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ANSES: reconocimiento de aportes, cómo inscribirse para jubilarse

13 julio, 2021 Por Ignacio 25 comentarios

Índice de Contenidos

  • Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado para mujeres
  • A quiénes les corresponde
  • En qué consiste la medida
  • Cómo realizar el trámite
  • ¿Qué puedo hacer antes de solicitar el turno?
    • ¿Dónde consulto si mis hijos e hijas están registrados?
    • ¿Qué hago si encuentro que alguna/o de mis hijas/os no figura?

Para mujeres con edad de jubilarse. La atención será únicamente con turno previo, DNI y las partidas de nacimiento de las hijas e hijos. Comienza en agosto.

Jubilacion reconocimiento de aportes mujeres con hijos sin aportes moratoria turno anses

La directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, adelantó este martes que el presidente Alberto Fernández firmará la próxima semana el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para reconocer años de aportes jubilatorio a mujeres que hayan sido madres o titulares de Asignación Universal por Hijo.

En este sentido, señaló que el nuevo decreto deberá entrar en vigencia a partir de agosto y que, para entonces, la Anses publicará toda la información necesaria a través de sus canales de información para que mujeres que cumplan con los requisitos puedan iniciar sus trámites de jubilación.

Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado para mujeres

Desde el 1 de agosto se podrá realizar el trámite de Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado para mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas e hijos.

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.

Alcanza a mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas e hijos.

Esta medida iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse.

A quiénes les corresponde

  • Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
  • Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

En qué consiste la medida

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:

  • 1 año de aportes por hija/o.
  • 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.

Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 27.970).

Cómo realizar el trámite

  • Con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de tus hijas o hijos.
  • Los turnos estarán disponibles a partir del 1 de agosto.
  • Si tenés hijas e hijos con discapacidad, es necesario que lleves el Certificado de Discapacidad (CUD).
  • Si tus hijas e hijos son adoptados, es necesario presentar la sentencia de adopción.

¿Qué puedo hacer antes de solicitar el turno?

Podés revisar si tus vínculos familiares están actualizados en mi ANSES.

Es muy importante que tus hijas e hijos se encuentren registrados para que puedas realizar este trámite.

¿Dónde consulto si mis hijos e hijas están registrados?

Ingresá a mi ANSES con tu CUIL y clave de la seguridad social. Seleccioná la opción “Información Personal” y luego “Relaciones Familiares”.

¿Qué hago si encuentro que alguna/o de mis hijas/os no figura?

Tenés que actualizar tus vínculos familiares presentando el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de tus hijas/os.

Podés solicitar un turno para ser atendida en la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio.

Solicitar Turno

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Publicado en: ANSES Etiquetado como: Jubilados y Pensionados

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Comentarios

  1. Graciela dice

    15 julio, 2021 a las 11:51 pm

    Cumplo 60 en enero tengo uns hija con descapacidad me puedo jubilar

    Responder
  2. Mirta Ines Rojas dice

    15 julio, 2021 a las 6:18 pm

    Hola cumplo 59 años el 20 de Octubre, puedo entro para jubilarme?tengo 6 hijos, la menor 21 años el mayor 36años,

    Responder
  3. maria dice

    15 julio, 2021 a las 12:27 pm

    es una verdadera verguenza las trabas que te ponen para no darte una jubilacion te la pintan bonito y cuando vas te meten una patada en el tuje.

    Responder
  4. Mirian dice

    14 julio, 2021 a las 10:15 pm

    Hola. No termino de entender bien sobre la jubilacion para la mujer. No es necesario q tenga años de aportes? Si no tiene ningun año d aporte puede hacer el tramite igual?

    Responder
    • Maria dice

      16 julio, 2021 a las 5:54 am

      No a todas las mujeres les va a servir, depende de la cantidad de hijos que tenga y de los aportes posteriores a 12/2003.

      Responder
  5. Valeria dice

    14 julio, 2021 a las 3:36 pm

    Mí papá tiene la edad pero no llega con los años de parte . Porq no se hacen para los dos hombres y mujeres mí papá está súper enfermo y no puede jubilarse alguien sabe cómo puedo hacer . En Anses me dicen que tengo que pagar 7 años mes a mes imagínate una locura no se puede pagar todo .el está muy triste

    Responder
    • Lestradingorphen dice

      15 julio, 2021 a las 8:09 am

      La igualdad de género sólo es válida cuando le conviene a la parte femenina.

      Responder
    • Susana dice

      15 julio, 2021 a las 4:24 pm

      Porque no te averguas por discapacidad y luego al cumplir los años se pasa a jubilación, tenes que pedir en Anses un formulario y que te firmen los médicos, hacelo !! Suerte!!

      Responder
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