La Cámara Argentina De La Propiedad Horizontal Y Actividades Inmobiliarias, informa que sobre la recomposición salarial que se adiciona al incremento previsto en el acuerdo paritario del 06/11/2023, los porcentajes indicados del 8% para el mes de octubre, 7% para el mes de noviembre y 7% para el mes de diciembre se deberán calcular en forma directa sobre el sueldo liquidado, sin considerar el bono acordado, o sea al sueldo bruto del mes de octubre, sin el valor del bono, se le deberá calcular el 8% como adicional del mes.
De igual manera se calculará el 7% en noviembre y diciembre.
Adjuntamos la escala de noviembre, la cual será la base de ajuste para ese mes y el siguiente.
Juan dice
Buenas tardes, que gato encerrado hay que el sindicato no publica las planillas nuevas que aparentemente deberiamos tener, este gremio consigue lo que no consigue nadie, después le decís que son de la casta, y se enojan…Gracias….
susana dice
Buenos dias
como puede ser que el sindicato no aclare como se aplica el nuevo acuerdo!!