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MONTOS VIGENTES A PARTIR DE JUNIO 2013
Decreto Nº 614/13
TABLA DE MONTOS VIGENTES
ASIGNACIONES FAMILIARES | VALOR GENERAL | ZONA 1 | ZONA 2 | ZONA 3 | ZONA 4 |
---|---|---|---|---|---|
Maternidad | |||||
Sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGF) | Remuneración bruta | ||||
Nacimiento | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 16.800,00.- | $750 | $750 | $750 | $750 | $750 |
Adopción | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 16.800,00.- | $4500 | $4500 | $4500 | $4500 | $4500 |
Matrimonio | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 16.800,00.- | $1125 | $1125 | $1125 | $1125 | $1125 |
Prenatal | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 4.800,00.- | $460 | $460 | $992 | $920 | $992 |
IGF entre $ 4.800,01.- y $ 6.000,00.- | $320 | $424 | $636 | $847 | $847 |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 7.800,00.- | $200 | $396 | $596 | $794 | $794 |
IGF entre $ 7.800,01.- y $ 16.800.- | $110 | $219 | $329 | $436 | $436 |
Hijo | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 4.800,00.- | $460 | $460 | $992 | $920 | $992 |
IGF entre $ 4.800,01.- y $ 6.000,00.- | $320 | $424 | $636 | $847 | $847 |
IGF entre $ 6.000,01.- y $ 7.800,00.- | $200 | $396 | $596 | $794 | $794 |
IGF entre $ 7.800,01.- y $ 16.800.- | $110 | $219 | $329 | $436 | $436 |
Hijo con discapacidad | |||||
IGF hasta $ 4.800,00.- | $1500 | $1500 | $2250 | $3000 | $3000 |
IGF entre $ 4.800,01.- y $ 6.000,00.- | $1100 | $1500 | $2250 | $3000 | $3000 |
IGF superior a $ 6.000,00.- | $720 | $1500 | $2250 | $3000 | $3000 |
Ayuda Escolar | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 16.800,00.- | $ 170 | $ 340 | $ 510 | $ 680 | $ 680 |
Ayuda Escolar por Hijo con dispcapacidad |
|||||
Sin tope de IGF | $ 170 | $ 340 | $ 510 | $ 680 | $ 680 |
ACLARACIÓN
Entiéndase por “IGF – Ingreso Grupo
Familiar” a la suma de las remuneraciones de los trabajadores en
relación de dependencia registrados mas la Asignación Familiar por
Maternidad/Maternidad Down en caso de corresponder excluyendo las horas
extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo más las rentas de
referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio
doméstico más los haberes de jubilación y pensión más el monto de la
Prestación por Desempleo más Planes Sociales más las sumas originadas en
Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
Familiar” a la suma de las remuneraciones de los trabajadores en
relación de dependencia registrados mas la Asignación Familiar por
Maternidad/Maternidad Down en caso de corresponder excluyendo las horas
extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo más las rentas de
referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio
doméstico más los haberes de jubilación y pensión más el monto de la
Prestación por Desempleo más Planes Sociales más las sumas originadas en
Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
VALOR GENERAL
Montos
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades
comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades
comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
ZONA 1
Montos
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en las provincias de La Pampa, Río Negro y
Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa;
Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de
Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las
Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San
José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los
Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito
Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas);
Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas,
Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra,
Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador,
Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán
(excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su tejido urbano) en
Salta.
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en las provincias de La Pampa, Río Negro y
Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa;
Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de
Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las
Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San
José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los
Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito
Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas);
Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas,
Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra,
Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador,
Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán
(excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su tejido urbano) en
Salta.
ZONA 2
Montos
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en la Provincia del Chubut.
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en la Provincia del Chubut.
ZONA 3
Montos
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en el Departamento Antofagasta de la Sierra
(actividad minera Catamarca); Departamentos Cochinoca, Humahuaca,
Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); Departamentos Los
Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad
de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.
de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo, que
realizan sus actividades en el Departamento Antofagasta de la Sierra
(actividad minera Catamarca); Departamentos Cochinoca, Humahuaca,
Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); Departamentos Los
Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad
de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.
ZONA 4
Montos de Asignaciones
Familiares por Hijo y Prenatal vigentes a partir del 01/07/97 para
trabajadores en relación de dependencia registrados y beneficiarios de
la ley de riesgos del trabajo que realizan sus actividades en las
Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur.
Familiares por Hijo y Prenatal vigentes a partir del 01/07/97 para
trabajadores en relación de dependencia registrados y beneficiarios de
la ley de riesgos del trabajo que realizan sus actividades en las
Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur.
Anónimo dice
Hola Ignacio las del servicio domestico , la licencia por maternidad los tres meses lo paga el anses, o solo es un supcidio de un mes y el resto lo debe pagar el empleador???
Ignacio, que tengo que sumar o restar de mi recibo de sueldo para saber si la cobro o no, a mi no me descuentan ganancias, pero tampoco cobro los hijos. gracias
mi hija trabaja y no sabe como explicarles a sus hijas q ella no cobra el salario.a q a sus hijas le hacen discriminacion como a todos los laburantes , despues hablan de igualdad
hola gansndo 4400$en el bolsillo cuanto me tienen que pagar de salario familiar'??toy sacando 160$x chico..gracias