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Asignaciones Familiares: Ayuda Escolar Anual, pasos a seguir para cobrarla (SUAF)

3 enero, 2010 Por Ignacio 601 comentarios

Trámites para cobrar la Ayuda escolar para Trabajadores pertenecientes a SUAF

El SUAF es el mecanismo por el cual ANSES liquida y abona las Asignaciones Familiares en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. De esta forma, el Estado Nacional le quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado de las asignaciones. Mediante este Sistema efectúa los controles de derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y las efectiviza, en caso de corresponder. SUAF está suplantando paulatinamente al Sistema de Fondo Compensador.

Ayuda Escolar Anual
Consiste en el pago anual de una suma de dinero por escolaridad que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que tenga derecho al cobro de la asignación por hijo o hijo con discapacidad, cuando éste concurra al Nivel Inicial (en el caso de aquellos que cuentan con autorización expresa de ANSES para el cobro de la Asignación Familiar por hijo con discapacidad), EGB o Polimodal.

También podrán percibirla cuando sus hijos con discapacidad reciban Educación Especial o Rehabilitación. Se considera Nivel Inicial a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial. Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores o curadores a la persona.

Pasos a seguir

Todos aquellos trabajadores bajo relación de dependencia que perciban la Ayuda Escolar “en forma masiva”, es decir, todos aquellos trabajadores que estén en condiciones de percibirlo si cumplen con los requisitos exigidos para el cobro, lo harán a través de ANSES, mediante depósito en cuenta bancaria, o pueden percibirlo directamente en banco o por estafeta postal, y no tendrán necesidad de presentar certificado escolar alguno.
En cambio, deberán presentar ante ANSES dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo / rehabilitación / educación diferencial, quienes no hayan percibido en esos meses dicha asignación por parte de este Organismo.
Sólo deberán presentar ante ANSES, el Formulario PS 2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – SUAF” cumplimentado en todos sus Rubros o el Formulario PS 2.51 cumplimentado en lo que respecta a los Rubros 1, 5 (de corresponder) y 6 y el certificado escolar de inicio del ciclo lectivo 2009 o el certificado de inicio de Tratamiento de Rehabilitación y / o Enseñanza Diferencial; dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo o de iniciado el tratamiento de rehabilitación y / o enseñanza diferencial respectivamente, independientemente de la provincia en la que se encuentre el Establecimiento Educativo; los trabajadores que no hubieran percibido la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en forma anticipada (pago masivo) con los devengados del mes de Enero o Febrero de 2009.

Importante
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.

Requisitos que debe reunir

DEL TITULAR
Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.
Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad.
En caso de haber percibido la asignación familiar en forma automática no deberá presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
En caso de no haber percibido la asignación familiar en forma automática deberá presentar ante una Unidad de Atención de ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación la documentación detallada en el item “DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR” de la presente cartilla.
El monto de estas Asignaciones Familiares está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.

DEL HIJO
Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
Que el hijo concurra regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial.

DEL HIJO CON DISCAPACIDAD
Que el hijo con discapacidad, que cuente con Autorización expresa de ANSES, cualquier sea su edad, concurra a Establecimientos Educacionales donde se imparta Nivel Inicial, Educación General Básica, Polimodal o Enseñanza Diferencial o a Establecimientos Oficiales o Privados controlados por autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, o cuando reciban Enseñanza Diferencial impartida por maestros particulares que posean matrícula habilitante o impartida individualmente aunque la misma no se realice en Establecimientos Oficiales o Privados.

FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
• Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.

Documentación que debe presentar

  • En caso de haber percibido la asignación familiar en forma automática no debe presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
  • En caso de no haber percibido la asignación familiar en forma automática deberá presentar ante una Unidad de Atención de ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación:
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares” cumplimentado en todos sus Rubros, u
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares” cumplimentado en lo que respecta a los Rubros 1, 5 (de corresponder) y 6 al que se le deberá adjuntar el original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo expedido por:

• la Escuela o
• Establecimiento Educacional o
• Maestro Particular o
• Centro o Instituto de Rehabilitación, del que debe surgir:

– Identificación de la Escuela, Instituto o Establecimiento Educacional;
– Nombre y apellido del alumno;
– Fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado, con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento;
– Nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado;
– Fecha de emisión;
– Sello del Establecimiento con los datos institucionales;
– Firma de la Autoridad competente.

