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Durante dos meses no habrá aportes personales para la jubilación por hasta 2.000 pesos. Alcanzará a salarios que no superen los 60.000 pesos.
El Poder Ejecutivo Publicó hoy el decreto 561/19, que establece una serie de medias con el fin de aliviar la situación económica por la que atraviesan el país, y en especial los trabajadores.
Según el decreto, el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia al SIPA, que se devengue durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, será financiado por el estado en una suma equivalente a $2.000 mensuales o al 00% de su valor, lo que resulte menor
Lo que significa que los empleadores que tengan a su cargo el pago de la remuneración detraerán del descuento que les corresponda practicar del 11% de jubilación.
Recordemos que, todo asalariado, sin tener en cuenta aportes sindicales, aporta:
- 11% de Jubilación <—
- 3% de Ley 19.032
- 3% de Obra social
Es el 11% el que no se retendría al trabajador, por lo cual tendría un mayor neto a cobrar.
Topes
Pero, la medida solo alcanzaría a quienes tengan salarios brutos de hasta $60.000 mensuales, con un tope de $2.000 en la exención.
Además, solo será para los meses devengados de agosto (se cobra en septiembre) y septiembre (se cobra en octubre).
Veamos un ejemplo, un empleado de comercio, en Septiembre 2019 tendría este recibo:
En este caso, el aporte del trabajador al SIPA es de $4.091,43 (37.194,80 x 11%). Sobre ese importe, hasta 2000 pesos, no se retendrán, por lo que el trabajador tendrá un ingreso neto de hasta 2.000 pesos.
Para este caso, el ingreso neto a cobrar pasaría de$ 29.841,81 a 31.841,81 pesos.
Por lo tanto, quienes tengan un bruto de 18.181,81 pesos o mas, tendrán un ingreso extra de hasta 2.000. Debajo de ese bruto, el ingreso será menor.
Liquidación de los 2.000 pesos decreto 561/19 – Quincena
Jornada Parcial o reducida
Para los contratos a tiempo parcial, el importe de 2000 pesos se proporcionará al tiempo trabajado considerando la jornada habitual de la actividad.
También deberá efectuarse la proporción que corresponda, en aquellos casos en que, por cualquier motivo, el tiempo trabajado involucre una fracción inferior al mes.
Por último, hay que tener en cuenta que la AFIP debe reglamentar la medida.
Otras medidas
Ganancias
Se incrementa en un 20% los importes de las deducciones contempladas en los incisos a) y c) del primer párrafo del artículo 23 de la ley de Impuesto a las Gannacias, vigentes para el período fiscal 2019.
La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este Decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca la AFIP.
Anticipos
Se reduce en 50% los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del Ejercicio 2019.
Monotributo
Se bonifica el impuesto integrado de septiembre de 2019, para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que hayan cumplido con el ingreso de las cuotas del impuesto de los períodos de enero a agosto de este año.
Adriana dice
Si no me estan haciendo los aportes jubilatorios ,como cobro los $2000??
Luis Lerena dice
Buenas tardes Ignacio. Mi empleada domestica trabaja para mi 3 dias por semana y para otro empleador
El bono de 3000 lo paga cada uno, o sea recibe 6000 o le pagamos la mitad cada uno ??
karina dice
hola ignacio, soy empleada de comercio y trabajo 32hs semanales, el mes pasado me vino los 1500$ y este mes 500$ xq dicen que me corresponde 2000$ . esta bien??
Beatriz Godoy dice
Buenas tardes…trabajo de limpieza de oficinas …15 horas semanales…..no me pagaron ese beneficio…me corresponde?…qué importe? Por favor espero su respuesta.
Flores Gustavo dice
Consulta , las sifras son ficticias … Si cobras 10000 de bruto y 4000 de no remunerativo… El 17 % de descuentos deben ser sobre los 10000 o sobre los 14000 ????
Luli dice
Hola! les corresponde este bono a las empleadas domesticas? Por favor, lo aclararías??
Carolina Salinas dice
Buenos dias
Un empleado que tiene remunerativo $44000, no rem $38500 y sufre retención de ganancias. en el mes de agosto le corresponde el beneficio de $2000 y ademas la devolución de retenciones de ganancias por la modificación en el calculo de retención de ganancias? o solo es se aplica un beneficio por empleado?
Muchas gracias
Buenos días Ignacio
En el caso que un empleado tenga $44048.86 de remunerativo y $38481.65 de no remunerativo, le corresponde el beneficio de los $2000? Para el tope de $60000 sobre remuneracion imponible se tiene en cuenta la suma remunerativa y no remunerativa o solo la remunerativa?
Muchas gracias
Hola,consulta..a una empleada domestica con 12 horas semanales trabajadas y un sueldo de 12,000$ le corresponde l bono de los 2000$ se paga ahora en Septiembre? Seria en 2 veces?set/oct?
A mi marido le dijeron q no le corresponde porq supera el bruto (aclaro q no lo supera)…la semana q viene va a hacer el reclamo…y habrà q leer las letras chicas?
Esto incluye para maestranza ?
Hola soy personal de casas particular.estoy en blaco o sea en telacion de dependencia,me corresponde el bono?
Hola, en el caso de quincenales, si abona en la segunda quincena, a muchos los perjudican porque al hacer la sumatoria de aportes, a muchos no les va a corresponder el monto, segun su sueldo, en vez por quincena cobraria practicamente los $ 1000 en la primera y despues se veria lo que corresponde d la segunda
Hola buenas tardes, consulta, si la persona en el mes tiene variables ,pagos que no son habituales por ejemplo, bonos, incentivos o una persona esta de baja y se fue el 31/08 y se le paga SAC y pasa de los 60, debemos tomar solo los conceptos fijos para pagar los 2 mil? Es decir no sumamos las variables, ese SAC para la baja?