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Asignaciones Familiares: Ayuda Escolar Anual, pasos a seguir para cobrarla (SUAF)

3 enero, 2010 Por Ignacio 601 comentarios

Trámites para cobrar la Ayuda escolar para Trabajadores pertenecientes a SUAF

El SUAF es el mecanismo por el cual ANSES liquida y abona las Asignaciones Familiares en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. De esta forma, el Estado Nacional le quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado de las asignaciones. Mediante este Sistema efectúa los controles de derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y las efectiviza, en caso de corresponder. SUAF está suplantando paulatinamente al Sistema de Fondo Compensador.

Ayuda Escolar Anual
Consiste en el pago anual de una suma de dinero por escolaridad que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que tenga derecho al cobro de la asignación por hijo o hijo con discapacidad, cuando éste concurra al Nivel Inicial (en el caso de aquellos que cuentan con autorización expresa de ANSES para el cobro de la Asignación Familiar por hijo con discapacidad), EGB o Polimodal.

También podrán percibirla cuando sus hijos con discapacidad reciban Educación Especial o Rehabilitación. Se considera Nivel Inicial a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial. Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores o curadores a la persona.

Pasos a seguir

Todos aquellos trabajadores bajo relación de dependencia que perciban la Ayuda Escolar “en forma masiva”, es decir, todos aquellos trabajadores que estén en condiciones de percibirlo si cumplen con los requisitos exigidos para el cobro, lo harán a través de ANSES, mediante depósito en cuenta bancaria, o pueden percibirlo directamente en banco o por estafeta postal, y no tendrán necesidad de presentar certificado escolar alguno.
En cambio, deberán presentar ante ANSES dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo / rehabilitación / educación diferencial, quienes no hayan percibido en esos meses dicha asignación por parte de este Organismo.
Sólo deberán presentar ante ANSES, el Formulario PS 2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – SUAF” cumplimentado en todos sus Rubros o el Formulario PS 2.51 cumplimentado en lo que respecta a los Rubros 1, 5 (de corresponder) y 6 y el certificado escolar de inicio del ciclo lectivo 2009 o el certificado de inicio de Tratamiento de Rehabilitación y / o Enseñanza Diferencial; dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo o de iniciado el tratamiento de rehabilitación y / o enseñanza diferencial respectivamente, independientemente de la provincia en la que se encuentre el Establecimiento Educativo; los trabajadores que no hubieran percibido la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en forma anticipada (pago masivo) con los devengados del mes de Enero o Febrero de 2009.

Importante
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.

Requisitos que debe reunir

DEL TITULAR
Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.
Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad.
En caso de haber percibido la asignación familiar en forma automática no deberá presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
En caso de no haber percibido la asignación familiar en forma automática deberá presentar ante una Unidad de Atención de ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación la documentación detallada en el item “DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR” de la presente cartilla.
El monto de estas Asignaciones Familiares está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.

DEL HIJO
Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
Que el hijo concurra regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial.

DEL HIJO CON DISCAPACIDAD
Que el hijo con discapacidad, que cuente con Autorización expresa de ANSES, cualquier sea su edad, concurra a Establecimientos Educacionales donde se imparta Nivel Inicial, Educación General Básica, Polimodal o Enseñanza Diferencial o a Establecimientos Oficiales o Privados controlados por autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, o cuando reciban Enseñanza Diferencial impartida por maestros particulares que posean matrícula habilitante o impartida individualmente aunque la misma no se realice en Establecimientos Oficiales o Privados.

FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
• Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.

Documentación que debe presentar

  • En caso de haber percibido la asignación familiar en forma automática no debe presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
  • En caso de no haber percibido la asignación familiar en forma automática deberá presentar ante una Unidad de Atención de ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación:
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares” cumplimentado en todos sus Rubros, u
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares” cumplimentado en lo que respecta a los Rubros 1, 5 (de corresponder) y 6 al que se le deberá adjuntar el original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo expedido por:

• la Escuela o
• Establecimiento Educacional o
• Maestro Particular o
• Centro o Instituto de Rehabilitación, del que debe surgir:

– Identificación de la Escuela, Instituto o Establecimiento Educacional;
– Nombre y apellido del alumno;
– Fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado, con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento;
– Nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado;
– Fecha de emisión;
– Sello del Establecimiento con los datos institucionales;
– Firma de la Autoridad competente.

Ayuda Escolar: Tabla de Montos vigentes desde el 01/10/2009

Aclaración: Entiéndase por “Remuneración” para la lectura de la presente tabla al monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual más la Asignación Familiar por Maternidad –esta última de corresponder- excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo.

Fuente: ANSES

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Publicado en: Asignaciones Familiares, Sin categoría Etiquetado como: Ayuda Escolar

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    8 mayo, 2011 a las 2:50 pm

    Hola Jesica , no hay ayuda escolar para quienes cobran la asignación universal.

