El incremento semestral de los aportes de autónomos, está contemplado en la Ley de Movilidad Jubilatoria, que automáticamente, en marzo y en septiembre de cada año, ajusta los todas las prestaciones a cargo del Sistema Integrado Previsional Argentino y, paralelamente, ajusta también los aportes que mensualmente deben realizar los trabajadores independientes al mencionado régimen.
Por lo tanto, los nuevos valores que deberán ingresar los autónomos, según lo establecido por la RG 3189 AFIP, publicada hoy en el B.O. son los siguientes:
En cambio, los montos que deben ingresar los contribuyentes adheridos al régimen simplificado de monotributo, no han sufrido modificación alguna y continúan con los mismos valores que los establecidos en la ley 26.565, (ver)
La aclaración, se debe a que a partir de un cable emitido, aparentemente, por la agencia Telam, se tituló la noticia de la publicación del incremento en autónomos, como “AJUSTAN APORTES DE MONOTRIBUTISTAS,” lo que fue tomado por varios portales, entre ellos los diarios económicos Ámbito y El Cronista, sin advertir el error, tanto en la el título como en el cuerpo de la nota. El portal Terra y el diario Los Andes, también se hicieron eco de este mal entendido.
Cable:
Captura portal Terra |
Hasta el momento, sólo en Ámbito han advertido el problema y lo han corregido.
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