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¿Qué es la Asignación Por Prenatal?
Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿Cuánto se percibe la Asignación por Prenatal?
Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.
Montos vigentes desde diciembre 2019
¿Quiénes cobran la Asignación por Prenatal?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de Temporada.
- Trabajadores monotributistas.
- Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.
- Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
¿Qué requisitos se deben reunir?
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- Para trabajadores en Relación de Dependencia o Trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgo de Trabajo necesitarán contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses al momento de la concepción a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores .
- Trabajadores de Temporada. Necesitarán tener una antigüedad mínima de 3 meses, justificando esta con distintos empleadores durante los 12 meses anteriores al inicio de a la actual actividad laboral
- Trabajadores monotributistas. Tener inscripción entre las categorías A a I, y contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción, la antigüedad puede computarse si inmediatamente antes de la inscripción ha cobrado prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia a fin de cobrar la totalidad de la prestación, en caso que no cuente con este requisito, se abonará el prenatal al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será el quien deberá realizar el tramite
- No tener más de 30 semanas de embarazo, posterior a esta semana solo se abonará las cuotas desde que se tramite el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes
IMPORTANTE: Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Antigüedad en el empleo: Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.
¿Qué Documentación debo presentar para la Asginación por Prental?
El trabajador en relación de dependencia y titular de la prestación de la ley de riesgos del trabajo de empresas incorporadas a SUAF y del trabajador monotributista de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”.
- Para la percepción íntegra de esta asignación debe presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.
- Si la presentación se efectúa con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
- El Rubro 6 puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además nombre y apellido y tipo y número de documento de identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
- La documentación ante ANSES puede ser presentada por cualquier persona, completando los datos referidos a esa persona en el Rubro 9 – “Representante” del Formulario PS.2.55.
- Los trabajadores monotributistas están exceptuados de la cumplimentación del Rubro 3 y 10 en cuanto a los datos y firma de la empresa y dentro del Rubro 4 al campo “Cantidad de Cuotas Abonadas por el Empleador”.
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o defunción: luego de ocurrido el parto cuenta con ciento veinte (120) días para presentar el certificado.
Importante:
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.
Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
- Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
- Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.
Fuente: anses.gob.ar



Hola Juliana, no, no se pude, los monotributistas no están incluidos
Hola:quisiera saber si puedo cobrar la asiganacion familiar,mi marido no tiene trabajo y yo soy monotributista de la categoria mas baja,tenemos 4 hijos todos en edad escolar,por favor espero tu respuesta..Juliana
Hola, pero que tipo de trámite hizo? Para la asignación universal no llega ninguna carta. Ampliame un poco mas la situación?
hola ignacio mi tia ya llevo los papeles que le pedian para hacer el tramite le dijeron que le iba a llegar una carta doc pero nunca llego ella tiene un nene discapasitado y quiere saber si ya puede cobrar como puede hacer para sabber?
Hola, si tenés cuenta sueldo o algún otro tipo de cuenta, no tenés que hacer nada, tu empleador tiene que cargar los datos en la afip. Si no tenés cuenta, tenés que ir a la ANSES para optar por alguna boca de pago, suele ser el Correo argentino o algún banco.
Hola Ignacio, me empleador me dijo que la empresa "ya la cargó al SUAF" y que tengo que ir a ANSES a cobrar la asignación familiar para mi hija de 12 años. Mi hija tiene domicilio en Avellaneda en el DNI. Cómo inicio el trámite? Tengo que ir a ANSES Avellaneda? Cómo se cobra?
Hola, si la empresa está en el SUAF, puede que tarde uno o dos meses. Si es pago directo, deberían pagártelo con la próxima liquidación.
Buenas, necesito saber quien debe pagarme el prenatal, trabajo en una escuela privada en provincia de buenos aires y en deportes de la ciudad tengo un contrato anual. Quien me lo tiene q pagar? En caso q me lo tramiten ambos q debo hacer?
hola soy vale y quisiera saber cuando empiezo a cobrar el prenetal ya hice todos los papeles esyoy de cinco meses.gracias
Hola lorea, son 600 pesos.
hola ignacio soy lorea y keria saber cuanto estan pagando por nacimiento. muchas gracias
Hola andrea, te dejo el link para consultar:
http://auh.anses.gob.ar/Principal.aspx
hola ignacio!te queria preguntar como hago para saber donde cobro la asignacion universal porque eh preguntado por msj y me responden que el dia 11/12 pero no me dice en donde y por telefono es imposible comunicarme porque da ocupado todo el dia.gracias.
Hola, por favor explicame un poco mas claramente la situación porque no la entiendo del todo.
Tu actual marido cobra asignaciones familiares?
hola soy dueña de casa y fiu al municipio de mi comuna para solicitar carga familiar para mi hijo y para mi, digeron que no me corespondia por el motivo de que tengo una hija fuera de mi matrimonio y que el papa me tenia de carga a mi . pero el ya fallecio mi duda es por que me dijeron eso si desde que me case con mi actual esposo el me cobraba el familiar a mi y a mi hijo como puedo aberiguar esa duda si con el papa de mi hija no hera casada no entiendo que puedo haser muchas gracias por escucharme y porfabor aconsejenme
Hola Romina, te dejo el siguiente calendario para la acreditación en CBU, son 180 pesos:
15 de diciembre: grupo I (documentos terminados en 0 y1).
Día 16: grupo II (documentos terminados en 2 y 3). Día 17: grupo III (documentos terminados en 4 y 5). Día 18: grupo IV (doc. term en 6 y 7). Día 21: grupo V 8 (documentos terminados en 8 y 9).
Fecha de inicio de pago: 15 de diciembre, grupo I (documentos terminados en 0 y 1). Día 16: grupo II (doc. term en 2 y 3).
Día 17: grupo III (documentos terminados en 4 y 5). Día 18: grupo IV (documentos terminados en 6 y 7). Día 21: grupo V (documentos terminados en 8 y 9).
Del 22 al 5 de enero de 2010, todas las terminaciones.
Anses recuerda que la asignación familiar por maternidad se acredita el primer día de pago independientemente de la terminación del DNI.