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ANSES: Resolución 237/2009 – Incoporación de empesas al SUAF

22 mayo, 2009 Por Ignacio 28 comentarios


Administración Nacional de la Seguridad Social

ASIGNACIONES FAMILIARES

Resolución 237/2009

Apruébase la incorporación de empresas al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

Bs. As., 29/4/2009

VISTO el Expediente Nº 024-99-81180587-0- 790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº 19.722 de fecha 6 de julio de 1972, la Ley Nº 24.714 de fecha 2 de octubre de 1996, el Decreto Nº 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996; y

 

CONSIDERANDO

Que en el expediente citado en el VISTO se tramita un proyecto de Resolución que tiene por objeto establecer la incorporación al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF) de empresas que a la fecha se encuentran encuadradas dentro del Sistema de Fondo Compensador.

Que la Ley Nº 24.714, instituye un régimen con alcance Nacional y obligatorio de las Asignaciones Familiares.

Que el Decreto Nº 1245/96 en su artículo 13 delega en esta ANSES las atribuciones de determinación, contralor, verificación e intimación, atinentes a los recaudos específicos, plazos y documentación requerida para la percepción de las prestaciones contempladas en el Régimen de Asignaciones Familiares.

Que la Ley Nº 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que el artículo 1º de la Resolución D.E.-N Nº 292/08 establece al “SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES” (SUAF) como el sistema de control, validación, liquidación y puesta al pago de las Asignaciones Familiares en forma directa a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de la actividad privada y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta procedente llevar acabo la inclusión al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF) de las empresas que se encuentren en el Sistema de Fondo Compensador de acuerdo a las modalidades establecidas en el Anexo de la presente.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº 40.923 de fecha 27 de abril de 2009.

Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, y el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar la incorporación de empresas al “SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES” (SUAF), de acuerdo a la modalidad prevista en el Anexo de la presente Resolución.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Amado Boudou.

ANEXO

NORMAS RELACIONADAS CON EL PROCEDIMIENTO DE INCORPORACION DE EMPRESAS AL SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF)

INCLUSION DE EMPRESAS AL SUAF

1. Apruébase la incorporación al SUAF a partir del devengado junio de 2009 de las empresas, que accediendo por Número de CUIT, a partir de mayo de 2009, figuren con estado “habilitado” desde el “devengado junio de 2009” en la “Autopista de Servicios – Servicios Corporativos – Empresas Incorporadas al SUAF”, de la página Web de ANSES www.anses.gob.ar, las que sólo deberán presentar ante ANSES la documentación establecida en los puntos 6 y 8 del Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08, dado que el medio de pago correspondiente a la liquidación de asignaciones familiares será la Cuenta Bancaria Sueldo informada a este Organismo a través del Padrón del Banco Central de la República Argentina, sin perjuicio de la posterior modificación del medio de pago que pueda efectuar el trabajador.

2. Apruébase la incorporación al SUAF a partir del devengado julio de 2009 de las empresas, que accediendo por Número de CUIT, a partir de junio de 2009, figuren con estado “habilitado” desde el “devengado julio de 2009” en la “Autopista de Servicios – Servicios Corporativos – Empresas Incorporadas al SUAF”, de la página Web de ANSES www.anses.gob.ar, las que sólo deberán presentar ante ANSES la documentación establecida en los puntos 6, 7 y 8 del Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08 si cuentan con trabajadores con derecho al cobro de asignaciones familiares.

3. La consulta por Número de CUIT en la página Web de ANSES de las empresas alcanzadas por los puntos 1 y 2 del presente anexo, resulta elemento de notificación suficiente para la incorporación automática de las mismas al SUAF.

4. Una vez incorporada la empresa en SUAF, los empleadores y sus trabajadores deberán cumplir con las disposiciones establecidas en el Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08, según corresponda.

5. Los empleadores incorporados al SUAF, no podrán, en ningún caso, abonar las asignaciones familiares a través del Sistema de Fondo Compensador desde el mes de su inclusión al citado Sistema, encontrándose inhibidos de compensar por pago de asignaciones familiares, a excepción de los casos contemplados en el punto 8 del Capítulo 1 de la Resolución D.E.-N Nº 292/08.

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    19 agosto, 2010 a las 6:15 pm

    mi nombre es karina gisela mendez dni: 28731581 mi pregunta es sobre la libreta.la constancia del correo me la sacaron de mi domicilio cuando fui al correo las libretas ya no estaban hice el reclamo correspondiente y actualmente en el correo me informan que no estan ahi. ¿como puedo reclamar sin el codigo que me piden en el correo?¿puedo reclamarlas personalmente en algun lugar? desde ya muchas gracias

    Responder
  3. eva dice

    18 mayo, 2010 a las 12:48 pm

    Hola Soy Eva Devuelta los que te quise decir era los controles medicos por que el medico no me quiso firmar la libreta…yo hasta los 5 años le hice control medico a mis 3 hijos,pero como despues nunca tuvieron problemas de salud lo unico que hice fue darles la vacuna..es necesario hacer analisis para que me firme el medico???ah otra cosa el medico me dijo que no hiciera ese tramite porque mi hijo esta por cumplir 18 años y no me quiso firmar…
    desde ya muchas gracias!!!

    Responder
  4. Anónimo dice

    18 mayo, 2010 a las 12:39 pm

    Hola soy Eva devuelta lo que te quise decir era los controles medicos por que el medico no me quiso firmar , sino tenia electrocardiograma radiografia de torax y y otras cosasd es asi?
    Gracias

    Responder
  5. Ignacio dice

    16 mayo, 2010 a las 10:17 pm

    Hola,tienen que cumplir con el plan de vacunación.

