ARBA extendió, una vez mas, la vigencia de los siguientes regímenes de facilidades de pago has el 29 de febrero.
Por lo que los regímenes para regularizar deudas hasta esa fecha serán:
– Régimen de regularización para deudas de los impuestos sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2014, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial ni en etapa de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.
– Régimen de facilidades de pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores para la regularización de deudas que se encuentren en ejecución judicial
– Régimen de regularización para deudas de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes, hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas.
– Régimen de regularización para deudas de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos correspondiente a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas.
– Régimen especial de regularización de deudas de los contribuyentes provenientes del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario básico y complementario, a los automotores, excepto el que alcanza a las embarcaciones deportivas o de recreación, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, como asimismo las deudas de los agentes de recaudación, provenientes del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas.
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