Ayuda Escolar: Tabla de Montos vigentes desde el 01/10/2009

Aclaración: Entiéndase por “Remuneración” para la lectura de la presente tabla al monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual más la Asignación Familiar por Maternidad –esta última de corresponder- excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo.

Fuente: ANSES

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Publicado en: Asignaciones Familiares, Sin categoría Etiquetado como: Ayuda Escolar

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Comentarios

  1. -
  2. jacky dice

    30 septiembre, 2011 a las 1:20 am

    Hola Ignacio:

    Mi marido cobraba hasta hace poco el suaf de mi hija de 9 meses de edad por trabajar en relacion de dependencia. Ahora el fue hechado de trabajo de forma verbal, y el empleador esta declarado en rebeldia por no contestar ninguno de las cartas documentos pidiendo q haga efectivo y x escrito el despido.Por esta razon mi marido se encuentra en juicio con su ex empleador, la pregunta es …le corresponde seguir cobrando el suaf??? es q se lo suspendieron de anses alegando q es porq el empleador no esta pagando los aportes pero hace poco una amiga me comento que su hermana esta en la misma situacion y sigue percibiendolo.Como es el tema? debe seguir cobrandolo o no?

    Responder
  3. Anónimo dice

    17 septiembre, 2011 a las 2:36 am

    hola Ignacio te hago una consulta, como profesor de una escuela privada, en donde mi sueldo no llega al mínimo vital y móvil, puedo cobrar las asignaciones familiares? puede ser que la Direccion General de Escuelas se ocupe de esos pagos?? donde tendría que averiguar.
    muchas gracias!

    Responder
  4. Anónimo dice

    13 septiembre, 2011 a las 7:37 pm

    hola Ignacio.mi duda es: desde que anses se hizo cargo del SUAFF yo no cobro la asignacion, anses me dice que mi empleador debe armar una caja de ahorro a mi nombre para cobrarlo y mi empleador no quiere hacerse cargo, esto será retroactivo en todo caso?¿ como puedo solucionar el tema?¡ se podra cobrar por ventanilla y/o banco?¿…gracias por las consultas….Mariel

    Responder
  5. Anónimo dice

    5 septiembre, 2011 a las 10:38 pm

    hola soy adrian rojas de sgo del estero yo hace casi dos años deje de cobrar el salario en mi trabajo y recien ahora voy a presentar la documentacion en anses voy a cobrar los meses qe no cobre el salario?? me corresponde un retroactivo?????? muchas gracias ignacio

    Responder
  6. Anónimo dice

    23 agosto, 2011 a las 5:57 pm

    hola soy julia stoy trabajando y keria saber q documentacion tengo q llevar oara poder cobrar salario de mis 2 hijos yo stay separada y ellos tienen el apellido del padre lo puedo cobrar igual

    Responder
  7. Anónimo dice

    19 agosto, 2011 a las 11:48 pm

    hola…. mi marido tuvo problemas con los papeles de mi segunda hija ¿como hago para averiguar si ya esta ingresada en el ANSES ?

    Responder
  8. Anónimo dice

    18 agosto, 2011 a las 2:21 pm

    mi pregunta es: mi marido se hizo monotributista y automaticamente se corto el beneficio de la asignacion, bueno ahora mi esposo le dio de baja al monotributo, tengo q hacer algun tramite en anses o vuelvo a cobrar la asignacion sin dar algun aviso? gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    18 agosto, 2011 a las 11:56 am

    Hola, soy Mariela, tengo una consulta. En la empresa donde trabajo me pagan la sala maternal, el tema es que con mi segundo hijo, mientras cobraba la licencia, encuentro en la liquidación que ANSES me descontaba este monto abonado por la empresa, cuando consulte porque, me dijeron que era porque la empresa presentaba ese pago como si fuera sueldo, por lo tanto ANSES en la liquidación tenía que descontarlo, en su momento hable en la empresa pero no me dieron respuesta. Ahora estoy embarazada nuevamente y entro en licencia en unos meses, mi consulta es, ustedes pueden informarme como debería la empresa liquidar la sala martenal para que luego ANSES no me lo descuente del sueldo? Entiendo que si me van a dejar de pagar este monto cuando mis hijos cumplan 4 años no debería liquidarse como sueldo. Gracias!

