• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Autónomos: Recategorizción en 7 pasos

4 mayo, 2017 Por Ignacio 1 comentario

Trabajadores autónomos: ¿Cómo realizar la recategorización anual?

Como Trabajador Autónomo tenés la obligación de estar en la categoría correcta del régimen. A tal efecto deberás:
Estar inscripto en el Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos – código de impuesto: 308; tener incorporado a tu Clave Fiscal el servicio “Sistema Registral”; y conocer los ingresos brutos anuales que obtenés por cada grupo de actividades, para determinar anualmente si estás correctamente categorizado.
1. Ingresá con tu “Clave Fiscal” al Servicio “Sistema Registral”.

2. Luego de seleccionar el servicio aparecerán en pantalla los contribuyentes asociados a la CUIT ingresada. Deberás cliquear sobre el botón correspondiente al contribuyente.

3. Seleccioná “Registro tributario” y dentro de las opciones desplegadas, la opción “Empadronamiento / Categorización de Autónomo”.

4. En la parte superior de esta pantalla se visualizan los datos registrados en el sistema. 
Debajo del título “Ingreso de Datos”, deberás ingresar la “Fecha de inicio en la categoría”. 

Asimismo deberás tildar la/s tabla/s en la que se encuentra/n comprendida/s la/s actividad/es desarrollada/s, y seleccionar la/s actividad/s en los recuadros desplegables.
Aclaraciones:
– Las amas de casa que optaron por el régimen especial de la Ley 24.828 sólo deberán tildar la opción “Régimen especial Ley 24828”.
– En caso de seleccionar la Tabla I, (directores, administradores, conductores o socios de sociedades), dentro de la lista desplegable de Actividades, debés seleccionar la actividad que realiza la sociedad a la que pertenecés.
– De seleccionar actividades comprendidas en las tablas I a III podrá quedar en blanco el campo correspondiente a “Ingresos Brutos Anuales” (obtenidos en el año anterior) cuando estés comenzando el desarrollo de las actividades.
– Si desarrollás actividades diferenciales (taximetristas o transportistas de carga) deberás tildar en la opción “Es diferencial”.

5. El sistema desplegará la categoría que te corresponde en función de los datos ingresados.

Cuando durante el ejercicio anual anterior hayas obtenido beneficios netos inferiores al TREINTA POR CIENTO (30%) de los ingresos brutos, podrás optar por encuadrarte en la categoría inmediata inferior a la que te corresponde, para esto deberás tildar el recuadro que está a continuación de la pregunta “Tiene beneficios inferiores al 30%” y seleccionar la categoría en el recuadro “Seleccione una categoría” que contiene las categorías por las que podés optar.

Luego deberás cliquear sobre el botón “SIGUIENTE”.

6. Deberás confirmar los datos ingresados. Presioná sobre el botón “SI” que se encuentra al lado de la pregunta “¿Confirma la operación?” y posteriormente presioná “ACEPTAR”.

7. El sistema desplegará la constancia de realización del trámite y del formulario para efectuar los pagos mensuales (Formulario N° 1101).

Artículos relacionados


– Recategorización Autónomos: Consultas y Preguntas Frecuentes

– Autónomos: Valores vigentes

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Autónomos, Guía, paso a paso, Recategorización

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. MARIA PIA MARTIN dice

    7 enero, 2020 a las 6:28 pm

    Hola Ignacio: te consulto a un contribuyente que sigue aportando al régimen de autónomo, le llego la resolución de Anses con fecha 9/2019 . En la pagina de afip, figura que la fecha de jubilación es 1/7/19.
    Como la estoy por hacer ahora, El sistema, me permite las siguientes fechas, junio, diciembre 2019, enero 2020 y febrero 2020. Lo haria con fecha enero, para que en este mes se produzcan los cambios.
    Y en cuanto a los ingresos brutos anuales, sume el ingresos de todo 2019.
    Estaría correcto de esta manera? Gracias

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (523) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (247) Autónomos (123) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (220) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (403) FATSA (77) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (539) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (190) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (210) Resoluciones (497) Sanidad (94) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (128) UOM (218) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d