• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora recibo UTEDYC CCT 736/16
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

ARBA: contribuyentes con saldos a favor de hasta $300.000 podrán pedir devolución por la web

20 julio, 2020 Por Ignacio 9 comentarios

.

Beneficia a contribuyentes de Ingresos Brutos locales y de Convenio Multilateral, comprende al 96,2% de los que tienen saldos a favor en ARBA.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) elevó a $300.000 el monto que los contribuyentes con crédito fiscal pueden solicitar su devolución a través de la página web del organismo, con el objetivo de poder ayudar a paliar los efectos de la pandemia de coronavirus en comercios, profesionales y empresas.

Esta medida, que rige desde el viernes último con su publicación en el Boletín Oficial, beneficia a contribuyentes de Ingresos Brutos,

Incluye a los contribuyentes que estén en Convenio Multilateral, y comprende al 96,2% de los que tienen saldos a favor en ARBA.

Una vez iniciado el trámite digital en www.arba.gob.ar, recibirán la devolución en 72 horas.

El procedimiento exprés, posibilita a las personas humanas y jurídicas tramitar su restitución a través de la web cuando se genere un crédito a favor con el organismo, derivado de los regímenes de retención o percepción.

Sujetos incluidos

La iniciativa, contempla el beneficio para los contribuyentes que sean cumplidores, exhiban buen comportamiento tributario y no estén sujetos a fiscalizaciones vinculadas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Cancelar Deudas

Además, la Agencia generó las condiciones de compensación para que, con los saldos a favor de Ingresos Brutos, los contribuyentes puedan usarlos para cancelar otras deudas propias de impuestos patrimoniales.

Cómo solicitar la restitución o compensación

Para solicitar la restitución o compensación del crédito fiscal, hay que entrar a la página web de ARBA e ir al botón “Gestionar”.

Una vez informada la CUIT y clave fiscal, que da acceso a la aplicación, se debe hacer clic en “Ingresá la demanda de IIBB”.

Todo el procedimiento de devolución está digitalizado, lo cual agiliza las actuaciones administrativas.

IMPORTANTE: Consultar siempre un contador o contadora antes de realizar cualquier trámite ante el fisco.

Más información: RN 044/20 (Complementa RN Nº 017/17) (Complementa RN Nº 034/19)

Relacionado

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Ingresos Brutos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Florencia dice

    9 agosto, 2023 a las 11:03 am

    Les hago una consulta, existe la posibilidad de ceder a un tercero el saldo a favor de ingresos brutos en ARBA? Gracias!!

    Responder
  3. marina dice

    11 septiembre, 2020 a las 1:19 am

    Alguno pudo hacerlo?

    Responder
  4. Christian Taramasco dice

    22 julio, 2020 a las 10:05 am

    Lamentablemente Imposible hacer el trámite. Todo absolutamente mentira. Te atienden 10 operadores distintos y nunca puedes avanzar.

    Responder
  5. Leonardo dice

    21 julio, 2020 a las 11:46 pm

    a mi me dice que tengo diferencia entre lo declarado en iibb y lo declarado en iva pero no los montos ni a q periodo se refieren

    Responder
  6. Patricia dice

    21 julio, 2020 a las 4:52 pm

    Si es algo que no se entiende porque las percepciones que uno toma en las ddjj son las que figuran en la página

    Responder
  7. Sebastian dice

    21 julio, 2020 a las 11:55 am

    es cualquiera, me dice que tengo una diferencia en una percepcion del 2019, pero no me dice cual, ni periodo ni nada, por eso no puedo iniciar el tramite, otra mentira mas

    Responder
  8. anto dice

    21 julio, 2020 a las 10:47 am

    En la misma página de ARBA indica que no se puede hacer para personas jurídicas, solo presencial….

    Para Personas Jurídicas, momentáneamente y hasta tanto esté vigente el aislamiento social preventivo y obligatorio, decretado mediante DNU 297/2020, no se podrá iniciar este trámite por requerir etapa presencial.

    Responder
  9. sil dice

    20 julio, 2020 a las 10:41 am

    otra gran mentira…

    Responder
    • anto dice

      21 julio, 2020 a las 10:48 am

      tal cual! es imposible

      Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Colppy Un sistema hecho por Contadores, diseñado para contadores.
DASA Contable toda la información en un solo lugar

Etiquetas

2017 (71) Acuerdos Salariales (130) AFIP (1493) AGIP (172) Aguinaldo - SAC (105) ANSeS (511) Aplicativos (198) ARBA (348) Asignación Universal por Hijo (241) Autónomos (112) Bienes Personales (107) bono (87) Calendario de pago (257) Casos Prácticos (203) CNTA (84) Convenio Multilateral (81) coronovirus (89) Escala Salarial (160) Factura Electrónica (77) FAECYS (335) Ganancias (400) Ganancias 4ta Categoría (77) Homologación Acuerdos (118) IGJ (123) Ingresos Brutos (130) IVA (112) Jubilados y Pensionados (198) Mis Facilidades (80) Monotributistas (162) Noticias (87) Paritarias (397) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (174) Plan de Facilidades de pago (157) Recategorización (84) Recibo de Sueldos (195) Resoluciones (424) Sanidad (84) SEC (88) Servicio Doméstico (110) SICOSS (84) SIPA (86) UOCRA (108) UOM (201) UTEDYC (129)
CopiarCódigo AMP

Copyright © 2023 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2023 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR