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AFIP vuelve a demorar la devolución de las percepciones por compra de dólares

8 enero, 2016 Por Ignacio 22 comentarios

Cambian sin aviso el sistema de AFIP para que no se inicien pedidos de devolución de impuesto por tarjeta o compra de dólares, antes de que se presenten Ganancias y Bienes Personales.

Si bien se pueden cargar los datos, desde ayer, el Formulario 746/A no podrá ser enviada hasta  a la AFIP hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias. 

Esto es así ya que la AFIP realizó cambios en el sistema “Mis Aplicaciones Web” de modo tal que los pedidos de devolución de percepciones del 2015 no puedan ser interpuestos hasta la fecha de vencimiento de la declaración jurada de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, que se producen en abril y mayo.
Al ingresar al formulario se puede ver este mensaje:

“La carga de datos que está a punto de realizar no podrá ser enviada a esta Administración hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. No obstante, puede proseguir y la información ingresada quedará en estado BORRADOR hasta las fechas mencionadas.”

La leyenda solo aparece para el período 2015, no para el 2014. 

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Compra de dólares, devolución, Dólar turista

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. totigol dice

    27 abril, 2016 a las 7:40 pm

    buenas tardes, y cuando es exactamente el vencimiento ?? para saber cuando entrar y hacer la carga.
    Gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    26 enero, 2016 a las 1:34 pm

    Hola Ignacio.Soy empleado en relacion de dependencia y mi ingreso bruto en 2015 supero los 250 mil, en mi trabajo rrhh me dice que no debo presentar el 572WEB ya que ellos no me retienen ganancias (porque en 2013 mi sueldo no superaba los 15.000). Ahora bien, quiero pedir la devolucion de las percepciones por compra de dolar de 2015 y no se si debo hacerlo por mis aplicaciones WEB o si tengo qeu presentar el 572 web y tengo tiempo hasta el 31.01.16??? por otro lado presento bienes personales, me da impuesto determinado pero tengo saldo a favor (mucho) por percepciones de años anteriores. puedo pedir la devolucion? tengo que ingresar las percepciones en la DJ de bienes (ahora que no puedo hacer el formulario 746/a hasta no presentar la DJ, la verdad que no quiero mas saldo a favor, necesito la devolucion del $ si es posible). Gracias.

    Responder
  4. Anónimo dice

    13 enero, 2016 a las 2:44 pm

    Hola, una consulta, compre dolares en el 2014 con el 20 por ciento de perc. no pago ganancias ni nada, pero nunca hice el tramite para la devolución. las perdi? las del 205 hasta cuando tengo tiempo de presentarlas? Gracias!

    Responder
  5. Anónimo dice

    13 enero, 2016 a las 3:05 am

    Hola Ignacio. Soy empleado en relación de dependencia. Desde el 2014 no me retienen ganancias porque a Agosto del 2013 no superaba los 15.000 pesos. No obstante presento por el Siradig mis deducciones personales. Mi pregunta es si para el trámite de las retenciones debo realizar los datos biométricos y presentar el formulario 746/A además del 460/F (CUIT). El procedimiento que publico la AFIP no es muy claro ya que no menciona los inscriptos en ganancias pero que no pagan por el benficio del Dcto.1242/13. Me podes ayudar? Grs! Atte. Carlos V

    Responder
  6. Carolina Suarez dice

    11 enero, 2016 a las 6:41 pm

    Hola, quería saber si esto implica que la persona deba presentar las DDJJ de Ganancias y Bs. personales??

