Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 29/06/10
IMPUESTOS
Resolución General 2858
Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención para determinadas ganancias. Resolución General Nº 830. Su modificación.
Bs. As., 22/6/2010
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10072-51-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 3182 (MDS) del 6 de agosto de 2009, el Ministerio de Desarrollo Social creó el “Programa de Ingreso Social con Trabajo”, cuyo principal objetivo es la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, generando nuevos puestos de trabajo genuino, con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario, incentivando e impulsando la formación de organizaciones sociales de trabajadores.
Que dichos fines pueden alcanzarse a través de las cooperativas de trabajo cuyos asociados se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Que mediante la Resolución General Nº 830, sus modificatorias y complementarias, se estableció un régimen de retención del impuesto a las ganancias sobre determinadas rentas de distintas categorías.
Que en atención a las características particulares de los sujetos mencionados en el segundo considerando, se estima conveniente excluir a los mismos de la obligación de actuar como agentes de retención del citado régimen.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización, Técnico Legal Impositiva y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 830, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:
– Sustitúyese el inciso g) del Anexo IV, por el siguiente:
“g) Las cooperativas, excluidas las cooperativas de trabajo conformadas exclusivamente por asociados que revistan la condición de Pequeños Contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.”.
Artículo 2º — Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Ricardo Echegaray.
Anónimo dice
hola ignacio no puedo terminar de entender sobre el monotributo social de 40$ si biene incluido o no la mutual,,,, perdon por mi ignorancia
pero no se mucho de estos temas
PD.gracias por el aguante … marcelo
hola ignacio no puedo terminar de entender sobre el monotributo social de 40$ si biene incluido o no la mutual,,,, perdon por mi ignorancia
pero no se mucho de estos temas
PD.gracias por el aguante
me gustaria saber si vas a desarrollar como se aplica lo establecido en el cuarto parrafo articulo 6to del acta acuerdo de Junio para los empleados de comercio, que habla de la incorporacion en 12 veces de los no remunerativos a remunerativos de las actas anteriores a la ultima firmada
Hola Marce, los acuerdo van en forma proporcional a la jornada. Y si, se está desde mayo le corresponde cobrar el retroactivo.
Hola Ignacio
esta empleada esta en comercio desde mayo 2010 , y trabaja media jornada . No se como liquidarle los no remunerativos , si le corresponden todos y por el monto total y si les corresponde el retroactivo, etc
gracias
Hola Marcela, no entiendo la consulta, cual es la duda particular? si está en comercio se liquida como comercio
Hola Ignacio
Necesito liquidar un sueldo de comercio media jornada con el nuevo convenio . Pero esta persona es empleada de la empresa desde hace un año , pero estaba en un sector como empleado agropecuario y desde el mayo paso a ser empleado de comercio , como le liquido ???
muchas gracias y espero tu respuesta
Marce