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ANSES dispone una nueva prórroga por un año más el plazo previsto para la presentación presencial de solicitudes vinculadas con la Asignación por Embarazo para Protección Social.
ANSES publicó la Resolución 194/2026, mediante la cual prorroga hasta el 2 de julio de 2027, inclusive, el plazo previsto para la presentación presencial de solicitudes vinculadas con la Asignación por Embarazo para Protección Social, en determinados casos.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial el 6 de julio de 2026 y extiende el plazo que había sido fijado originalmente por la Resolución 1273/2024 y luego prorrogado por la Resolución 259/2025.
Según los fundamentos de la norma, la prórroga se debe a que aún no finalizaron las acciones destinadas a optimizar los mecanismos de intercambio de información entre el Ministerio de Salud y ANSES.
Qué resolvió ANSES
La Resolución 194/2026 prorroga hasta el 2 de julio de 2027, inclusive, el plazo establecido en el artículo 4° de la Resolución 1273/2024.
Ese plazo ya había sido extendido hasta el 2 de julio de 2026 por la Resolución 259/2025.
Ahora, ANSES dispone una nueva prórroga por un año más.
A quiénes alcanza la prórroga
La medida alcanza a los casos en los que ANSES no cuente con la información correspondiente a las personas embarazadas inscriptas en el Programa Sumar.
En esas situaciones, las personas gestantes deberán presentar en forma presencial ante las oficinas de ANSES las solicitudes correspondientes.
Es decir, la presentación presencial no aplica en todos los casos, sino cuando el organismo no tenga disponible la información necesaria a través del intercambio de datos con el Ministerio de Salud.
Qué es la Asignación por Embarazo para Protección Social
La Asignación por Embarazo para Protección Social es una prestación monetaria no retributiva mensual que se abona a la persona gestante desde el inicio del embarazo hasta su interrupción o nacimiento del hijo.
La prestación no puede exceder las 9 mensualidades y debe solicitarse a partir de la semana 12 de gestación.
Este beneficio forma parte del Régimen de Asignaciones Familiares previsto por la Ley 24.714.
Desde cuándo se puede solicitar
La solicitud de la Asignación por Embarazo debe realizarse a partir de la semana 12 de gestación.
La prestación se abona desde el inicio del embarazo hasta el mes de su interrupción o nacimiento, inclusive, siempre que no supere las 9 mensualidades.
Cómo se paga la Asignación por Embarazo
La Ley 24.714 establece que, entre la semana 12 y la última semana de gestación, se liquida mensualmente el 80% del monto previsto para la asignación.
El 20% restante se paga una vez finalizado el embarazo, en un único pago, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.
Qué pasa con el 20% retenido
El 20% acumulado de la Asignación por Embarazo se liquida cuando se acredita:
- la finalización del embarazo mediante partida o certificado de nacimiento;
- partida o certificado de defunción, si correspondiera;
- certificado médico de interrupción del embarazo, según el caso;
- cumplimiento de los controles médicos de seguimiento previstos en el Programa Sumar.
Por lo tanto, para cobrar el 20% retenido, no alcanza solo con haber percibido la asignación mensual: también deben acreditarse los controles médicos correspondientes.
Por qué se prorroga el trámite presencial
ANSES explicó que subsisten las razones que dieron origen a las medidas anteriores, ya que todavía no concluyeron las acciones destinadas a optimizar el intercambio de información entre el Ministerio de Salud y el organismo previsional.
Por ese motivo, se mantiene la posibilidad de requerir la presentación presencial cuando ANSES no tenga la información necesaria sobre la persona gestante inscripta en el Programa Sumar.
Hasta cuándo rige la prórroga
La nueva prórroga rige hasta el 2 de julio de 2027, inclusive.
Esto significa que, hasta esa fecha, en los casos en los que ANSES no cuente con la información correspondiente, la persona gestante deberá realizar la presentación presencial ante el organismo.
Qué documentación puede ser necesaria
Si bien la resolución no detalla en este texto toda la documentación operativa, en este tipo de trámites puede resultar necesario contar con documentación que permita acreditar la situación de embarazo, la inscripción correspondiente y los controles médicos exigidos.
Por eso, antes de concurrir a una oficina de ANSES, conviene verificar el turno, los requisitos vigentes y la documentación actualizada solicitada por el organismo.
Dirección de Procesos y Normas
La Resolución 194/2026 también faculta a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas para dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación operativa de la medida.
Esto significa que ANSES podrá emitir instrucciones internas o complementarias para aplicar correctamente la prórroga.
Qué deben tener en cuenta las personas gestantes
Quienes soliciten la Asignación por Embarazo deben tener en cuenta:
- la solicitud puede realizarse a partir de la semana 12 de gestación;
- el pago mensual corresponde al 80% del monto de la asignación;
- el 20% restante se cobra al finalizar el embarazo;
- para cobrar el 20% se deben acreditar controles médicos;
- si ANSES no cuenta con la información del Programa Sumar, puede requerirse presentación presencial;
- la prórroga de este esquema rige hasta el 2 de julio de 2027.
ANSES prorrogó hasta el 2 de julio de 2027 el plazo para que, en determinados casos, las personas gestantes deban presentar en forma presencial las solicitudes vinculadas con la Asignación por Embarazo para Protección Social.
La medida se aplica cuando el organismo no cuenta con la información correspondiente a las personas embarazadas inscriptas en el Programa Sumar.
La Asignación por Embarazo se solicita desde la semana 12 de gestación, se paga mensualmente en un 80% y el 20% restante se abona al finalizar el embarazo, siempre que se acrediten los controles médicos requeridos.
Preguntas frecuentes
¿Qué establece la Resolución 194/2026 de ANSES?
Prorroga hasta el 2 de julio de 2027 el plazo para la presentación presencial de solicitudes vinculadas con la Asignación por Embarazo, en los casos en que ANSES no cuente con información del Programa Sumar.
¿La presentación presencial es para todos los casos?
No. Aplica cuando ANSES no tiene la información correspondiente a las personas embarazadas inscriptas en el Programa Sumar.
¿Hasta cuándo rige la prórroga?
Hasta el 2 de julio de 2027, inclusive.
¿Desde cuándo se puede solicitar la Asignación por Embarazo?
Desde la semana 12 de gestación.
¿Cuántos meses se puede cobrar?
Se abona desde el inicio del embarazo hasta la interrupción o nacimiento, sin exceder 9 mensualidades.
¿Cuánto se cobra mensualmente?
Mensualmente se liquida el 80% del monto de la asignación.
¿Cuándo se cobra el 20% restante?
El 20% restante se paga al finalizar el embarazo, en un único pago, siempre que se acrediten los controles médicos previstos en el Programa Sumar.
¿Por qué ANSES prorrogó el plazo?
Porque todavía no finalizaron las acciones destinadas a optimizar el intercambio de información entre el Ministerio de Salud y ANSES.



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