Índice de Contenidos
AFIP reemplaza el formulario F. 206 (Multinota) por “Presentaciones Digitales,” en una primera etapa se podrá utilizar para algunos trámites.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) digitalizó la “Multinota” para que los contribuyentes puedan realizar sus trámites sin la necesidad de acercarse hasta una dependencia del organismo.
Todos los contribuyentes tendrán dado de alta el servicio con lo cual no tendrán que realizar ningún trámite adicional para utilizarlo.
La medida fue oficializada hoy mediante la publicación de la resolución general 4503 publicada hoy en el Boletín Oficial.
A partir de ahora, la nómina de operaciones correspondientes está disponible en el micrositio “Presentaciones Digitales” de la página web de AFIP.
Antes, la “Multinota” se podía completar de manera online, pero luego debía imprimirse y presentarse en una dependencia de la AFIP. Ahora, con el nuevo formato, el trámite es 100 % digital.
Requisitos
Los requisitos para acceder a la opción “Presentaciones Digitales” son:
a) Tener Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL)
b) Contar con “Clave Fiscal” con nivel 2 o superior.
c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico
Qué tramites se podrán presentar de manera digital
En una primera etapa, el servicio estará disponible para las siguientes presentaciones:
- Planes de pago;
- modificación del estado administrativo de la CUIT;
- cambio de fecha de cierre de ejercicio;
- baja retroactiva de impuestos o regímenes; y ejecuciones fiscales.
Luego, se habilitará para el resto de las presentaciones.
Presentaciones excluidas
Quedan excluidas de las disposiciones de esta resolución general, las presentaciones que se efectúen a los fines de formular denuncias, las relativas a la sustanciación de sumarios por infracciones formales y/o materiales, las vinculadas a las vistas del procedimiento de determinación de oficio y las relacionadas con los recursos previstos en la Ley 11.683.
Asimismo, quedan fuera del ámbito de la presente normativa las presentaciones relacionadas con impugnaciones planteadas respecto de deudas determinadas por conceptos relativos a los recursos de la seguridad social.
Seguimiento del trámite
El seguimiento del estado de gestión de la presentación y/o comunicación realizada mediante el servicio “Presentaciones Digitales”, podrá efectuarse a través del mismo servicio.
El estado “finalizada” de la presentación digital será comunicado en el Domicilio Fiscal Electrónico.
Cuando las presentaciones y/o comunicaciones realizadas electrónicamente contengan errores u omisiones que no permitan el análisis o tratamiento de las mismas, se informará tal situación mediante una comunicación en el Domicilio Fiscal Electrónico.
MARIA dice
Buenas tardes, estoy intentando hacer una presentación digital, adjunto los archivos pero no puedo ver el contenido, cuál puede ser el error? o lo envío y afip si los visualiza?
Gracias!
Maria Sol dice
Buenos días, quería saber si se puede solicitar prorroga de requerimiento mediante presentaciones digitales porque no encuentro dicho ítem especifico entre los tramites habilitados.
Gracias
Nadia dice
Hola, justamente tengo la misma duda. Pudiste hacerle mediante presentaciones digitales?
GRACIELA dice
Hola, a todos los que tienen el problema del Estado 61, a mi también me reclaman una DDJJ IVA , que ya la había rectificado, y sale con deuda en Cuentas Tributarias.
Habrá que pagarlo y aprovechar esta Moratoria Ampliada o seguir esperando a que desaparezca dicha deuda de oficio? hasta cuando?
Muchas gracias.