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Asueto 24 y 31 de diciembre para la Administración Pública Nacional

15 diciembre, 2025 Por Ignacio Deja un comentario

Índice de Contenidos

    • ASUETO
        • DECTO-2025-883-APN-PTE – Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional.
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El Decreto 883/2025, firmado por el Presidente Javier Milei y el Jefe de Gabinete Manuel Adorni, establece asueto administrativo para el personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025. Esta medida busca facilitar los preparativos y desplazamientos para las festividades de Navidad y Año Nuevo, reconocidas como feriados nacionales inamovibles por la Ley 27.399.

El decreto, publicado en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2025 bajo el número 94792/25, exceptúa a instituciones bancarias y entidades financieras, manteniendo los servicios esenciales según lo dispuesto en el artículo 2°.

ASUETO

Decreto 883/2025

DECTO-2025-883-APN-PTE – Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional.

Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2025-137780222-APN-DGDYD#JGM y la Ley N° 27.399, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.399 les otorga carácter de feriados nacionales inamovibles a los días 25 de diciembre y 1° de enero de cada año, correspondientes a las festividades de NAVIDAD y AÑO NUEVO, respectivamente.

Que tales fechas poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos.

Que los días 24 y 31 de diciembre representan las vísperas de las mencionadas festividades y se encuentran habitualmente destinados a la realización de los preparativos propios de tales celebraciones, así como a los desplazamientos necesarios para posibilitar el encuentro familiar.

Que, en este marco, resulta oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades, permitiendo que las personas puedan disponer de un tiempo razonable para concretar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a dichas conmemoraciones.

Que, asimismo, la medida repercutirá de manera beneficiosa en el sector turístico de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la presente no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL y garantizará que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad.

Que razones de conveniencia, oportunidad y buena administración justifican el otorgamiento de asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, sin afectar la prestación de los servicios esenciales.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2025.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.

ARTÍCULO 3°.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI – Manuel Adorni

e. 15/12/2025 N° 94792/25 v. 15/12/2025

Fecha de publicación 15/12/2025

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