La presente versión incorpora la posibilidad de la carga como pago a cuenta del IVA el monto neto de impuesto correspondiente a las compras de reactivos químicos que se encuentran obligados a realizar los titulares de estaciones de servicios y bocas de expendio, distribuidores y fraccionadores de combustibles líquidos, conforme lo previsto en la Ley Nro. 26.111. Vigente a partir del 03/04/2007 según lo establece la R.G. (AFIP) N° 2.210/07.
Novedades:
Incorporación de “Otros Conceptos que Disminuyen el Saldo Técnico”: *Se agregó con vigencia a partir del 01/01/2011 el Código de concepto 06 correspondiente a “Ley 26190 – Producción y uso de fuentes renovables de energía”.
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