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:14 am

      No, solo si corresponde hacer la presentación, en ese caso las percepciones se aplican como pago a cuenta del impuesto (Bienes Personales o Ganancias

      Responder
  7. Unknown dice

    11 enero, 2016 a las 1:24 pm

    Consulta. La semana pasada pude realizar en "Mis Aplicaciones Web" las presentaciones del formulario 746 para la devolución correspondiente al 2015. En el sistema me aparecen como "Presentado", ¿esta modificación que realizaron implica alguna dificultad o qué deba realizar algo diferente? Por otro lado, la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, ¿la debemos realizar incluso aquellos que no estamos alcanzados por el impuesto? ¿Se realiza por el sistema Web?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:16 am

      No modifica nada, pero la devolución no se realizará hasta que no pasen los vencimientos.
      Respecto a la presentación de las DDJJ, solo se debe hacer si corresponde. Si no estás alcanzado, no

      Responder
  8. Mariano Memmo dice

    10 enero, 2016 a las 8:34 pm

    Buenas!Es decir que puedo generar el borrador, pero debo enviarlo despues del vencimiento de Ganancias? o junto a la DJ? Otra consulta: Las percepciones 2014 (cargadas en 2015), LAS VAN A DEVOLVER ALGUNA VEZ??? Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:16 am

      Si, grabarla y dejar para presentar luego de los vencimientos.
      Si, ya están devolviendo 2014

      Responder
  9. Anónimo dice

    9 enero, 2016 a las 11:44 am

    A algún lector se le devolvió las percepciones por viajes al exterior o compra de dólares correspondiente a 2014?? Porque nadie habla de 2014, como si a todo el mundo ya se le hubiera devuelto. Pasado, pisado.

    Para los que ya hicimos el trámite online, consideran que deberemos volver a hacerlo en abril/mayo?

    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:17 am

      Si, esta semana he recibido comentarios de lectores que han recibido la devolución

      Responder
  10. Anónimo dice

    8 enero, 2016 a las 10:21 pm

    Cual seria el pago por hora trabajada ,administrativo Categoria 2 con 3 años de antiguedad?Gracias!

    Responder
  11. Anónimo dice

    8 enero, 2016 a las 7:38 pm

    Hola Ignacio! yo pude hacer la presentación el lunes 04/01! Tendre que volver a hacerla despues que venzan estos impuestos??
    Romina

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:18 am

      NO, si ya está presentada, en principio no. Solo que hasta que no se produzcan los vencimientos, no se realizará la devolución

      Responder
  12. Unknown dice

    8 enero, 2016 a las 4:33 pm

    Perdón, pero no me parece correcto lo informado, no es que ahora deciden frenar, eso estuvo siempre!!! Este es lo mismo procedimiento desde que se instaló el sistema de percepciones y retenciones por compra de moneda extranjera o gastos, por el cual desde por ejemplo Junio de 2014 tengo presentadas solicitudes que a la fecha ni siquiera salen, como aprobada.
    Creo que la ansiedad de publicar, confunde al que no esta capacitado en el tema y nos vuelven locos a los contadores, por este tipo de notas en donde decian que devolvian y ahora que frenan, por favor no hagamos más dificil lo que de por sí ya está bastante complicado. Esperemos las resoluciones, las leyes, las medidas concretas.

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:22 am

      No, no es así. De hecho el comentario anterior lo comprueba. Antes dejaba realizar la presentación. Ahora no deja realizarla. No es lo mismo

      Responder
    • Zero dice

      26 enero, 2016 a las 1:22 pm

      Durante todo el 2015, el control no permitía presentar nada posterior al 31/12/2014. Entre el 1 y el 4 de enero, 2016, se podía presentar TODO el 2015 (menos diciembre en mi caso, no salían datos). Yo lo presenté antes del nuevo control.

      Responder
  13. Anónimo dice

    8 enero, 2016 a las 3:00 pm

    Pero yo hice el formulario 746/A el 4 de enero y lo pude enviar y figura como presentado. Voy a tener que ir a la AFIP a preguntar

    Responder
    • Ignacio dice

      13 enero, 2016 a las 2:19 am

      NO, si ya está presentada, en principio no. Solo que hasta que no se produzcan los vencimientos, no se realizará la devolución

      Responder
  14. Nahu5 dice

    8 enero, 2016 a las 2:40 pm

    Que pasa con los que ya hicieron la presentación, antes de esta modificación??
    Gracias.

    Responder
  15. Unknown dice

    8 enero, 2016 a las 2:33 pm

    Alguien sabe que pasa con los que ya habian presentado el formulario por 2014??? Se supone que van a reintegrar el dinero antes?

    Responder

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