    Responder
  10. Ignacio dice

    20 julio, 2011 a las 2:52 pm

    Tenés que hacer el reclamo en la ANSES

    Responder
  11. Anónimo dice

    19 julio, 2011 a las 4:16 pm

    Hola ignacio este año mi hija empeso jardin de 4 años y nunca cobre q debo hacer , estoy a tiempo o ya es tarde gracias soy maxi

    Responder
  12. Anónimo dice

    8 junio, 2011 a las 2:46 pm

    hola mi marido cobra la asignacion por escolaridad anual y quisiera saber si le corresponde cobrar tambien la asgnacion universal por hijo?

    Responder
  13. Anónimo dice

    26 mayo, 2011 a las 9:32 pm

    HOLA QUE TAL… MI NOMBRE ES RODRIGO .. TENGO UNA DUDA UE QUIERO DESPEJARLA… SOY DISCAPACITADO TENGO 30 AÑOS MI PADRE ES JUBILADO Y COBRA UNA ASIGNACION FAMILIAR POR HIJO INCAPACITADO HICIMOS LOS TRAMITES EN EL 2010 EN EL MES DE SEPTIEMBRE , EN NOVIEMBRE ME LLEGO LA AUTORIZACION EXPRESA DE ANSES QUE ME AUTORIZABAN EL PAGO Y EN FEBRERO DEL 2011 ESTE AÑO CLARO EMPEZE A COBRAR MENSUALMENTE Y ME PAGARON EL RETROACTIVO CORRESPONDIENTE.. AHORA LA PREGUNTA ES PORQUE ESTUVE AVERIGUANDO EN LA PAGINA DE ANSES Y DICE QUE LA AUTORIZACION EXPRESA DEL PAGO VENCE Y ANTS DE SU VENCIMIENTO TRES MESES ANTES DEBO PRESENTAR TODA LA DOCUMENTACION PARA SEGUILA COBRANDO… OBVIO QUE HACE 4 MESES QUE RECIEN COOMBRO LA ASIGANCION.. PERO MI PREGUNTA ES CUANDO VENCE LA AUTORIZACION … MI CERTIFICADO VENCE EN EL 2020…. CADA CUANTO VENCE LA AUTORIZACION 1 AÑO 2 AÑOS O VENCE EN EL 2020 CUANTO VENCE EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.. ME GUSTARIA SABER ESO. MI NMBRE ES RODRIGO Y DESDE YA MUCHAS GRACIAS

    Responder
  14. Dario dice

    19 mayo, 2011 a las 8:10 pm

    Ignacio muchas gracias por tu ayuda, Se me paso la fecha del pago del SUAF por caja en el Bco Pcia de Bs As, del periodo 01/2011 este venia con la ayuda escolar, ¡¿sabes como debo hacer para poder cobrar este dinero? ya voy cobrando el periodo 03/2011, pero del que se me paso la fecha en el banco no saben nada, en la pagina del Anses aparece como qeu lo deberia haber cobrado en el banco.

    Gracias

    Dario

    Responder
  15. Anónimo dice

    15 mayo, 2011 a las 2:10 am

    Hola soy Marisa me pagaron por SAUF la liquidacion de Marzo ahora el 13 de Mayo pero hasta ahora la ayuda escolar no la cobre, que debo hacer?

    Responder
  16. Anónimo dice

    10 mayo, 2011 a las 10:30 pm

    hola,necesito saber como tengo qe hacer la aicencia por maternidad? me dijeron qe tengo qe sacar turno por internet pero no tengo idea
    Rebe

    Responder
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