La RG 2743/2009 establece un régimen de información a cargo de las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito -Ley N° 25.065- (1.1.) (1.2.) respecto de:
a) Los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al referido sistema,
b) las operaciones -ventas de bienes, locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios- realizadas por los sujetos indicados en el inciso anterior, que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito (1.3.), y
c) las tarjetas de crédito y/o de compra utilizadas a los fines del inciso precedente, tanto emitidas en el país como en el exterior.
Este aplicativo es la herramienta que la A.F.I.P. brinda a los contribuyentes obligados para cumplir con lo establecido en la citada R.G.
Requiere SIAP
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