• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Autónomos: valores vigentes desde Abril 2024

15 abril, 2024 Por Ignacio 1 comentario

La AFIP publicó los nuevos valores de los aportes y categorías para autónomos vigentes desde Abril 2024.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicó los nuevos importes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos a partir del período devengado abril 2024, que vence en Mayo 2024.

Autónomos Abril 2024

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/04/2024

Valores-autonomos-desde-abril-2024Descarga

¿En qué consiste el régimen de trabajadores autónomos?

Los “autónomos” son los ciudadanos que realizan una actividad económica, de forma habitual, personal y directa a título lucrativo, sin contrato de trabajo.

El régimen es previsional, es decir que contempla el pago de aportes para el acceso del trabajador a las prestaciones de la seguridad social, las mismas a las que accedería si trabajara en relación de dependencia, a través de los aportes personales y las contribuciones patronales, excepto las asignaciones familiares.

En definitiva, se trata de un régimen obligatorio que permite al trabajador realizar aportes a una obra social y, alcanzada la edad o los requisitos necesarios, acceder a una jubilación o pensión.

Paralelamente, los trabajadores autónomos quedan comprendidos en el régimen general impositivo, debiendo realizar la inscripción correspondiente en el Impuesto a las Ganancias y en el IVA.

¿Cuál es la diferencia con el monotributo?

El monotributo es un régimen opcional que sustituye el pago de IVA y Ganancias y lo unifica con los aportes jubilatorios y la obra social.

Quienes cumplan con los requisitos y condiciones, pueden optar por su inscripción en el Régimen Simplificado, quedando eximidos de la obligación de inscribirse como autónomos.

Las personas que superen el nivel de facturación máximo para ser monotributista, desarrollen actividades que no se encuentran contempladas en ese régimen, realicen importaciones para su posterior comercialización, vendan artículos con un precio unitario mayor al permitido en el monotributo, desarrollen más de 3 actividades o posean más de 3 unidades de explotación, deberán obligatoriamente inscribirse como autónomos.

¿Qué categoría corresponde a cada trabajador autónomo?

La categoría se determina considerando la actividad desarrollada y los ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de categorización.

De tratarse de inicio de actividades, corresponde la categoría inferior de la tabla, de acuerdo con la actividad a desarrollar.

Actividad desarrolladaIngresos brutos obtenidos en el año anteriorCategoría correspondiente
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.Menores o iguales a $ 15.000III
Mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000IV
Mayores a $ 30.000V
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de serviciosMenores o iguales a $ 20.000I
Mayores a $ 20.000II
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anterioresMenores o iguales a $ 25.000I
Mayores a $ 25.000II
Afiliaciones voluntariasSin limitaciónI
Menores de 18 hasta 21 añosSin limitaciónI
Jubilados por la Ley 24.241Sin limitaciónI
Amas de Casa – Ley 24.828Sin limitaciónI

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP Etiquetado como: Autónomos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Rosa dice

    7 junio, 2024 a las 8:37 pm

    buenas noches disculpe no entiendo en los valores de autonomos la tabla 3 categoria 1 ingresos hasta 25000, eso que significa 25millones o 25 mil. por favor si me saca esa duda

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d