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Avanzan reformas a la Ley de Contrato de Trabajo

21 septiembre, 2012 Por Ignacio 1 comentario

Cuatro dictámenes fueron emitidos este miércoles en el marco de una reunión de la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, sobre conservación del empleo, firma en blanco y equidad de los trabajadores para cubrir cargos vacantes. También se aprobó un proyecto sobre medidas cautelares.

La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja aprobó este miércoles cuatro proyectos de ley impulsados por su presidente, Héctor Recalde (FpV), sobre reformas al régimen de Contrato de Trabajo y la Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo.
El primero de los dictámenes logrados este miércoles establece que, “vencidos los plazos de interrupción del trabajo por causa de accidente o enfermedad inculpable, si el trabajador no estuviera en condiciones de volver a su empleo, el empleador debe conservárselo durante el plazo de un año, contado desde el vencimiento de aquellos” y aclara que “el cumplimiento de este plazo no produce por sí solo la extinción del contrato” y que “el despido no exime al empleador de responsabilidad indemnizatoria”.
El cegetista explica que “actualmente, vencidos los plazos de las licencias con goce de sueldo por enfermedad o accidente inculpable, el empleador debe reservar el puesto al trabajador hasta el alta médica del mismo por el término máximo de un año, durante el cual no percibe remuneración alguna”.
Además, la comisión aprobó la incorporación de un artículo que diga que “el empleador estará obligado a preferir, en igualdad de condiciones, a los trabajadores del propio establecimiento para cubrir cargos superiores, y a los eventuales transitorios o de temporada, para los cargos efectivos y de prestación continua”.
Por otra parte, un tercer proyecto aprobado sobre los trabajadores contratados establece, tal como lo hacía su redacción originaria, que “la demostración del trabajador en relación a que las declaraciones del documento no son reales, puede efectuarse por cualquier medio de prueba”. A partir de esto, se permite a los jueces “apartarse del contenido de los documentos, cuando se hayan dado otros medios de convicción que condujeren a demostrar lo contrario”. “Se trata de lograr que el recibo o documento se corresponda en forma exacta a lo declarado por el trabajador”, aclara Recalde en los fundamentos.
Otro de los proyectos aprobados tiene que ver con modificar la actual Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo, para que “cuando un trabajador es despedido y la indemnización no se le abona”, éste pueda “interponer una acción cautelar, rápida y ágil, que bloquee los bienes de su empleador, y que le permita luego si quiere, ‘negociar’ su indemnización desde una posición mucho mas favorable que antes no la tenía, sin necesidad de probar la verosimilitud del derecho”.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Laborales

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Comentarios

  1. -
  2. ANTONIO dice

    21 septiembre, 2012 a las 7:17 pm

    INFINITAMENTE MAS IMPORTANTES QUE ESTAS MODIFICACIONES SERIA QUE LOS LEGISLADORES PROTEGIERAN A LOS TRABAJADORES DE LOS EMPLEADORES QUE SE INSOLVENTAN O VACIAN SUS EMPRESAS CON TODA IMPUNIDAD, DEJANDO EN LA CALLE A SUS TRABAJADORES SIN UN PESO EN SUS BOLSILLO.SERIA MUY URGENTE LA CREACION DE UN FONDO PARA CASOS DE DESPIDO EN BASE A UNA CONTRIBUCION PATRONAL OBLIGATORIA A SIMILITUD DE LA ESTABLECIDAD EN SU OPORTUNIDAD POR LA LEY 15785, EN ESE SENTIDO ESTAN MAS PROTEGIDOS LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION CON SU LIBRETA DE CONTRIBUCION PATRONAL QUE EL RESTO DE LOS TRABAJADORES ARGENTINOS. SIN PERJUICIO DE LAS REFORMAS QUE SE PROPUGNAN, PERO CREO QUE ESTA DE PROTEGER A LOS TRABAJADORES DE LOS INEXCRUPULOSOS QUE SE INSOLVENTAN PARA NO PAGARLES SUS LEGITIMAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDOS, ES INFINITAMENTE MAS IMPORTANTES QUE LAS REFORMAS POR LAS QUE SE EMITIERON DICTAMENES.- NO ANDEN EN LAS REFORMAS "CHIQUITAS" REFORMEN COSAS Y "IMPORTANTES Y FUNDAMENTALES PARA LOS TRABAJADORES"

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