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Asignaciones Familiares: Ayuda Escolar Anual, pasos a seguir para cobrarla (SUAF)

3 enero, 2010 Por Ignacio 601 comentarios

Trámites para cobrar la Ayuda escolar para Trabajadores pertenecientes a SUAF

El SUAF es el mecanismo por el cual ANSES liquida y abona las Asignaciones Familiares en forma directa a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. De esta forma, el Estado Nacional le quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado de las asignaciones. Mediante este Sistema efectúa los controles de derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y las efectiviza, en caso de corresponder. SUAF está suplantando paulatinamente al Sistema de Fondo Compensador.

Ayuda Escolar Anual
Consiste en el pago anual de una suma de dinero por escolaridad que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que tenga derecho al cobro de la asignación por hijo o hijo con discapacidad, cuando éste concurra al Nivel Inicial (en el caso de aquellos que cuentan con autorización expresa de ANSES para el cobro de la Asignación Familiar por hijo con discapacidad), EGB o Polimodal.

También podrán percibirla cuando sus hijos con discapacidad reciban Educación Especial o Rehabilitación. Se considera Nivel Inicial a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial. Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores o curadores a la persona.

Pasos a seguir

Todos aquellos trabajadores bajo relación de dependencia que perciban la Ayuda Escolar “en forma masiva”, es decir, todos aquellos trabajadores que estén en condiciones de percibirlo si cumplen con los requisitos exigidos para el cobro, lo harán a través de ANSES, mediante depósito en cuenta bancaria, o pueden percibirlo directamente en banco o por estafeta postal, y no tendrán necesidad de presentar certificado escolar alguno.
En cambio, deberán presentar ante ANSES dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo / rehabilitación / educación diferencial, quienes no hayan percibido en esos meses dicha asignación por parte de este Organismo.
Sólo deberán presentar ante ANSES, el Formulario PS 2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – SUAF” cumplimentado en todos sus Rubros o el Formulario PS 2.51 cumplimentado en lo que respecta a los Rubros 1, 5 (de corresponder) y 6 y el certificado escolar de inicio del ciclo lectivo 2009 o el certificado de inicio de Tratamiento de Rehabilitación y / o Enseñanza Diferencial; dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo o de iniciado el tratamiento de rehabilitación y / o enseñanza diferencial respectivamente, independientemente de la provincia en la que se encuentre el Establecimiento Educativo; los trabajadores que no hubieran percibido la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en forma anticipada (pago masivo) con los devengados del mes de Enero o Febrero de 2009.

Importante
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.
Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.

Requisitos que debe reunir

DEL TITULAR
Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.
Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad.
En caso de haber percibido la asignación familiar en forma automática no deberá presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
En caso de no haber percibido la asignación familiar en forma automática deberá presentar ante una Unidad de Atención de ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación la documentación detallada en el item “DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR” de la presente cartilla.
El monto de estas Asignaciones Familiares está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.

DEL HIJO
Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
Que el hijo concurra regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial.

DEL HIJO CON DISCAPACIDAD
Que el hijo con discapacidad, que cuente con Autorización expresa de ANSES, cualquier sea su edad, concurra a Establecimientos Educacionales donde se imparta Nivel Inicial, Educación General Básica, Polimodal o Enseñanza Diferencial o a Establecimientos Oficiales o Privados controlados por autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, o cuando reciban Enseñanza Diferencial impartida por maestros particulares que posean matrícula habilitante o impartida individualmente aunque la misma no se realice en Establecimientos Oficiales o Privados.

FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN
Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
• Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.

Documentación que debe presentar

  • En caso de haber percibido la asignación familiar en forma automática no debe presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
  • En caso de no haber percibido la asignación familiar en forma automática deberá presentar ante una Unidad de Atención de ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación:
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares” cumplimentado en todos sus Rubros, u
– Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares” cumplimentado en lo que respecta a los Rubros 1, 5 (de corresponder) y 6 al que se le deberá adjuntar el original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo expedido por:

• la Escuela o
• Establecimiento Educacional o
• Maestro Particular o
• Centro o Instituto de Rehabilitación, del que debe surgir:

– Identificación de la Escuela, Instituto o Establecimiento Educacional;
– Nombre y apellido del alumno;
– Fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado, con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento;
– Nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado;
– Fecha de emisión;
– Sello del Establecimiento con los datos institucionales;
– Firma de la Autoridad competente.

Ayuda Escolar: Tabla de Montos vigentes desde el 01/10/2009

Aclaración: Entiéndase por “Remuneración” para la lectura de la presente tabla al monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual más la Asignación Familiar por Maternidad –esta última de corresponder- excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo.

Fuente: ANSES

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Publicado en: Asignaciones Familiares, Sin categoría Etiquetado como: Ayuda Escolar

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    25 febrero, 2010 a las 6:02 pm

    hola,soy cecilia mi nene empieza el escolar,yo estoy cobrando las asignaciones familiares automaticamente por cuenta bancaria. quisiera saber que necesito hacer para cobrar la ayuda escolar de anses los $170? que se necesita? muchas gracias!!

