Índice de Contenidos
ARCA digitaliza el sistema de domicilio fiscal: nueva normativa desde marzo 2026
A partir de marzo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reemplazará el sistema actual de domicilios fiscales por un nuevo régimen completamente digital, con el objetivo de simplificar gestiones, unificar registros y reforzar la seguridad jurídica.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza en la implementación de un nuevo régimen de domicilio fiscal, regulado por la Resolución General 5809/2026.
Este sistema integral entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026 y sustituirá por completo el esquema anterior, consolidando un modelo 100% digital y centralizado.
¿Cómo es el Trámite digital de actualización de domicilio ARCA?
El procedimiento para actualizar el domicilio fiscal será totalmente digital, accesible mediante Clave Fiscal nivel 3 o superior, a través del servicio “Sistema Registral”, dentro del menú “Registro Único Tributario”.
En ese entorno, el contribuyente podrá seleccionar un domicilio previamente validado por ARCA o entidades externas, el cual quedará automáticamente confirmado. En caso de ingresar un nuevo domicilio, será necesario adjuntar una constancia probatoria digitalizada. Mientras se verifica, el domicilio aparecerá como “Declarado por Internet”.
Domicilio fiscal alternativo
La normativa incorpora el concepto de domicilio fiscal alternativo, que tendrá plena validez legal para notificaciones, independientemente del domicilio fiscal principal. Esto asegura a ARCA una vía adicional y efectiva de comunicación con los contribuyentes.
Integración con domicilios aduaneros
El nuevo régimen también unifica la administración de los domicilios especiales exigidos a auxiliares del comercio exterior, permisionarios de depósitos fiscales y operadores aduaneros, permitiendo su gestión dentro del mismo sistema digital.
Los domicilios especiales deberán declararse o actualizarse dentro de los 10 días hábiles desde el cambio, utilizando el sistema “Sistema Registral – Registro Único Tributario – Domicilios – Modificar”, seleccionando la opción correspondiente (“Especial Aduana” o “Locales y Establecimientos”).



Deja una respuesta