    Responder
  6. Anónimo dice

    13 mayo, 2010 a las 12:32 pm

    Hola Mi Nombre es eva te queria preguntar cuales son los controles medicos necesarios para que me firmen la libreta mis hijos tienen 14 12 17 Espero Tu Constestacion
    Muchas Gracias Eva

    Responder
  7. Ignacio dice

    17 febrero, 2010 a las 3:06 am

    Hola Melina, no conozco tu situación, y no puedo darte mas información que la que te da la ANSES, el cronograma es el publicado, y se que lo están cobrando, no podría decirte que es lo que pasa en tu caso particular, tal vez es algún atraso en el deposito.
    Lo de enero no lo se, eso depende cuando presentaste los papeles.

    Responder
    • Veronica dice

      14 mayo, 2018 a las 9:37 pm

      Hola Ignacio mi marido es responsable inscripto, puede cobrar la asignación o pensión por hijo con discapacidad?

      Responder
  8. melina dice

    16 febrero, 2010 a las 8:11 pm

    hola ignacio soy melina de rosario yo cobraba el plan jefas y jefes de hogar ,en enero llame al o8oo y me dijeron que cobraba el 27 de enero cuando fui no tenia nada depositado ,llame y me dijeron que me depositan a mes vencido osea principio de febrero como les depositan a las asignaciones por hijo,q supuestamente el 3 de febrero me depositaban pero nada, llame denuevo y me dicen que el 13 de febrero y tambien nada ahora dicen que apartir del 18 mi pregunta es porque no cobre en enero y porque no me dan una respuesta segura ,me piden todos los datos y se los doy y asi le siguen errando quisiera saber q fecha realmente cobro mi dni termina en 6 gracias

    Responder
  9. Cecilia dice

    6 febrero, 2010 a las 1:13 am

    Gracias por tu respuesta Ignacio, la verdad hasta me dió vergûenza tener que ir a pedir la asignación, pero estoy ahorcada.

    Mi marido es responsable inscripto, porque eso le aconsejo el padre hace mucho tiempo, cuando los requisitos no eran los de ahora, obvio que no factura lo mínimo que piden.

    Bueno, veré que hacer. Como siempre, soy pobre y no califico como tal.

    Saludos y gracias otra vez.

    Responder
  10. Ignacio dice

    5 febrero, 2010 a las 6:19 pm

    Hola Cecilia, disculpame, no había visto tu comentario.
    No califican porque tu marido es resposale inscripto, y no están incluidos en el sistema de AUH.

    Responder
    • Pablo dice

      8 junio, 2018 a las 12:06 am

      Buenas.. yo soy empleado y mi mujer es responsable inscripto, tenemos un hijo con discapacidad.. le corresponde a mi hijo el salarios por discapacidad?

      Responder
    • Alejandra Pérez dice

      8 junio, 2020 a las 4:49 pm

      Hola, quería saber porque no me corresponde la asignación por hijo siendo que estoy separada del padre de mis hijos hace 10 años y estoy en juicio por alimentos. No estábamos casados, yo no tengo trabajo fijo, y el es responsable inscripto

      Responder
  11. Anónimo dice

    4 febrero, 2010 a las 7:45 pm

    Ignacio:

    Podés ayudarme? La verdad es que estoy muy preocupada.

    Cecilia

    Responder
  12. Cecilia dice

    3 febrero, 2010 a las 6:03 pm

    Ignacio:

    No se si ya me contestaste, no puedo ver todos los comentarios.
    Saludos
    Cecilia

    Responder
  13. Cecilia dice

    3 febrero, 2010 a las 1:50 pm

    Hola Ignacio:

    Mi consulta es sobre la asignación universal por hijo.

    Yo soy ama de casa y madre de cuatro hijos. Mi marido es responsable inscripto.

    En este momento la estamos pasando mal y fui al Anses a presentar los papeles que me pidieron para acceder a la misma, pero cuando consulto mis datos, aparece que mi familia no califica. Por que?

    Tres de mis hijos están en edad escolar y la más grande que tiene 18 está en la universidad, ninguno de ellos tiene obra social yaa que no puedo pagar una privada.

    Que me aconsejas?

    Saludos
    Cecilia

    Responder
  14. Daiana dice

    26 mayo, 2009 a las 5:14 pm

    Hola Ignacio!
    Gracias por tu respuesta.
    No pago por VEP, entonces tengo que bajarme el Formulario 799?
    En qué banco lo abono?…

    Responder
  15. Ignacio dice

    26 mayo, 2009 a las 5:08 pm

    Hola Daina: la deuda vieja la pagás yendo con el CUIT y el período, lo que deberías pagar después son los intereses.

    Con respecto a la otra pregunta, los CUIT son de las personas físicas.
    Si no pagas por vep, lo podés hacer con el F 799.

    saludos

    Responder
  16. Daiana dice

    26 mayo, 2009 a las 2:34 pm

    Buenos días!
    quizas me puedas ayudar, si no se paga autonomos desde antes del cambio de los nuevos montos…..como se debe proceder para cancelar la deuda?…..porque ahora vamos a someternos a un nuevo cambio.
    y….otra consulta que tiene que ver con Gcias de persona fisica: los vencimientos que figuran son con respecto a la terminacion del CUIT de esa persona fisica, verdad¿?..o de la sociedad…???

    y…si da a pagar…se debe ir con el F711 al Banco Provincia, no?

    bueno, desde ya muchas gracias. Daiana

    Responder
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