    Responder
  2. Anónimo dice

    25 febrero, 2010 a las 5:52 pm

    hola , soy alejandra de neuquen capital ,. Cuando cobramos la ayuda escolar????? y cuanto es ???

    Responder
  3. Anónimo dice

    24 febrero, 2010 a las 4:36 pm

    Iganoio no entiendo algo, soy elizabeth.. el informe dice que no hay q presentar nada si ya venis cobrando asig. por hijo en un banco o por cuenta bancaria, hay q presentarlo al anses o no??
    Soy encargada de personal y no quiero darles informacion equivocada a mis empleados. el formulario PS251 hay que presentarlo o basta con el certificado q te da la escuela. Hay q presentar los dos el de finalizacion y el de inicio?? se presenta todo junto dentro de los 120 dias o hay otros plazos?? gracias

    Responder
  4. Ignacio dice

    24 febrero, 2010 a las 12:39 pm

    Hola Ruben, no tengo a mano la norma, tengo que buscarla, si la encontro te aviso.
    Yo creo, es solo una suposición, que como se paga entre marzo y abril, se toman los meses de enero y febrero.
    Si, están atrasados los topes, esperemo que los suban pronto.

    Responder
  5. Ruben dice

    24 febrero, 2010 a las 11:02 am

    Buen dia Ignacio, yo estuve en la anses consultando, porque como a muchos las empresas te aumentan un poquito o te blanquean algo y dejas de percibir la asignacion o la ayuda escolar,me dicen que toman lo devengado en Enero para pagarte la ayuda en Marzo,a mi me pagaron ese mes la suma por plus vacacional, por ende me paso.En el articulo leo Enero o Febrero mi consulta es donde puedo encontrar,ley modificatoria o resolucion, que me indique que mes toman.Muchas gracias.
    P.d. Sin duda el gobierno al no aumentar los topes quedamos muchos afuera del sistema por lo cual le redondea la caja para pagar el otro salario,lo cual no cuestionable, si el metodo.

    Responder
  6. Ignacio dice

    24 febrero, 2010 a las 12:00 am

    Hola Silvana, el pago no es retroactivo, la ANSES paga desde que tiene los datos para pagar.
    No hay ayuda escolar, solo el 20% de lo retenido, los $36

    Responder
  7. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 10:28 pm

    Hola Ignacio! yo cobré la asignación por hijo a partir de enero porque no hice el trámite de actualización antes del primer cierre por la cantidad de gente… la de diciembre la perdí o tendría que ser retroactiva? si es así qué debo hacer para cobrarla? y ahora en marzo hay una ayuda escolar? de cuanto? Gracias y saludos! Silvana

    Responder
  8. Ignacio dice

    23 febrero, 2010 a las 10:04 pm

    Hola Lelis, generalmente se paga con el salario de feberero.

    Hola Daiana, si, es por cada chico en edad escolar.

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 7:16 pm

    hola soy gladys,mi consulta es sobre los papeles que hay que presentar,un certificado del medico aparte de las vacunas y el de la escuela,y si van a poner lugares espesiales para llevarlos.Tambien queria preguntar,yo tengo un bebe de 2 años como en no esta anotado en ninguna institucion educativa por el tambien,me dan el porcentaje que falta para completar los 180.

    Responder
  10. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 6:17 pm

    La empresa en la cual trabajo esta en el sistema Suaf, el año pasado cobramos la ayuda escolar y no tuvimos que presentar ninguna documentacion en Anses, este año hay que llevar el certificado de comienzo de clases a Anses???

    Gabriel.

    Responder
  11. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 5:43 pm

    HOLA!! SOY DAIANA QUERIA CONSULTARTE: LOS 170$ ES POR CADA HIJO QUE TENGO?

    Responder
  12. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 4:34 pm

    Hola Mi nombre es Eduardo, cobro regularmente el salario familiar por SUAF, la pregunta es la ayuda escolar la cobro directamente ahi, tengo que presentar alguna constancia, mis hijas cursan 7 y 3 grado. Gracias

    Responder
  13. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 3:43 pm

    Hola Ignacio, a mi me pagan la asignacion familiar por hijo en mi cuenta sueldo ya que hice los tramites correspondientes oportunamente, ahora mi pregunta es saber si tengo que ir al anses para presentar el ceritificado de escolaridad de mi hija para poder cobrar la ayuda escolar o es en forma automática el cobro?
    Muchas gracias por tu atención, saludos
    Marcela

    Responder
  14. Anónimo dice

    23 febrero, 2010 a las 12:07 pm

    Hola Ignacio
    La empresa en la que trabajo todabia no está incluida en el Suaf.
    Cuando deberian pagarme la ayuda escolar?

    Gracias

    Lelis

    Responder
  15. Ignacio dice

    23 febrero, 2010 a las 2:41 am

    Hola Andrea,no, no corresponde la ayuda escolar, solo les pagan el 20% retenido, es decir los 36 pesos.

    Hola Daniel, se toma todo lo remunerativo, por la tanto se toma la antigüedad. No es ilógico, no se toma la antigüedad como parámetro, se toma el ingreso.

    Responder
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