    Hola María, si cobra con tarjeta, por cajero si tenés la clave

    Responder
  3. Anónimo dice

    5 mayo, 2011 a las 6:56 pm

    hola soy maria estoy casada y mi marido esta internado como hago para cobrar los salarios en el banco

    Responder
  4. Jesica dice

    25 abril, 2011 a las 11:29 pm

    Hoola ignacio, Mi pregunta es, Yo cobro la Asignacion familiar, xqe tengo un nene, soy soltera, desempleada y el nene empezo el jardin, quisiera saber si asi aun puedo cobrar la ayuda escolar. Te dejo mi correo [email protected] GRACIAS =)

    Responder
  5. Ignacio dice

    21 abril, 2011 a las 9:40 pm

    Hola Carina, es lo que está explicado en el artículo.

    Responder
  6. Anónimo dice

    21 abril, 2011 a las 6:06 pm

    hola soy carina m.. quisiera saber como es la ayuda escolar .. yo cobro la asignasion y mi nene va a noveno año..

    Responder
  7. Ignacio dice

    21 abril, 2011 a las 2:53 pm

    Hola Nahiara, la informaicón está publicada en el artículo.

    Hola Claudia, si cobrás la Asignación universal, comenzará a cobrar eél. Si lo que conbrás es la asignación familiar porque trabajás en blanco, seguirás cobrando vos

    Responder
  8. Anónimo dice

    21 abril, 2011 a las 1:50 pm

    hola me llamo claudia y queria hacerte una pregunta yo estoy cobrando la asignacion x mis tres hijas .ami marido lo van a blanquer en el trabajo y queri saber si voy a seguir cobrando yo o le van a pasar a el en el recibo de sueldo o no .sin mas q decir muchas gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    19 abril, 2011 a las 3:32 am

    hola me llamo nahiara la empresa q trabajo esta aderida al suaf lo que queria saber es que debo precentar aparte del formulario ps 2.51 que me pide anses el dia del turno muchas gracias

    Responder
  10. Anónimo dice

    19 abril, 2011 a las 3:29 am

    hola la empresa q trabajo esta aderida al suaf lo que queria saber es siaparte del formulario ps 2.51 que mas debo precentar en anses
    desde ya muchas gracias

    Responder
  11. Ignacio dice

    10 abril, 2011 a las 9:03 pm

    Hola Fabiana , tenés que hacer el reclamo en la ANSES por este tema, son cuestiones adminstrativas de la ANSES de las que yo no tengo información.

    Hola Gabriela, sos cuestiones de errores adminsitrativos que solo te pueden resolver en la ANSES, tenés que seguir insistiendo, no queda otra.

    Sobre la ayuda escolar: http://ignacioonline.blogspot.com/2011/02/ayuda-escolar-2011-la-anses-pagara-la.html

    Hola Nancy, no se que es un "certificado único escolar," a que se refiere?

    Hola Mauro,
    Sobre la ayuda escolar: http://ignacioonline.blogspot.com/2011/02/ayuda-escolar-2011-la-anses-pagara-la.html

    Hola Morena, una vez presentada la libreta, si cumple con los requisitos, no debería demorarse el pago. Cuándo? no lo se, eso depende de la ANSES, si se demora mucho tiempo habrá que hacer el reclamo

    Responder
  12. Anónimo dice

    9 abril, 2011 a las 7:29 pm

    hola soy morena.quisiera saber cuando empiezan a pagar lo acumulado de la asignacion ya que estamos en abril y supuestamente es uan ayuda escolar y las clases ya empezaron.

    Responder
  13. Anónimo dice

    3 abril, 2011 a las 7:04 pm

    Hola soy docente de nivel secundario.cuando nacio mi hijo hace dos años y medio presente los papeles y cobre con normalidad el salario familiar por hijo.HACE TRES MESES DEJARON DE PAGARMELO. TENIA QUE HABER PRESENTADO ALGUN PAPEL EL AÑO ANTERIO.??

    Responder
  14. Anónimo dice

    29 marzo, 2011 a las 11:59 pm

    hola,soy mauro.
    queria saber si para cobrar la ayuda escolar tengo que presentar el certificado de la escuela a mi empleador o a anses?
    y se tiene que presentar todos los meses,y años?
    y otra pregunta,tenes yn tiempo para tramitar lo del nacimiento?
    gracias,abrazos!!

    Responder
  15. Anónimo dice

    29 marzo, 2011 a las 11:54 pm

    hola,soy mauro.
    queria saber si para cobrar la ayuda escolar tengo que presentar el certificado de la escuela a mi empleador o a anses?
    y se tiene que presentar todos los meses,y años?
    y otra pregunta,tenes yn tiempo para tramitar lo del nacimiento?
    gracias,abrazos!!

    Responder
  16. Anónimo dice

    29 marzo, 2011 a las 6:31 pm

    hola quisiera saber que es lo que debemos hacer si mi esposo trabaja en relacion de dependencia en nuestra ciudad en este caso comodoro pero el empleador lo tiene registrado como si trabajara en bs as. que debemos hacer para que lo cambie a nuestra ciudad ya que la asiganciones se la pagan a valor de esa zona y no ala nuestra que es mayor
    gracias

    Responder
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