La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso suspender las exclusiones de monotributistas correspondientes a marzo 2020.
A través de una resolución que será publicada en el Boletín Oficial, el organismo también establece que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante marzo.
“Las decisiones que beneficiarán a los más de 3.600.000 contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes forman parte del paquete de medidas desplegado por el Gobierno para hacer frente a los efectos de la pandemia de coronavirus”, informaron desde el ente recaudador.
Exclusiones
La legislación prevé un conjunto de situaciones que generan la baja de monotributo.
La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
La AFIP contempla otros motivos como la venta de algún producto a un valor superior al precio máximo unitario de venta o la existencia de alquileres que superen los topes habilitados por el régimen.
El organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont definió que esos cruces sistémicos no serán realizados en marzo.
Bajas automáticas
El mecanismo vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.
La AFIP resolvió que marzo no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Ma Lorena dice
Buenas noches ignacio, como estas?
Te consulto, la suspension de exclusiones por controles sistemicos, de octubre a febrero y ahora en marzo, implica un perdon de aca en mas? Significa q cuando se reactiven las exclusiones ya no se controlara lo q paso de octubre a marzo?
O bien, todo lo q implica es q se corre el control a cuando se reanuden las exclusiones por sistemas, ya sea en abril o cuando se reanuden y las exclusiones seran con fecha retroactivas a cuando se produjo la causal entre octubre y marzo?
Muchas gracias
Ignacio, como estas? Primero, gracias por todo lo q publicas.
Te consulto, el beneficio de estas suspensiones de exclusiones por controles sistemicos, seria q desde octubre a marzo, no se va a controlar? No se controla ni ahora ni mas adelante? Seria como un periodo de perdon?
Porque si todo lo q significa es pasar el control para mas adelante y despues excluir con fecha retroactiva, no se cual seria el beneficio de las resoluciones.
Muchas gracias!
Buenas tardes Ignacio, Que pasa en los casos en que ya figura la baja de oficio al 31/03 por haber acumulado 10 periodos consecutivos impagos??