Beneficia a contribuyentes de Ingresos Brutos locales y de Convenio Multilateral, comprende al 96,2% de los que tienen saldos a favor en ARBA.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) elevó a $300.000 el monto que los contribuyentes con crédito fiscal pueden solicitar su devolución a través de la página web del organismo, con el objetivo de poder ayudar a paliar los efectos de la pandemia de coronavirus en comercios, profesionales y empresas.
Esta medida, que rige desde el viernes último con su publicación en el Boletín Oficial, beneficia a contribuyentes de Ingresos Brutos,
Incluye a los contribuyentes que estén en Convenio Multilateral, y comprende al 96,2% de los que tienen saldos a favor en ARBA.
Una vez iniciado el trámite digital en www.arba.gob.ar, recibirán la devolución en 72 horas.
El procedimiento exprés, posibilita a las personas humanas y jurídicas tramitar su restitución a través de la web cuando se genere un crédito a favor con el organismo, derivado de los regímenes de retención o percepción.
Sujetos incluidos
La iniciativa, contempla el beneficio para los contribuyentes que sean cumplidores, exhiban buen comportamiento tributario y no estén sujetos a fiscalizaciones vinculadas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Cancelar Deudas
Además, la Agencia generó las condiciones de compensación para que, con los saldos a favor de Ingresos Brutos, los contribuyentes puedan usarlos para cancelar otras deudas propias de impuestos patrimoniales.
Cómo solicitar la restitución o compensación
Para solicitar la restitución o compensación del crédito fiscal, hay que entrar a la página web de ARBA e ir al botón “Gestionar”.

Una vez informada la CUIT y clave fiscal, que da acceso a la aplicación, se debe hacer clic en “Ingresá la demanda de IIBB”.
Todo el procedimiento de devolución está digitalizado, lo cual agiliza las actuaciones administrativas.
IMPORTANTE: Consultar siempre un contador o contadora antes de realizar cualquier trámite ante el fisco.
Más información: RN 044/20 (Complementa RN Nº 017/17) (Complementa RN Nº 034/19)
Les hago una consulta, existe la posibilidad de ceder a un tercero el saldo a favor de ingresos brutos en ARBA? Gracias!!
Alguno pudo hacerlo?
Lamentablemente Imposible hacer el trámite. Todo absolutamente mentira. Te atienden 10 operadores distintos y nunca puedes avanzar.
a mi me dice que tengo diferencia entre lo declarado en iibb y lo declarado en iva pero no los montos ni a q periodo se refieren
Si es algo que no se entiende porque las percepciones que uno toma en las ddjj son las que figuran en la página
es cualquiera, me dice que tengo una diferencia en una percepcion del 2019, pero no me dice cual, ni periodo ni nada, por eso no puedo iniciar el tramite, otra mentira mas
En la misma página de ARBA indica que no se puede hacer para personas jurídicas, solo presencial….
Para Personas Jurídicas, momentáneamente y hasta tanto esté vigente el aislamiento social preventivo y obligatorio, decretado mediante DNU 297/2020, no se podrá iniciar este trámite por requerir etapa presencial.
otra gran mentira…
tal cual! es imposible