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Aplicativo: Régimen Informativo de Compras y Ventas RG 3685

4 mayo, 2015 Por Ignacio 111 comentarios

La AFIP publicó el aplicatvo del “Régimen Informativo de Compras y Ventas” que reemplazará a los CITI Compras y CITI Ventas para determinados contribuyentes. 

Aplicativo: Régimen Informativo de Compras y Ventas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicó en su página web el Aplicativo Régimen Informativo de Compras y Ventas Régimen Informativo de Compras y Ventas versión 1.

DESCARGAR

La entrada en vigencia del nuevo “Régimen Informativo de Compras y Ventas” será a partir del 1° de Enero de 2015.
Recordemos que mediante la Resolución General N° 3685, la AFIP estableció un sistema para que determinados responsables suministren información respecto de las operaciones de venta, compra, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones efectuadas y recibidas. 
Contribuyentes obligados a presentar el régimen informativo de compras y ventas:
– Quienes integren la nómina que será publicada por AFIP en el micrositiohttp://www.afip.gob.ar/comprasyventas
– Quienes emiten Factura electrónica en los términos de la resolución general 2485, con excepción de los monotributistas que emiten Factura electrónica en los términos de la resolución general 3067.
– Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del día 1 de enero de 2014, en adelante.
– Los sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado que a la fecha de entrada en vigencia de la resolución general 3685 se encuentren alcanzados por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones previsto en el apartado A, Título II, de la resolución general 1361, sus modificatorias y complementarias.
Vencimiento presentación
El “Régimen Informativo de Compras y Ventas” deberá ser presentado mensualmente en las fechas previstas para los vencimientos del impuesto al valor agregado.
Plazo especial 
No obstante, existe un plazo especial para presentar la información correspondiente a los meses de enero a agosto de 2015.
Las declaraciones juradas correspondiente a los períodos que se indican a continuación, deberá suministrarse hasta la fecha de vencimiento fijada para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado de los meses que, para cada caso, se detallan:
La primer información a proporcionar comprende el detalle de los meses de enero y febrero de 2015 y debe ser cumplimentada a la fecha de vencimiento de la declaración jurada de IVA del período mayo, es decir, en Junio 2015, de acuerdo a la terminación del CUIT: 

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1
18/06/2015
2-3
19/06/2015
4-5
22/06/2015
6-7
23/06/2015
8-9 24/06/2015


Recuerde que el resto de los períodos deberá presentar el régimen informativo de acuerdo al siguiente cronograma: 

Meses a informar Fecha de Vencimiento
Enero y Febrero de 2015
Junio de 2015 (DDJJ IVA Mayo/15)
Marzo y Abril de 2015
Julio de 2015 (DDJJ IVA Junio/15)
Mayo y Junio de 2015
Agosto de 2015(DDJJ IVA Julio/15)
Julio y Agosto de 2015
Septiembre de 2015 (DDJJ IVA Agosto/15)
Operaciones alcanzadas
Alcanza tanto a las operaciones que generan crédito fiscal o débito fiscal como aquellas que no sean generadoras de los mismos.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Aplicativos, CITI Compras, CITI Ventas, Régimen Informativo de Compras y Ventas, RG 3685 AFIP

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Vanina Godoy dice

    26 febrero, 2017 a las 5:45 am

    Buenas noches, alguien podría decirme como puedo modificar el crédito computable, si cargue una factura con DOS ALICUOTAS, con sus respectivas vases imponibles/tasas/e impuestos determinados, sin embargo en el detalle del comprobante figura CERO como crédito computable.
    Muchas gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    9 enero, 2017 a las 2:17 pm

    Hol Ignacio, necesitaría si podes darme la siguiente respuesta. La liquidación de VISA, American express y la del Banco, con que número de comprobante se debe informar. Y en el campo vendedor, que dato debo colocar, mi cuit o el de estas empresas???
    Gracias!!!

    Responder
  4. Anónimo dice

    2 noviembre, 2016 a las 1:13 am

    Buenas noches! podrían informarme como se debe ingresar los impuestos inmobiliarios? puede ser liquidación publica tipo A o tipo B?

    Responder
  5. Anónimo dice

    2 noviembre, 2016 a las 1:11 am

    Buenas noches! podrían informarme como se debe ingresar los impuestos inmobiliarios? puede ser liquidación publica tipo A o tipo B?

