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Asignación Familiar por Maternidad

21 abril, 2009 Por Ignacio 330 comentarios

Índice de Contenidos

  • Qué es?
  • ¿Cuánto se percibe?
  • ¿Quien lo cobra?
  • FALLECIMIENTO DE LA TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
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  • Relacionado
ASIGNACIÓN FAMILIAR POR MATERNIDAD/MATERNIDAD DOWN- Beneficiarios de SUAF

Qué es?

Consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto. Además, corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad en los siguientes casos:
* Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación. * Alumbramiento sin vida. * Nacimiento anticipado durante la Licencia pre-parto: los días faltantes se adicionan al período post-parto. * Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto, por los noventa (90) días de la Licencia post-parto. * Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto. También, para las trabajadoras de temporada: * Cuando el período de Licencia pre-parto se hubiere iniciado durante la temporada, a pesar de la finalización de ésta. * Cuando se inicie la Licencia pre-parto dentro del período en el que se encuentre gozando de la Licencia Anual Ordinaria.

¿Cuánto se percibe?

Ver Tabla de Montos vigentes
En el caso de remuneraciones fijas se abonará una suma de dinero igual a la remuneración que la trabajadora hubiera debido percibir en su empleo. En el caso de remuneraciones variables (entiéndase por remuneraciones variables a aquellas que difieran entre sí en su monto bruto, cualquiera sea el motivo de dicha diferencia) se abonará una suma de dinero que se obtiene del promedio de las remuneraciones declaradas por el empleador ante AFIP correspondiente a los tres (3) meses anteriores al comienzo de la Licencia por Maternidad. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.

¿Quien lo cobra?

Trabajadoras en relación de dependencia o beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. ¿Cómo se hace el trámite? Presentar la documentación respectiva ante ANSES, con anterioridad al inicio de la Licencia por Maternidad
IMPORTANTE Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas. Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP. Requisitos que debe reunir * Ser trabajadora en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o una beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares. * Presentar la documentación correspondiente ante ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad o Licencia por Maternidad Down. * Contar con una antigüedad mínima y continuada en cada uno de los empleos de tres (3) meses a la fecha de inicio de la Licencia por Maternidad. La trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibe esta Asignación Familiar por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto y/o post-parto, a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad requerida. * La trabajadora permanente debe encontrarse en relación de dependencia al momento de comenzar la Licencia por Maternidad. * La trabajadora de temporada debe estar con prestación efectiva de servicios al momento de iniciar la Licencia por Maternidad. * Podrá percibir esta Asignación Familiar por cada uno de los empleos. Topes remunerativos * No rige tope mínimo ni máximo de remuneraciones para el cobro de esta Asignación Familiar. Documentación a presentar * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad. El Rubro 6 – “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por copia autenticada por el empleador del certificado médico con el que la trabajadora le notificó su estado de embarazo y le solicitó la Licencia por Maternidad. * Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de Defunción: Debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo. En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico. Asignación Familiar por Maternidad Down: * Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad Down. El Rubro 7 – “Exclusivo Maternidad Down” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro.
SE RECOMIENDA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ANTE ANSES CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD / MATERNIDAD DOWN PARA QUE LA LIQUIDACIÓN PUEDA EFECTUARSE DURANTE EL TRANSCURSO DE LA LICENCIA RESPECTIVA.

ACLARACIONES En los casos de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la trabajadora en relación de dependencia tiene derecho a seis (6) meses de Licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del período de prohibición de trabajo por Maternidad. Durante este período la trabajadora percibe una Asignación Familiar cuyo monto es igual al percibido en concepto de Asignación Familiar por Maternidad y es cobrada en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que la Asignación Familiar por Maternidad.

FALLECIMIENTO DE LA TITULAR DE LA PRESTACIÓN:

 Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso: * Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular. * Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado. *Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: ANSeS

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: ANSeS, Licencia por Maternidad

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    7 enero, 2016 a las 5:17 am

    Ignacio volví a mi trabajo diario en la empresa hace tres meses y me descontaron hace 2/meses del sueldo del aguinaldo y de un premio compañía que da la empresa por haber vuelvo por licencia de maternidad es correcto esto? Le agradeceré su respuesta pronto.

    Responder
  2. Unknown dice

    14 diciembre, 2015 a las 1:35 pm

    Ignacio en el caso de la educacion privada, una docente entro con licencia por maternidad, la asignacion la paga la institucion, pero la duda es como va el recibo, es decir si durante ese periodo correponden las retenciones o no???

    Responder
  3. Anónimo dice

    28 junio, 2015 a las 2:05 am

    Hola ignacio! una consulta mi empleador todavia no presento los papeles para mi ley por maternidad y ya hace una semanaa qe tuve a mi bb.. Todavia ella esta a tiempo de presentar los papeles o ya no? Y quien deberia presentarlos a esos papeles ella o yo? desde yaa gracias!!!

