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Para el salario complementario de junio se tomará como referencia Abril y se diferenciará según zonas ASPO y DISPO.

Mediante la Decisión Administrativa 1133/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM), se publicó el acta 15 del comité de evaluación del ATP, donde se establecieron una serie de recomendaciones para aplicar los los beneficios de junio 2020, establecidos en el decreto 332/20.
A continuación se detallan los principales puntos:
Salario Complementario Junio en zonas ASPO y DISPO.
A diferencia de ATP anteriores (Abril y Mayo), para el mes de junio se diferencian las zonas afectadas Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) para aplicar el salario complementario.
Para ambas zonas, el salario complementario será:
- Será equivalente al 50% del salario neto del 83% de la remuneración bruta devengada en el mes de abril de 2020.
- La suma del Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el trabajador obtenga un beneficio superior a su Salario Neto correspondiente al mes de abril de 2020.
Para zonas ASPO:
Este monto no podrá ser inferior a 1 SMVM ($16.750) ni superior a 2 SMVM ($33.500)
Para zonas DISPO:
Este monto no podrá ser inferior ni superior a 1 SMVM ($16.750)
Condiciones de admisibilidad
Facturación:
Se tendrá en cuenta la variación del 5% positivo de la facturación de los empleadores comparando los períodos mayo de 2019 con mayo de 2020.
Inicio de actividades:
En el caso de las empresas que iniciaron sus actividades entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación del mes de mayo de 2020 debería hacerse con la del mes de diciembre de 2019.
Las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 y las que iniciaron durante el año 2020, no se considerará la variación de facturación a los efectos de la obtención del beneficio del Salario Complementario.
Exclusiones por ingreso:
Se excluye a los trabajadores con remuneraciones brutas devengadas en el mes de abril de 2020 superiores a $140.000.
Empresas con más de 800 trabajadores:
Las empresas de más de 800, no podrán incrementar los honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de un 5%.
Contribuciones patronales al SIPA
Empresas afectadas en forma crítica: gozarán de la reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA.
Resto de las empresas: gozarán de la postergación de la fecha de pago de las mismas.
Por último, se establecen condiciones especiales para trabajadores con pluriempleo.
Fecha límite para solicitar el beneficio ATP Junio
Por su parte, la AFIP estableció mediante la RG 4746, estableció que podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 26 de junio de 2020 hasta el 3 de julio de 2020.
IFE y ATP Julio
Por último, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció la continuidad de los programas de asistencia de apoyo económico durante julio.
“En la zona del AMBA vamos a continuar con el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para preservar el empleo y aliviar a los empresarios.
Se va a pagar con el sueldo de junio en julio y con el de julio en agosto”, explicó Fernández.
Fuentes oficiales añadieron que esta etapa del Programa ATP tendrá alcance nacional, aunque aplicado con distintas fórmulas según la región.
Hola, consulta. Si se incorpora un trabajador en agosto, accede al ATP? El resto (los anteriores) pierden el beneficio?
Buen día. Me sucede lo mismo que a María de los Ángeles.
No hemos percibido el ATP de Junio todavía.
No encuentro razón ya que meses anteriores si lo percibimos.
Cuando consulto en la página, aparece la fecha del cobro anterior todavía.
Si alguien puede informarme o ayudarme a comprender la falta de pago estaré muy agradecido.
Saludos ( Soy de CÓRDOBA)
Tengo empleados que salieron aprobados en el ATP de 06/2020 y todavía no se ve en ANSES la fecha de pago, muestra el pago que se había hecho en el mes de Junio, donde se puede reclamar .
Desde ya gracias
Alhuiene buenito me puede decir si alguien tiene el atp en proceso de analisis? Facture $ 50.000mas que elperiodo anterior. Algue huele mal
Hola. Me aprobaron la ATP el 10 de julio, Desde esa fecha figuran en O los importes y en blanco los CBU y me ponen que los sueldos estan en proceso de analisis. Ya hice el formuario de reclamo y en la pagina de servicios web de Afip. Aparte de rezar que puedo hacer? gracias
Hola buenas noches, gracias x la info Ignacio.
Una consulta para todos, ya que esta.
Entiendo el cambio en la liquidación del ATP para el mes de Julio, mi duda surge con respecto al empleado, Cuanto le queda finalmente?…es decir, se redujo el aporte del estado en la ATP, pero el empleador debe completar el salario hasta el 75% neto del mes de Abril? o también cambio?…no se si me expliqué bien.
Muchas gracias.
saludos
En julio cuando pagan?a mi todavia me sale la fecha del mes pasado…en mi trabajo lo pidieron este mes también..
Hay fecha de pago del Atp de junio?????
Cuando pagan en julio?? Yo cobré el mes pasado el atp de mayo.
Abril no m pagaron y todavía figura la fecha del mes pasado cuando consulto