    Responder
  6. Anónimo dice

    19 octubre, 2016 a las 12:38 am

    Buenas noches, quizas alguien me pueda ayudar.. instale en mi ordenador nuevo SIAP y los aplicativos de AFIP en este caso Cpras y Vtas y lamentablemente no me permite Generar el primer listado, se me tilda y se me queda ahi muerto.. quisiera saber si alguien tuvo ese problema.. mi ordenador es 64 bits, no se si eso tendra algo que ver.. si alguien me puede ayudar muy agradecido. Saludos!

    Responder
  7. Anónimo dice

    29 junio, 2016 a las 7:10 pm

    Podrian informarme como rectificar una presentación ya que por un error durante la carga el valor del credito fiscal es incorrecto.
    Muchas gracias!

    Responder
  8. Anónimo dice

    29 junio, 2016 a las 7:09 pm

    Me podrían decir como hago para rectificar una presentacion ya que por un error en la carga la misma es incorrecta.

    Responder
  9. Anónimo dice

    21 junio, 2016 a las 8:58 pm

    TENGO UNA CONSULTA TENGO DE CLIENTE A UNA PARRILLA RESPONSABLE INSCRIPTO CON TICKET FISCAL AHORA BIEN ELLA TIRA UN TIKET Z POR DIA CON EL TOTAL DE LA VENTA DIARIA MI CONSULTA ES COMO DEBO CARGARLOS EN EL CITI CPRAS VTAS.?????

    DESDE YA MUCHAS GRACIAS

    SALUDOS CORDIALES
    OSCAR

    Responder
  10. Silvia Navarro dice

    16 febrero, 2016 a las 7:07 pm

    Cuando se carga una importación, por lo que pude ver se debe cargar como valor grabado, el importe de la factura del exterior+Flete de importación+Seguro+ derechos de importación + tasa estadistica. Mi duda es que ocurre si flete y el seguro lo factura el despachante de aduana? nosotros lo tomamos como gravado y ellos como exento, pero es como si la empresa tuviera duplicara el gasto?

    Responder
  11. Anónimo dice

    30 octubre, 2015 a las 3:13 pm

    LOS TICKETS Z NO SE EXPORTAN AUTOMATICAMENTE? HAY QUE CARGARLOS MANUALMENTE?

    Responder
  12. Sabrina Amateis dice

    28 octubre, 2015 a las 6:48 pm

    Hola! Buenas tardes! Alguien sabe como cargar un despacho de importación en el aplicativo? Me salta un error de que el importe total no coincide con lo cargado!!!

    Responder
  13. Anónimo dice

    27 agosto, 2015 a las 2:49 pm

    Hola, en el aplicativo cargué una factura de Telefónica de Argentina, elegí la opción "Liquidación de servicios públicos clase A" (quizá es un error) y a pesar de cargarle la alícuota no me deja hacer la presentación porque dice que no están cargadas.
    Quiero eliminar el comprobante y no lo permite.
    Quiero editar el tipo de comprobante y está difuminado …
    ¿Qué debería hacer?
    MUCHAS GRACIAS. Si alguien tiene una idea que me avise.

    Responder
    • Anónimo dice

      15 septiembre, 2015 a las 6:54 pm

      ME PASO LO MISMO…. TUVE QUE VOLVER A CARGAR SIN HACER LA PRESENTACIÓN DE LA MISMA

      Responder
    • Anónimo dice

      28 octubre, 2015 a las 1:13 pm

      Cargaste todo de nuevo? me pasa lo mismo… no me deja eliminarla permanente y si le cargo la alícuota me dice que no existe…

      Responder
    • Unknown dice

      20 enero, 2017 a las 5:03 pm

      hola yo tambien tengo un problema, lo cargo bien pero si pongo como subtotal la base de iva del despacho, estaria declarando dos feces el fleta, ya que este lo declaro en la factura de la naviera

      Responder
  14. Anónimo dice

    25 agosto, 2015 a las 6:07 pm

    BUENAS TARDES QUE TENGO QUE HACER CUANDO APARECE . " EL COMPROBANTE AUN NO HA SIDO IDENTIFICADO DENTRO DE LOS COMPROBANTES DE COMPRAS? GRACIAS

    Responder
  15. Anónimo dice

    25 agosto, 2015 a las 6:04 pm

    BUENAS TARDES QUE TENGO QUE HACER CUANDO APARECE . " EL COMPROBANTE AUN NO HA SIDO IDENTIFICADO DENTRO DE LOS COMPROBANTES DE COMPRAS? GRACIAS

    Responder
  16. Anónimo dice

    10 agosto, 2015 a las 7:19 pm

    Hola Alguien sabe como cargar los REPORTES Z con 2 alicuotas??? Solo hay que poner el total de la operación, o hay que discriminar ambas tasas??

    Responder
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