Resolución General 2767
B.O. 23/02/10
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.
Bs. As., 17/2/2010
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 10037-394-2009 y 608510-1-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias, se estableció el régimen de emisión de comprobantes mediante el empleo de “Controladores Fiscales”.
Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la referida norma, la homologación de los “Controladores Fiscales” y la autorización de los respectivos proveedores será dispuesta por medio de resolución general y tendrá validez por un plazo máximo de CINCO (5) años a partir del día de su publicación oficial.
Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones que han reunido los “Controladores Fiscales” que se homologan, cuya aptitud surge del estudio de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial.
Que asimismo, durante el lapso de validez de la homologación deberán ser cumplidas las demás obligaciones previstas por el régimen.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias, se homologan los equipos denominados “Controladores Fiscales”, cuyos datos identificatorios y empresas proveedoras se detallan a continuación:
MARCA
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MODELO
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CODIGO
ASIGNADO
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VERSION
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EMPRESA
PROVEEDORA
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C.U.I.T.
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HASAR
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SMH/POS-1441 F
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HHY
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01.00
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COMPAÑIA HASAR S.A.I.C.
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30-61040056-2
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EPSON
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TM-U220AFII
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PEO
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22.00
“HERA”
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EPSON ARGENTINA S.R.L.
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30-61410471-2
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TIPO DE EQUIPO: impresora de tique y tique-factura
Art. 2º — La homologación dispuesta en el Artículo 1º, tendrá una validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo los requisitos establecidos en la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Ricardo Echegaray.
Pedro dice
osea que debería reclamar??
Ignacio dice
Hola Pedro, si, el presentismo es por sobre todos los valores no remunerativos, menos lo 75 pesos, esos, entiendo que no.
Pedro dice
Hola Ignacio, et consulto sobre el acuerdo 2010
Recien hable con la gente que me liquida el sueldo quienes me confirmaron que se me va a abonar $108. 33 mas los $ 75 extraordinarios.
Esta bien que me liquiden esto? porque la doceaba parte del presentismo es por todos los acuerdos no remunerativos, no solo por los $ 100, es asi?