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Es para asociaciones, fundaciones, cooperadoras y entidades religiosas.
La AFIP implementó un nuevo Plan de Facilidades de Pago para las entidades de iniciativa social, deportiva, religiosa y con fines humanitarios, cuya actividad sea independiente del Estado y no se desarrolle con fines de lucro, podrán ahora regularizar sus obligaciones de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de septiembre de 2018, inclusive, mediante un nuevo plan de facilidades de pago.
Este nuevo Plan fue oficializado por el fisco mediante la Resolución General 4342.
De esta manera, las mencionadas entidades podrán mantener el beneficio de reducción de las contribuciones con destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social.
Este nuevo plan no implica reducción total o parcial de los intereses ni la liberación de las sanciones pertinentes, pero sí admite la financiación de estos conceptos.
Las claves del Plan
Podrán ingresar al plan todas las entidades que en el “Sistema Registral” se encuentren categorizados de la siguiente manera:
CÓDIGO | TIPO SOCIETARIO |
86 | ASOCIACIÓN |
87 | FUNDACIÓN |
215 | COOPERADORA |
242 | INSTITUTO DE VIDA CONSAGRADA |
256 | ASOCIACIÓN SIMPLE |
257 | IGLESIA, ENTIDADES RELIGIOSAS |
260 | IGLESIA CATÓLICA |
Condiciones del Plan de Pagos
- Hasta 60 cuotas mensuales de $ 1.000 como mínimo, iguales y consecutivas, calculadas por sistema francés.
- Tasa de financiamiento será la tasa efectiva mensual equivalente a la tasa nominal anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, con más un 3% nominal anual.
- La deuda a consolidar será la consignada en el Sistema Único de Deuda (SUD) y/o la ingresada manualmente por el contribuyente.
- La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al envío del plan.
Requisitos
Para acogerse al plan de facilidades de pago, se deberá:
- Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico
- Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) desde la que se realizará el débito de las cuotas en el servicio “Declaración de CBU”.
- Haber presentado las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones de los recursos de la seguridad social antes de la fecha de adhesión al régimen.
Solicitud de adhesión
Para adherir al plan se deberá:
- Ingresar con clave fiscal al sistema “MIS FACILIDADES”
- Convalidar, modificar y/o incorporar las obligaciones adeudadas a regularizar.
- Acceder a la opción “RG N° 4342 Plan para entidades sin fines de lucro”.
- Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.
- Consolidar la deuda a la fecha de envío de la solicitud de adhesión del plan.
- Imprimir, de corresponder, el formulario de declaración jurada N° 1.003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.
Aceptación del plan
La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada con la generación sistémica del acuse de recibo de la presentación, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.
Mas información: Resolución General 4342
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