
Entre las principales modificaciones incorporadas se encuentran las siguientes:
Alta en el Registro
Quienes soliciten la incorporación Registro, deberán dar el alta de los proyectos y/o programas Clave Fiscal, ingresando al servicio “PLAN ESTRATEGICO DE RSE”.
Una vez efectuada el alta de los programas, dentro de los 120 días corridos, deberán registrar para cada uno de ellos, los datos complementarios a través del mismo servicio con Clave Fiscal.
Asimismo, deberán adjuntar un archivo en formato “.pdf” con la documentación respaldatoria de cada programa registrado, incluyendo el presupuesto correspondiente.
Intervención de otros organismos
La información suministrada será puesta a disposición de los organismos competentes en función de sus facultades en la materia, considerando la naturaleza de los programas en cuestión, y la experiencia en el tema, a fin de que validen la registración o realicen las observaciones de manera electrónica que correspondan.
Sujetos inscriptos
El listado de los sujetos inscriptos en el “Registro” será publicado en www.afip.gob.ar
Finalmente, detalla las causales por las que los sujetos podrán se suspendidos y excluidos del registro.
Vigencia
Las disposiciones establecidas por la presente serán de aplicación a partir del día 1° de enero de 2015.
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