    Responder
  4. Anónimo dice

    8 junio, 2015 a las 2:24 pm

    Ignacio, buenos dias… Queria saber si mi obstetra me da reposo y este se interpone con la licencia Anses. El mes de licencia de anses se acumula luego del parto? Gracias

    Responder
  5. Anónimo dice

    13 marzo, 2015 a las 6:56 pm

    HOLA IGNACIO, TENGO UNA EMPLEADA QUE COMIENZA LA LICENCIA POR MATERNIDAD EL DIA 15/03/2015. HASTA EL DIA 14 DEBE PAGARLO EL EMPLEADOR CON LAS CARGAS SOCIALES Y CONSIGNAR ESE PAGO EN EL F. 931, MI PREGUNTA ES ¿COMO INFORMO EL VALOR PARA QUE EL ANSES LE PAGUE LA ASIGNACION?, TENGO TEMOR DE HACER ALGO INDEBIDO Y DIGAN POR PARTE DEL ANSES QUE YA SE LE HA PAGADO. NO SE COMO COMPLETAR EL F.931.
    GRACIAS, GLADYS

    Responder
  6. Anónimo dice

    15 febrero, 2015 a las 1:15 am

    Hola ignacio …mi nombre es yesica.mi pregunta es ..yo mi licencia de maternidad el 3 de marzo..pero mi bebe se adelanto y nacio el 12de febrero ..debo presentar otro formulario al anses ya ke mi bebe nacio prematuro ..o que es lo ke debo hacer..desde ya muchas gracias..por tu respuesta..te dejo mi correo [email protected]

    Responder
  7. lucia dice

    13 febrero, 2015 a las 3:54 am

    hola ignacio, yo comence mi licencia el 10-10-2014,mi bebe nacio sin vida, la licencia era hasta el 12 de enero y luego metocaron mis vacaciones… anses me pago asi
    periodo 10/14 : anticipo asignacion, asignacion por hijo (mi gijo de 6 años), asignacion prenatal.
    periodo 11/14: anticipo asignacion maternidad, asignacion por hijo, asignacion familiar por maternidad,asignacion prenatal, ajuste asignacion maternidad, descuento anticipo asig. maternidad
    periodo 12/14: anticipo asignacion por maternidad, asignacion familiar por maternidad, descuento anticipo asignacion maternidad

    en el periodo 12/14 me pagaron 6.394,88 de anticipo asignacion familiar, 21.316,25 de asignacion familiar por maternidad, y me descontaron 21.316,25… dice que es descuento es del anticipo, pero a mi me descontaron la asignacion, solo cobre los 6.394,88

    Responder
  8. Angie dice

    2 febrero, 2015 a las 2:07 pm

    Hola soy Angie necesitó saber que hago, mi licencia por maternidad se termina a principio de marzo y estos tres meses ANSES todavía no me deposito mi sueldo, que tengo que hacer? Trate de comunicarme por teléfono pero es imposible que algún representante te atienda. Comoo que tengo que hacer?

    Responder
    • Ignacio dice

      2 febrero, 2015 a las 3:41 pm

      Hola Angie, insistir con el 130 o presentarte en ANSES

      Responder
  9. cynthia rojas dice

    15 enero, 2015 a las 9:46 am

    Hola Ignacio te hago una pregunta generalmente el primer mes se cobra mitad anses y mitad empleador, pero los otros dos meses no son completos por el anses? Diciembre cobre casi el dobre y este mes que es el ultimo no. Mi licencia termino el 10/01/2015 y cobré hoy 15/01/2015 menos de lo que cobro en mi trabajo porque? Si la licencia trascurrio normal? Muchas gracias

    Responder
  10. Eugenia dice

    5 enero, 2015 a las 5:13 pm

    Hola quería saber si puedo poner el cbu de una cuenta de mi marido dado que yo no tengo cuenta gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    3 diciembre, 2014 a las 5:06 pm

    Buenas tardes, duarante el periodo de licencia por maternidad en el cual se cobra el sueldo traves de Anses, quien me emite el recibo de haberes correspondiente, Anses o mi empleador? Gracias.

    Responder
  12. Anónimo dice

    25 septiembre, 2014 a las 8:54 pm

    Hola. a mi me depositaron una pequeña cantidad en mi cuenta y me figura como Anses Suaf
    Transferencia S.N.P. quiero saber que significa. gracias

    Responder
  13. SANDRA MIRANDA dice

    20 agosto, 2014 a las 11:18 am

    Hola, quisiera saber si debido a que mi empleador esta atrasado con el pago de Afip, solo estoy percibiendo $ 134 por cada uno de mis hijos, cuando segun la escala por lo que figura en el recibo debiera ser 3 veces mas. El dinero que no me han pagado puedo recuperarlo? Muchas gracias

    Responder
  14. Anónimo dice

    11 agosto, 2014 a las 9:25 pm

    Hola Ignacio, una consulta. cuando ya esta cursando la licencia por maternidad, y al nacer el bebe se detecta el síndrome down, hay que volver a presentar en ANSES el formulario para cambiar la licencia por maternidad down? y en vez de ser tres meses de licencia, seria 6 meses o se suman y quedan 9 meses de licencia combinada? saludos.

    Responder
  15. Anónimo dice

    4 agosto, 2014 a las 9:21 pm

    Hola Ignacio, mi empleador se equivocó en la fecha que entré por licencia por maternidad, y la informó mal en el 931. Con una rectificativa del mimo es suficiente? Esoes lo que me dice él, pero Anses no quiere abonarme la licencia por este tema.

    Responder
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