20 abril, 2012 a las 1:31 am

    María: no hay que informar las liquidaciones finales. Te paso la respuesta que envió la AFIP:En relación a ella, se informa que la RG 3279, establece que los empleadores comprendidos en el Sistema Único de la Seguridad Social deberán cumplir el régimen de información que se establece por la presente, en relación con las retribuciones que, bajo el concepto de no remunerativas, abonen a sus trabajadores en relación de dependencia, cualquiera sea el carácter o naturaleza que se les otorgue.
    Ley 24241:Artículo 7º — No se consideran remuneración las asignaciones familiares, las indemnizaciones derivadas de la extinción del contrato de trabajo, por vacaciones no gozadas y por incapacidad permanente provocada por accidente del trabajo o enfermedad profesional, las prestaciones económicas por desempleo, ni las asignaciones pagadas en concepto de becas. Tampoco se considera remuneración las sumas que se abonen en concepto de gratificaciones vinculadas con el cese de la relación laboral en el importe que exceda del promedio anual de las percibidas anteriormente en forma habitual y regular.

    Responder
  3. MARIa dice

    17 abril, 2012 a las 1:54 pm

    HOLA!! TENGO QUE HACER UNA LIQUIDACION FINAL. COMO HAGO CON LOS CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS LIQUIDADOS? LO INFORMO Y PRESENTO AHORA LA DDJJ X ESE EMPLEADO Y CUANDO ABONE A LOS DEMAS EMPLEADO LA RECTIFICO O SE PRESENTA UNA DDJJ NUEVA?

    Responder
  4. Anónimo dice

    16 abril, 2012 a las 5:43 pm

    Hola, alguien sabe cual es el CCT para una Guarderia de niños.

    Muchas gracias

    Responder
  5. Anónimo dice

    16 abril, 2012 a las 4:18 pm

    Hola, alguien sabe cual seria el CCT para una Guarderia de Niños. Muchas gracias. Sebastián

    Responder
  6. Anónimo dice

    13 abril, 2012 a las 7:46 pm

    Como cargo los no remunerativos ej. adicional de caja, que se encuentran dentro del convenio nª130/75?

    Responder
  7. Anónimo dice

    13 abril, 2012 a las 2:45 pm

    Ignancio, buenos dias te cuento que tengo una persona que se fue de la empresa el 30/03, ya declare los conceptos no remunerativos de la resolucion 685/2011 pero ahora debo declarar el concepto de Vac. No goz. como lo hago si no me permite declarar dos DDJJ del mismo periodo?

    Responder
  8. Anónimo dice

    12 abril, 2012 a las 1:27 pm

    SEGUN ERREPAR

    ¿Cómo se carga la información en caso de haber conceptos no remunerativos convencionales (asignaciones por acuerdos colectivos) y conceptos no remunerativos indemnizatorios por cese de la relación laboral?

    Respecto de los primeros conceptos mencionados, debería indicarse la resolución de la Secretaría de Trabajo o Ministerio de Trabajo que homologó el respectivo Acuerdo. Respecto de las indemnizaciones por cese da la relación, interpretamos que dichos rubros no se indicarían en el régimen de información, pues no se trata de conceptos no remunerativos que "se abonen junto con la retribución mensual del trabajador", sino que corresponden a la extinción del contrato de trabajo.

    NAM

    Responder
  9. Anónimo dice

    12 abril, 2012 a las 12:41 am

    Gracias!!Muchísimas!!! De gran ayuda!!!

    Responder
  10. Anónimo dice

    11 abril, 2012 a las 5:37 pm

    MARROQUINEROS – CCT 135/75
    NACIONAL – RESOLUCION 1038/2011 – SECRETARIA DE TRABAJO

    NAM

    Responder
  11. Anónimo dice

    11 abril, 2012 a las 2:45 pm

    Hola a todos mi nombre es Celeste, les cuento que en la pagina de camioneros subieron la homologacion del acuerdo. la normativa es 539 año 2011 y es resolución del Ministerio de trabajo. Pueden chequear la info en la pagina camioneros.org.ar. gracias a todos los que colaboran!!!!!!!!

    Responder
  12. Anónimo dice

    11 abril, 2012 a las 2:14 pm

    UTICRA Secretaría de Trabajo homologó el último acuerdo salarial de la industria del calzado con vigencia entre el 1-4-11 al 31-3-12 , mediante Resolución Nº 531/2011, de fecha 27-5-2011 . El acuerdo salarial fue Registrado por el MTEySS bajo Nº 613/2011.-

    NAM

    Responder
  13. Na dice

    10 abril, 2012 a las 2:57 pm

    Hola Ignacio y gente!!
    Les cuento que hoy logre comunicarme con AFIP mesa de ayuda y les consulte por los casos en que los conceptos no remunerativos sean acuerdos no homologados sino que se hayan firmado mediante un numero de expediente, como en el caso de las sumas no remunerativas de UATRE en cosecha.. me dijeron que como no esta la web habilitada para cargar expedientes ni normas con mas de 5 digitos, me dijo que cargue directamente el acuerdo, ley o convenio que englobe el expediente.
    Es asi como voy a tomar en este caso particular la L14250 y mas adelante rectificar de ser ncesario mas detalle.

    Ademas me confirmo que las vacaciones indemnizatorias o indemnizacion por antiguedad tambien deben declararse!!

    Saludos a todos!!

    Nadia

    Responder
  14. FABIANA dice

    10 abril, 2012 a las 1:54 pm

    AQUI CONSEGUI EL DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION CCT:244/94, ACUERDO DE JUNIO DEL 2011
    SECRETARIA DE TRABAJO
    RESOLUCION
    686
    2011

    Responder
  15. Silvana dice

    10 abril, 2012 a las 12:29 pm

    Buen día Ignacio! te consulto: Si los conceptos que se cargan en la DJ son los que se liquidaran en Abril y lo único que liquido son los ANR de Comercio (que entiendo en Abril pasan a ser remunerativos) no debería presentar la declaración?? Aguardo tu respuesta!! Muchas Gracias!!

    Responder
  16. Ignacio online dice

    10 abril, 2012 a las 10:46 am

    Gracias Raúl!!

    Responder
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