La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reabre la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).
El nuevo plazo habilitado para acceder al programa ATP tiene como objetivo garantizar la inscripción de la totalidad del universo de potenciales empleadores alcanzados.
La reapertura excepcional de la registración prevista en la Resolución General 4702 de la AFIP también permitirá a los contribuyentes que ya se inscribieron rectificar la información económica suministrada.
Las empresas que deban subsanar los errores incurridos en la carga de los datos serán notificadas por el organismo a través de su domicilio fiscal electrónico. En todos los casos, la información solicitada por el sistema corresponde a los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020.
Informar CBU trabajadores
La AFIP recuerda que todos los empleadores, tanto los que ya se registraron como aquellos que lo hagan hasta el 23 de abril, deben informar la CBU de sus trabajadores y el código del convenio colectivo de trabajo al que pertenecen.
Esa información es requerida para garantizar que los trabajadores accedan a los beneficios otorgados a cada empresa.
El programa ATP es una de las herramientas previstas por el Estado para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio.
Una vez que finalice el nuevo período de inscripción y carga de información económica, se evaluará cuáles son los beneficios estatales a los que podrá acceder cada empresa.
Entre los beneficios, se encuentran la postergación del pago de Contribuciones Patronales al SIPA, la reducción del 95% de este aporte.
Además, el estado pagará un Salario Complementario para el mes de abril, será del 50% del salario y tendrá como tome dos salarios mínimos.
jesica dice
Buenas noches, rectifique el día que afip me lo pidio varias empresas. En todos los casos aun no me llego notificacion de nada. Alguien tiene el mismo problema?
Maria de los Angeles dice
Si el salario complementario se lo abonan en las cuentas sueldos de los empleados, las empresas como se enterarán de cual fue el monto de beneficio por empleado y cómo debemos mostrar esto en el recibo de sueldo?
Además aquellas empresas que no obtuvieron el beneficio de postergación del pago de las contribuciones patronales, podrían tener alguno de estos beneficios o no? Gracias
OTRA: las empleadas domesticas registradas y que o concurren al trabajo
tambien se deposita el 50% del salario?.
Verónica dice
Hola, una consulta. Soy empleadora de Personal de Casas Particulares, me puedo incribir en el programa de ATP?
Los empleadores de este tipo están alcanzados por la normativa? Gracias!
Angel dice
Hola! Pudiste rectificar la información?
Hola! Me sale rechazada la información para el ATP, pero intento rectificar y no puedo. La notificación es de ayer.. No hay más tiempo de rectificar?
Hola, mi patron, debe pagarme en total de mi sueldo, esa es mi pregunta??
Me está llegando al DFE de los consorcios que están mal cargadas las ventas. Se mando archivo en cero. Que mandaron los que están diciendo que se lo aceptaron? gracias
Hola Gustavo me paso lo mismo y hace una semana aparecio que le abonaban a los Empleados.
Yo lo que quiero saber en mi caso mi empleador me hizo firmar un acuerdo de reducción de jornada y por lo tanto el sueldo según ella no puede pagar el sueldo en su totalidad y que no va a pedir ningún crédito para pagar sueldo y según por lo que antendi yo este programa nuevo( ATP) es una ayuda del Gobierno para pagar el 50%del sueldo del sector privado y no se de vuelve yo hable con mi empleador y le pregunté si estaba al tanto de este decreto que salió el lunes y me responde que ella no va a pedir ningún crédito porq eso se tiene que de volver después.. alguien que me pueda ayudar que debo hacer? Muchas gracias
La empresa hizo la primer factura en mayo 2019.
Informé facturación $ cero en el período 12/03/2019 al 12/04/2019 y envié el pdf en cero. También informé el mismo periodo del 2020 (que sí tiene facturación) y el pdf correspondiente.
Me llegó una comunicación diciendo que tengo plazo hasta mañana para rectificar y corregir el error.
¿Tenés idea de como solucionarlo?
Gracias
QUIERO PREGUNTAR QUE PASA CON AQUELLAS EMPRESAS QUE NO FUERON CARACTERIZADAS POR EL CODIGO 460 BENEFICIO DTO 332/2020 HABIENDO PRESENTADO ATP CORRECTAMENTE. AHORA YA INSCRIBIO TODAS LAS CBU Y CONVENIO TENDRA ACCESO AL SUELDO COMPLEMENTARIO
GRACIAS
Que ventas debería declarar un consorcio de propietarios en el periodo desde 12/03/2019 al 12/04/2019 y entre el 12/03/2020 y el 12/04/2020?. ¨Presente el atp original declarando en cero y llego una notificación por ventanilla electrónica para que rectifique los datos económicos . gracias
que código de comprobante iría para informar los ingresos de una asociación sindical que percibe sus ingresos , cuota sindical a través de boletas de depósito bancario? en el programa ATP
Los que se inscribieron en el ATP en la primera instancia ya no tienen que volver a hacerlo no? Entiendo que ya estan inscriptos.
Los monotributistas y Autonomos deben anotarse en el programa ATP, la RG dice solo empleadores, pero como luego se modifico el decreto y se incorporarón nuevos beneficios para estos sujetos me entra la duda.
Buen día!Tengo la misma duda, un monotributista que no es empleador tiene que inscribirse en ATP para acceder al préstamos de tasa 0%??? Gracias
Buen día,
Quiero rectificar la información cargada en el sistema ATP y hoy siendo 22/04/2020 no me aparece tal opción.
Esto es un error? El plazo es hasta mañana…
Pudiste rectificar la información?