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Bienes Personales: cálculo del impuesto sobre bienes en el exterior de país

4 agosto, 2020 Por Ignacio 6 comentarios

Índice de Contenidos

  • Alícuotas Bienes Personales Período Fiscal 2019
    • Bienes Situados en el País
    • Bienes Situados en el exterior
    • Ejemplos
      • Caso 1
      • Caso 2

Debido a muchas consultas respecto al mínimo no imponible y las alícuotas a aplicar respecto al impuesto sobre los bienes personales para periodo fiscal 2019 en relación a bienes situados en el exterior, desarrollaré un breve caso.

Para la liquidación del Bienes Personales 2019 tenemos dos tablas de alícuotas según en donde se sitúen los bienes, pero existe un único mínimo no imponible de $2.000.000 para la totalidad de los bienes situados en el país y en el exterior.

Primero, veamos el cuadro de alícuotas a aplicar para Bienes situados en el país y en el exterior:

Alícuotas Bienes Personales Período Fiscal 2019

Bienes Situados en el País

Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible     Pagarán Más el % Sobre le excedente de $
Más de $  a $ 
0 3.000.000, inclusive $0,00 0,50% $0,00
3.000.000 6.500.000, inclusive $15.000,00 0,75% $3.000.000,00
6.500.000 18.000.000, inclusive $41.250,00 1,00% $6.500.000,00
18.000.000 En adelante $156.250,00 1,25% $18.000.000,00

Bienes Situados en el exterior

Mediante la publicación del decreto 99/19, el gobierno fijó las alícuotas para Bienes Personales activos en el exterior, que deberán calcular el gravamen a ingresar, conforme a la tabla del artículo 9 de ese decreto:

Valor total de los bienes del país y del exterior El valor total de los bienes situados en el exterior que exceda el mínimo no imponible no computado contra los bienes del país pagarán el %
Más de $  a $ 
0 3.000.000, inclusive 0,70
3.000.000 6.500.000, inclusive 1,20
6.500.000 18.000.000, inclusive 1,80
18.000.000 En adelante 2,25

Quedan exceptuados del pago del gravamen al que hace referencia el artículo 9° de este decreto, los sujetos que hubieren repatriado activos financieros a la fecha señalada en el artículo anterior, que representen, por lo menos un 5% del total del valor de los bienes situados en el exterior.

Ejemplos

Caso 1

Un contribuyente tiene bienes gravados en el país por

Bienes gravados en el país: $2.500.000

Bienes en el exterior: $7.900.000

Liquidación:

Liquidación del impuesto sobre Bienes en el País:

2.500.000 – 2.000.000 = 500.000

500.000 x 0,05 = 25.000

Liquidación del impuesto sobre Bienes en el exterior:

Primero debemos ver en que tramo de la tabla entra, para lo cual se toma el Valor total de los bienes del país y del exterior:

7.900.000 + 2.500.000 = 10.400.000

Ahora, aplicamos sobre los bienes en el exterior la alícuota según tabla:

7.900.000 x 0,018 = 142.200

Impuesto determinado total: 167.200

Caso 2

Un contribuyente tiene bienes gravados en el país por

Bienes gravados en el país: $142.000

Bienes en el exterior: $7.900.000

Liquidación:

Liquidación del impuesto sobre Bienes en el País:

142.000 – 2.000.000 = -1.858.000

En este caso el total de bienes gravados en el país no supera el mínimo no imponible, por lo tanto no no hay impuesto determinado.

Liquidación del impuesto sobre Bienes en el exterior:

Primero debemos ver en que tramo de la tabla entra, para lo cual se toma el Valor total de los bienes del país y del exterior:

7.900.000 + 142.000 = 8.042.000

Alícuota a aplicar: 1.8%

Luego, aplicamos el remanente del mínimo no imponible que no se aplicó en la liquidación de bienes en el país:

7.900.000 – 1.858.000 =6.042.000

Por último, sobre esa suma aplicamos la alícuota que determinamos según tabla:

6.042.000 x 0,018 = 108.756

Impuesto determinado total: 108.756

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Archivado en:AFIP Etiquetado con:Bienes Personales

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Comentarios

  1. Leandro Plano dice

    4 agosto, 2020 en 10:47 pm

    Ignacio, en el caso 1 $500.000 x 0,50% es $2.500

    Responder
  2. Francisco dice

    5 agosto, 2020 en 12:21 pm

    Buen día, NO impactan en Cuentas Tributarias la presentaciones de DJ de Bs. Personales 2019. Por lo tanto NO pueden efectuarse compensaciones ni incluir los saldos de DJ en Planes de Pago. Pueden confirmarme si alguien tiene ese problema y si saben si están trabajando para solucionarlo. Gracias.

    Responder
    • DANIEL dice

      7 agosto, 2020 en 9:51 am

      Buen día, Tenía que hacer una compensación y no aparecía B Personales en la cuenta tributaria. Ingresé por compensaciones y no lo encontraba. Intenté cargar la compensación en forma manual y en principio me dio la impresión de rechazado. Al otro día revisé y apareció el impuesto en la cuenta tributaria y pude compensar. Espero te sirva.
      Igualmente al día de hoy siguen sin aparecer (en otros casos) las DDJJ presentadas de BP en las cuentas tributarias.

      Responder
  3. mercedes dice

    5 agosto, 2020 en 1:54 pm

    y también suman los exentos para ver el tramo de la tabla del exterior, una locura!!!

    Responder
  4. Ricardo dice

    5 agosto, 2020 en 5:35 pm

    El aplicativo para calcular la alicuita sobre bienes del exterior, toma el total de bienes gravados y exentos, cuando deberia tomar solo los gavados de bienes del pais y del exterior.
    La norma no dice eso. Como se puede solucionar????

    Responder
  5. Elisa González dice

    7 agosto, 2020 en 2:14 pm

    Estoy queriendo cargar el impuesto análogo pagado en el exterior solo en la parte que corresponde al incremento del impuesto por estos bienes y no me deja hacer la presentación. El mensaje es que debo tomar un importe menor. Estoy informando el que corresponde. Me pueden ayudar por favor?

    Responder

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