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La AFIP actualizó los importes de los aportes mensuales para trabajadores autónomos a partir del 15 de agosto de 2025.
Desde el 15 de agosto de 2025 entran en vigencia los nuevos montos que deberán abonar los trabajadores autónomos, según la actualización publicada por la ARCA.
La suba impacta en todas las categorías, incluidas las actividades riesgosas, afiliaciones voluntarias, menores de 21 años, beneficiarios de prestaciones previsionales y amas de casa con aporte reducido.
Aportes mensuales de trabajadores autónomos
- Categoría I: $56.457,28
- Categoría II: $79.038,98
- Categoría III: $112.913,56
- Categoría IV: $180.661,62
- Categoría V: $248.408,73
Actividades penosas o riesgosas (régimen diferencial)
- Categoría I’: $61.750,15
- Categoría II’: $86.448,88
- Categoría III’: $123.499,20
- Categoría IV’: $197.598,65
- Categoría V’: $271.697,05
Otras categorías especiales
- Afiliaciones voluntarias: $56.457,28
- Menores de 21 años: $56.457,28
- Beneficiarios de prestaciones previsionales (Ley 24.241): $47.635,83
- Amas de Casa (aporte reducido Ley 24.828): $19.407,19
Categorías de revista (aportes mensuales)
- A: $44.035,02
- B: $54.056,88
- B’: $59.124,72
- C: $72.261,81
- C’: $79.036,35
- D: $108.111,24
- D’: $118.246,67
- E: $180.516,92
- E’: $197.440,38
- F: $252.499,52
- G: $360.894,90
- G’: $394.728,80
- H: $541.554,80
- I: $677.473,92
- J: $677.473,92
Rentas de referencia
Estas son las bases sobre las cuales se calculan los aportes:
- Categoría I: $176.428,98
- Categoría II: $246.996,79
- Categoría III: $352.854,89
- Categoría IV: $564.567,56
- Categoría V: $776.277,30



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